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permiso di soggiorno por reagrupamiento familiar en italia "adaptarlo" para trabajar en España

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      • Tema: Permiso di soggiorno por reagrupamiento familiar en italia "adaptarlo" para trabajar en españa
1 Comentarios
 
Permiso di soggiorno por reagrupamiento familiar en italia "adaptarlo" para trabajar en españa
23/08/2017 17:12
hola buenas tardes! Condecartagena, soy ciudadana venezolana, espero puedas ayudarme con mi consulta, tengo un permiso di soggiorno por reagrupamiento familiar en italia,es por dos años, no es de larga duración, solo motivi familiari, con este permiso puedo trabajar en italia, pero quiero irme a españa, mi pregunta es, si con una oferta de trabajo española podría cambiar este permiso de oferta d trabajo italiana por española, y si podria tramitala en el cosulado de italia en españa o tendria q hacerlo en el consulado español en italia, claro alli creo q alli solo podria tener el permiso español y renunciar al italiano. espero su pronta respuesta gracias..
24/08/2017 14:42
Reichs
Hola:

Dado que es residente en otro Estado parte de la Unión Europea, ha de solicitar un visado de residencia y trabajo por cuenta ajena en España en el consulado de España acreditado en la demarcación consular donde usted resida actualmente. Es el que resulta teritorialmente competente en razón del domicilio.

Pero usted es extracomunitaria y está sujeta al régimen general de Extranjería, lo que implica que en su caso, para poderla contratar, debe ser posible hacerlo teniendo en cuenta la situación nacional de empleo. Hay casos en los que la situación nacional de empleo no se debe tener en cuenta, pero son excepcionales. Si no se encuentra en alguno de esos supuestos, queda sujeta a la regla general, que significa que ha de tratarse de una ocupación de difícil cobertura que conste como tal en el catálogo para la provincia donde usted pretenda trabajar. Si la ocupación no consta, pero aun así desean contratarla, debe publicarse la oferta de trabajo en el Servicio Público de Empleo Estatal durante el plazo que marcala normativa. Si en ese período no se presenta ninguna persona interesada, el empleador recibirá una certificación en tal sentido y sólo entonces podrá contratar al trabajador extranjero residente fuera de España.

Para la concesión de la autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena, se concederá un visado y una vez en España, deberá afiliarse y darse de alta al trabajador y luego éste podrá solicitar la expedición de la tarjeta de identidad de extranjero.

Un cordial saludo.
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Permiso di soggiorno por reagrupamiento familiar en italia "adaptarlo" para trabajar en españa
23/08/2017 17:12
hola buenas tardes! Condecartagena, soy ciudadana venezolana, espero puedas ayudarme con mi consulta, tengo un permiso di soggiorno por reagrupamiento familiar en italia,es por dos años, no es de larga duración, solo motivi familiari, con este permiso puedo trabajar en italia, pero quiero irme a españa, mi pregunta es, si con una oferta de trabajo española podría cambiar este permiso de oferta d trabajo italiana por española, y si podria tramitala en el cosulado de italia en españa o tendria q hacerlo en el consulado español en italia, claro alli creo q alli solo podria tener el permiso español y renunciar al italiano. espero su pronta respuesta gracias..
24/08/2017 14:42
Reichs
Hola:

Dado que es residente en otro Estado parte de la Unión Europea, ha de solicitar un visado de residencia y trabajo por cuenta ajena en España en el consulado de España acreditado en la demarcación consular donde usted resida actualmente. Es el que resulta teritorialmente competente en razón del domicilio.

Pero usted es extracomunitaria y está sujeta al régimen general de Extranjería, lo que implica que en su caso, para poderla contratar, debe ser posible hacerlo teniendo en cuenta la situación nacional de empleo. Hay casos en los que la situación nacional de empleo no se debe tener en cuenta, pero son excepcionales. Si no se encuentra en alguno de esos supuestos, queda sujeta a la regla general, que significa que ha de tratarse de una ocupación de difícil cobertura que conste como tal en el catálogo para la provincia donde usted pretenda trabajar. Si la ocupación no consta, pero aun así desean contratarla, debe publicarse la oferta de trabajo en el Servicio Público de Empleo Estatal durante el plazo que marcala normativa. Si en ese período no se presenta ninguna persona interesada, el empleador recibirá una certificación en tal sentido y sólo entonces podrá contratar al trabajador extranjero residente fuera de España.

Para la concesión de la autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena, se concederá un visado y una vez en España, deberá afiliarse y darse de alta al trabajador y luego éste podrá solicitar la expedición de la tarjeta de identidad de extranjero.

Un cordial saludo.