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permiso operacion estetica de un familiar

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Permiso operacion estetica de un familiar
16/03/2009 13:30
Un familiar de primer grado de consaguinidad se va a someter a una operacion estetica que no requiere hospitalizacion, soy funcionario de la administracion local de un municipio, queria saber si me corresponde algun día de permiso, ya que la ley de igualdad dice esto

Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.

Sin embargo la ley de funcionarios del 2007 no dice nada de intervención quirurgica, solo esto

Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, tres días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad, y cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad.

Cuando se trate del fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, el permiso será de dos días hábiles cuando se produzca en la misma localidad y de cuatro días hábiles cuando sea en distinta localidad.

No se si me tengo que regir exclusivamente por la ley del funcionario o puedo acogerme a la otra ley y entonces tendria 2 dias de permiso.
gracias

permiso operacion estetica de un familiar | PorticoLegal
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Permiso operacion estetica de un familiar
16/03/2009 13:30
Un familiar de primer grado de consaguinidad se va a someter a una operacion estetica que no requiere hospitalizacion, soy funcionario de la administracion local de un municipio, queria saber si me corresponde algun día de permiso, ya que la ley de igualdad dice esto

Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.

Sin embargo la ley de funcionarios del 2007 no dice nada de intervención quirurgica, solo esto

Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, tres días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad, y cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad.

Cuando se trate del fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, el permiso será de dos días hábiles cuando se produzca en la misma localidad y de cuatro días hábiles cuando sea en distinta localidad.

No se si me tengo que regir exclusivamente por la ley del funcionario o puedo acogerme a la otra ley y entonces tendria 2 dias de permiso.
gracias