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Permiso para acudir a juicio

41 Comentarios
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Permiso para acudir a juicio
27/09/2006 17:48
Hola:

En mi convenio tengo lo siguiente en el capítulo de permisos: "podrán concederse permisos por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal, previa justificación del mismo".

Por otro lado el artículo 37 del esatuto de los trabajadores dice textualmente: "Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado, se estará a lo que ésta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica."

Por tanto deduzco que el estatuto elimina el "podrán" que dice en el convenio. El permiso existe siempre y no se puede negar.

Pero tengo la duda de si es un deber inexcusable de carácter personal del empleado el acudir a un juicio verbal consecuencia de una demanda que el mismo puso. Es decir que el empleado es el demandante, no el demandado.
27/09/2006 18:03
Hola.

Si.

Saludos.
27/09/2006 18:28
No
27/09/2006 18:48
Me gustaría que Disidente, si puede ser, fundamentara algo su disidencia.

Hay juicios todos los días, en los que tanto demandados como demandantes trabajan. ¿Acaso afirma que acudir a juicio es un deber inexcusable sólo para el demandado?
27/09/2006 18:52
Como gustes, pero tendría que ser esta noche y en el foro de los disidentes “voluntarios”. De todas formas si utilizas el buscador te saldrán buenas respuestas.
28/09/2006 00:47
Entro más que nada para decir que no sé en que estaría pensando cuando puse lo de disidente. Cuando me refería a exiliado “voluntario” o autoexiliado o algo así, pero al tener que marchar un pelín rápido, puse lo primero que se me paso por la cabeza.

Dicho lo anterior, en el caso de que hayas utilizado el buscador, posiblemente entre otros spot más o menos interesantes hayas dado con este http://www.porticolegal.com/foro/responder.php?men=54280&codcat=115 241 000 000

Pues bien, en el exilio y a modo de colofón, te podrían dar razón de una más que interesante sentencia de un juzgado de lo social (creo recodar) de Navarra.
28/09/2006 14:24
Muchas gracias. Me he leído el post y por lo que veo es un tema que no está muy claro si el permiso es retribuido o no, pero lo que sé que está claro es que es permiso.

A mí lo que me interesa es no perder un día de vacaciones y si gabo el juicio y la empresa me descuenta salario ya le pasaré este gasto como costa a la parte contraria del juicio.
28/09/2006 14:27
Además, si no me he saltado nada en el post aludido, veo que todos se han centrado en el tema del deber inexcusable, pero sólo en los de carácter público.

Y yo creo que acudir a un juicio civil verbal en el que es necesaria tu presencia como demandante es un deber inexcusable de caracter personal.

Y si no que alguien me ponga un ejemplo de un deber inexcusable personal que reuna no sé qué características de inexcusabilidad que no tenga el que yo digo.
28/09/2006 15:33
Me consta que en el foro de los exiliados voluntarios te podrán (si zapeas, claro) poner una sentencia de las que vienen como anillo al dedo.
28/09/2006 18:09
Hola.

La sentencia a la que hace referencia Disidente es a la del 22 de marzo del 2006 del J.S. número 1 de Pamplona de Pamplona. Pero no se puede perder de vista la del J.S. número 24 de Madrid de noviembre de 2000 que va en sentido contrario.

Es sabido que las sentencias de los J.S. no sientan jurisprudencia y hay cada sentencia que para que.

Caundo tenga tiempo intenetare ver si hay algo en el T.S. o en Tribunales Superiores. Pero de entrada me surge una duda: Si el trabajador demandante se considera lo suficientemente preparado para defenderse por si mismo, ¿Por que se le quita esta posibilidad.? ¿Como va a ser citado el demandante que pretenda defenderse por si mismo.?

Otra posibilidad perfectamente legal es que el trabajador por la razon que sea prefiera ser asistido que representado, ¿Por que se le niega esta posibilidad.?

Si el art. 292 de la LEC señala como indispensable la presencia del trabajador citado como testigo o perito, mas esencial sera la presencia de quien promueve la demanda.

Salaudos.
28/09/2006 20:38
Pues eso es lo que yo digo.

Negar que sea permiso retribuido es negar que sea inexcusable el deber de acudir a juicio en tu propio caso como demandante.

Y si se niega que es inexcusable se está conculcando un derecho fundamental como es el derecho a la justicia. Sería tanto como negar a un trabajador la posibilidad de ir al médico salvo en casos de "urgencia vital" o alguna majadería parecida.

Está claro que el hecho de acudir al médico voluntariamente no quita el caracter de retribuido del permiso que conlleva, porque realmente no es voluntario sino que uno acude al médico por una necesidad más importante que el trabajo.

Pues que me digan una sola razón por la que acudir al juzgado "voluntariamente" a defender una demanda que has puesto no es también una necesidad y el simple ejercicio de un derecho fundamental.

Todo eso sin mencionar que nadie incia por gusto un proceso civil en el que es necesario abogado y procurador. Y aunque no fuera necesario.
28/09/2006 21:20
pues mira, el ir al médico, salvo mejora por convenio, no es precisamente un permiso retribuido.

Un saludo
29/09/2006 00:36
Pues mira, lo es en mi convenio, que es de lo que estoy hablando desde el principio. Primer renglón después del saludo de mi primer mensaje.

Otro saludo.
29/09/2006 10:10
Graciosa, cuando menos, la necesidad que algunos intentan justificar por tener pleitos mediante el juicio verbal y que tenga que ser el empresario, que sin comerlo ni beberlo, quien sufrague la pérdida del día trabajo y los desajustes laborales del hoy vengo, mañana no, que tengo un juicio porque yo he querido tenerlo. ¡Venga, ya!

Vamos, que te toca una operaria que tiene exigir alimentos al compadre por un día sí y otro también..., y al tercero va zumbando. O si como consecuencia de las reparaciones de obra que haga un vecino el quisquilloso de siempre, le pide al juez la suspensión de la misma.

A Ninfa, la asistencia de abogado y procurador en juicios verbales, no es obligatoria, si la cuantía no excede de 150.000 de las antiguas (901,52€), por eso es tan fácil demandar y estar dispuesto siempre a pleitear gratis.
29/09/2006 10:17
pues mira Helenio, en primer lugar entiendo que esta discusión no va a llevar a ninguna parte, porque además se aparte del tema principal, con lo que no será lógico gastar energias, pero entonces ir al médico será retribuido porque así lo establece tu convenio, no " porque realmente no es voluntario sino que uno acude al médico por una necesidad más importante que el trabajo" como tu tratas de argumentar, ya que eso le pasa a todos, y si el convenio no dice nada, no es retribuido.

Por último, no veo que en ningún en saje anterior tuyo dieses ese dato de que tu convenio estabece tal permiso como retribuido

Saludos

29/09/2006 23:11
Hola...
Yo he leído todos los mensajes y ya me he empezado a perder con el tema del convenio y también el hecho de acudir al médico.
En principio cuando una persona es citada para un juicio tiene que tener una notificación (telegrama) donde le emplazan en día hora y número del juzgado. Este plazo permite a avisar a tu empresa.
Cualquier persona tiene derecho a denunciar y también a defenderse de una acusación.
Yo comento un caso personal que viví. Yo estaba trabajando y por ser testigo aparecí dentro de la parte denunciante. Pude avisar a mi coordinadora de que se trataba de un acto al que no me podía negar acudir porque en la citación te avisan de la multa que te pueden imponer si no compareces.
Yo acudí, declaré y al terminar hablé con el secretario del juzgado para pedir un justificante para presentarlo en la empresa y no tener problemas. Me hicieron el justificante, pero llegué antes de tener que fichar.
Pero considero como derecho de cualquier ciudadano no tienen por qué tomarlo como día de vacaciones porque se trata de un acto oficial.
Mi consejo es que lo comuniques a la persona de recursos humanos y no creo que te pongan problemas porque todo el mundo tiene derecho a defender sus derechos en un juzgado sin ser perjudicado.
Espero haber sido de ayuda.
30/09/2006 07:04


Efectivamente, esta es una cuestión que está bastante asimilada, en el tráfico de las relaciones laborales.

Si uno presenta una citación para ir a juicio como testigo o tiene que comparecer como demandante o demandado se trata de un permiso retribuido.

La cuestión es diferente cuando se trata de un jurado popular, pues entonces, como perciben una retribución la empresa puede descontar la misma de lo que le hubiera tenido que pagar.
30/09/2006 20:32
No entiendo que Nando_bcn diga que esta discusión no va a llevar a ninguna parte. A lo mejor es porque él no ha hablado del fondo del asunto, pero los demás sí, así que cabe deducir que se cree que sin su opinión sobre un tema no se llega a ninguna parte.

El fondo del asunto es que el estatuto de los trabajadores da permiso retribuido para cualquier "deber inexcusable". Entonces lo único que hay que discutir es sin acudir a un juicio al cual te han citado oficialmente es o no un deber inexcusable.

Si Nando_bcn o Alpedrete dicen que no es un deber inexcusable cumplir con una citación judicial, que lo demuestren. Que expliquen qué características le faltan para no ser inexcusable. Y por supuesto que añadan en qué ley se describen como obligatorias esas características.

Que expliquen donde dice que es inexcusable acudir como testigo pero no es inexcusable acudir como demandante. Por supuesto en el sitio ese que lo diga tiene que ser algo de rango superior a una ley orgánica, que es lo que es el Estatuto de los Trabajadores.

No me vale si lo dice en el manual de la empresa Pepito S.A. regentada por Don Pepito dueño del garito, al que no le gustan los permisos y el que se los coge se va zumbando. Porque puede que se vaya zumbando (como también el que no se los coge)... pero también cobrando indemnización.
01/10/2006 00:01
Helenio, veo que no me has entendido.
Cuando digo que la discusión no nos lleva a ninguna parte y que nos aparta del tema principal es porque mi intervención se limitaba a comentar tu referencia al permiso supuestamente retribuido para ir al médico, ya que era un supuesto distinto al tema que tú has planteado de un inicio y que por el tenor de nuestras mutuas respuestas temia que no iriamos a parar a nada interesante.

Respecto al fondo del asunto no he intervenido. Estoy de aucerdo con algunas de las intervenciones y en este caso poco más puedo aportar (lo que contraidce tu opinión respecto a que si no intervengo el tema no tiene interés, muy al contrario, intervengo si creo que puedo aportar algo más y sigo con mucho interés muchos de los temas en los que no intervengo y de los que me limito a aprender o, al menos, reflexionar).

Pero, por si tenias alguna duda, tengo muy claro que etender a una citacion judicial constituye un deber inexcusable, publico y de caracter personal, y por tanto, se trata de un permiso retribuido. Aunque lo tengo más claro cuando se trata de cmparecer como testigo o jurado. Supongo que como demandante tambien. Yo he tenido algun caso en mi empresa y nunca lo he custionado.

Ahora, ya fuera de este tema principal, simplemente que te quede claro que lo de acuriod al médico, salvo mejora por convenio, como es tu caso, no es un permiso retribuido.

Un saludo
03/10/2006 09:37
Pues muchas gracias. Al final resulta que estábamos de acuerdo en lo del juicio, que es lo que cuenta.
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Permiso para acudir a juicio
27/09/2006 17:48
Hola:

En mi convenio tengo lo siguiente en el capítulo de permisos: "podrán concederse permisos por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal, previa justificación del mismo".

Por otro lado el artículo 37 del esatuto de los trabajadores dice textualmente: "Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado, se estará a lo que ésta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica."

Por tanto deduzco que el estatuto elimina el "podrán" que dice en el convenio. El permiso existe siempre y no se puede negar.

Pero tengo la duda de si es un deber inexcusable de carácter personal del empleado el acudir a un juicio verbal consecuencia de una demanda que el mismo puso. Es decir que el empleado es el demandante, no el demandado.
27/09/2006 18:03
Hola.

Si.

Saludos.
27/09/2006 18:28
No
27/09/2006 18:48
Me gustaría que Disidente, si puede ser, fundamentara algo su disidencia.

Hay juicios todos los días, en los que tanto demandados como demandantes trabajan. ¿Acaso afirma que acudir a juicio es un deber inexcusable sólo para el demandado?
27/09/2006 18:52
Como gustes, pero tendría que ser esta noche y en el foro de los disidentes “voluntarios”. De todas formas si utilizas el buscador te saldrán buenas respuestas.
28/09/2006 00:47
Entro más que nada para decir que no sé en que estaría pensando cuando puse lo de disidente. Cuando me refería a exiliado “voluntario” o autoexiliado o algo así, pero al tener que marchar un pelín rápido, puse lo primero que se me paso por la cabeza.

Dicho lo anterior, en el caso de que hayas utilizado el buscador, posiblemente entre otros spot más o menos interesantes hayas dado con este http://www.porticolegal.com/foro/responder.php?men=54280&codcat=115 241 000 000

Pues bien, en el exilio y a modo de colofón, te podrían dar razón de una más que interesante sentencia de un juzgado de lo social (creo recodar) de Navarra.
28/09/2006 14:24
Muchas gracias. Me he leído el post y por lo que veo es un tema que no está muy claro si el permiso es retribuido o no, pero lo que sé que está claro es que es permiso.

A mí lo que me interesa es no perder un día de vacaciones y si gabo el juicio y la empresa me descuenta salario ya le pasaré este gasto como costa a la parte contraria del juicio.
28/09/2006 14:27
Además, si no me he saltado nada en el post aludido, veo que todos se han centrado en el tema del deber inexcusable, pero sólo en los de carácter público.

Y yo creo que acudir a un juicio civil verbal en el que es necesaria tu presencia como demandante es un deber inexcusable de caracter personal.

Y si no que alguien me ponga un ejemplo de un deber inexcusable personal que reuna no sé qué características de inexcusabilidad que no tenga el que yo digo.
28/09/2006 15:33
Me consta que en el foro de los exiliados voluntarios te podrán (si zapeas, claro) poner una sentencia de las que vienen como anillo al dedo.
28/09/2006 18:09
Hola.

La sentencia a la que hace referencia Disidente es a la del 22 de marzo del 2006 del J.S. número 1 de Pamplona de Pamplona. Pero no se puede perder de vista la del J.S. número 24 de Madrid de noviembre de 2000 que va en sentido contrario.

Es sabido que las sentencias de los J.S. no sientan jurisprudencia y hay cada sentencia que para que.

Caundo tenga tiempo intenetare ver si hay algo en el T.S. o en Tribunales Superiores. Pero de entrada me surge una duda: Si el trabajador demandante se considera lo suficientemente preparado para defenderse por si mismo, ¿Por que se le quita esta posibilidad.? ¿Como va a ser citado el demandante que pretenda defenderse por si mismo.?

Otra posibilidad perfectamente legal es que el trabajador por la razon que sea prefiera ser asistido que representado, ¿Por que se le niega esta posibilidad.?

Si el art. 292 de la LEC señala como indispensable la presencia del trabajador citado como testigo o perito, mas esencial sera la presencia de quien promueve la demanda.

Salaudos.
28/09/2006 20:38
Pues eso es lo que yo digo.

Negar que sea permiso retribuido es negar que sea inexcusable el deber de acudir a juicio en tu propio caso como demandante.

Y si se niega que es inexcusable se está conculcando un derecho fundamental como es el derecho a la justicia. Sería tanto como negar a un trabajador la posibilidad de ir al médico salvo en casos de "urgencia vital" o alguna majadería parecida.

Está claro que el hecho de acudir al médico voluntariamente no quita el caracter de retribuido del permiso que conlleva, porque realmente no es voluntario sino que uno acude al médico por una necesidad más importante que el trabajo.

Pues que me digan una sola razón por la que acudir al juzgado "voluntariamente" a defender una demanda que has puesto no es también una necesidad y el simple ejercicio de un derecho fundamental.

Todo eso sin mencionar que nadie incia por gusto un proceso civil en el que es necesario abogado y procurador. Y aunque no fuera necesario.
28/09/2006 21:20
pues mira, el ir al médico, salvo mejora por convenio, no es precisamente un permiso retribuido.

Un saludo
29/09/2006 00:36
Pues mira, lo es en mi convenio, que es de lo que estoy hablando desde el principio. Primer renglón después del saludo de mi primer mensaje.

Otro saludo.
29/09/2006 10:10
Graciosa, cuando menos, la necesidad que algunos intentan justificar por tener pleitos mediante el juicio verbal y que tenga que ser el empresario, que sin comerlo ni beberlo, quien sufrague la pérdida del día trabajo y los desajustes laborales del hoy vengo, mañana no, que tengo un juicio porque yo he querido tenerlo. ¡Venga, ya!

Vamos, que te toca una operaria que tiene exigir alimentos al compadre por un día sí y otro también..., y al tercero va zumbando. O si como consecuencia de las reparaciones de obra que haga un vecino el quisquilloso de siempre, le pide al juez la suspensión de la misma.

A Ninfa, la asistencia de abogado y procurador en juicios verbales, no es obligatoria, si la cuantía no excede de 150.000 de las antiguas (901,52€), por eso es tan fácil demandar y estar dispuesto siempre a pleitear gratis.
29/09/2006 10:17
pues mira Helenio, en primer lugar entiendo que esta discusión no va a llevar a ninguna parte, porque además se aparte del tema principal, con lo que no será lógico gastar energias, pero entonces ir al médico será retribuido porque así lo establece tu convenio, no " porque realmente no es voluntario sino que uno acude al médico por una necesidad más importante que el trabajo" como tu tratas de argumentar, ya que eso le pasa a todos, y si el convenio no dice nada, no es retribuido.

Por último, no veo que en ningún en saje anterior tuyo dieses ese dato de que tu convenio estabece tal permiso como retribuido

Saludos

29/09/2006 23:11
Hola...
Yo he leído todos los mensajes y ya me he empezado a perder con el tema del convenio y también el hecho de acudir al médico.
En principio cuando una persona es citada para un juicio tiene que tener una notificación (telegrama) donde le emplazan en día hora y número del juzgado. Este plazo permite a avisar a tu empresa.
Cualquier persona tiene derecho a denunciar y también a defenderse de una acusación.
Yo comento un caso personal que viví. Yo estaba trabajando y por ser testigo aparecí dentro de la parte denunciante. Pude avisar a mi coordinadora de que se trataba de un acto al que no me podía negar acudir porque en la citación te avisan de la multa que te pueden imponer si no compareces.
Yo acudí, declaré y al terminar hablé con el secretario del juzgado para pedir un justificante para presentarlo en la empresa y no tener problemas. Me hicieron el justificante, pero llegué antes de tener que fichar.
Pero considero como derecho de cualquier ciudadano no tienen por qué tomarlo como día de vacaciones porque se trata de un acto oficial.
Mi consejo es que lo comuniques a la persona de recursos humanos y no creo que te pongan problemas porque todo el mundo tiene derecho a defender sus derechos en un juzgado sin ser perjudicado.
Espero haber sido de ayuda.
30/09/2006 07:04


Efectivamente, esta es una cuestión que está bastante asimilada, en el tráfico de las relaciones laborales.

Si uno presenta una citación para ir a juicio como testigo o tiene que comparecer como demandante o demandado se trata de un permiso retribuido.

La cuestión es diferente cuando se trata de un jurado popular, pues entonces, como perciben una retribución la empresa puede descontar la misma de lo que le hubiera tenido que pagar.
30/09/2006 20:32
No entiendo que Nando_bcn diga que esta discusión no va a llevar a ninguna parte. A lo mejor es porque él no ha hablado del fondo del asunto, pero los demás sí, así que cabe deducir que se cree que sin su opinión sobre un tema no se llega a ninguna parte.

El fondo del asunto es que el estatuto de los trabajadores da permiso retribuido para cualquier "deber inexcusable". Entonces lo único que hay que discutir es sin acudir a un juicio al cual te han citado oficialmente es o no un deber inexcusable.

Si Nando_bcn o Alpedrete dicen que no es un deber inexcusable cumplir con una citación judicial, que lo demuestren. Que expliquen qué características le faltan para no ser inexcusable. Y por supuesto que añadan en qué ley se describen como obligatorias esas características.

Que expliquen donde dice que es inexcusable acudir como testigo pero no es inexcusable acudir como demandante. Por supuesto en el sitio ese que lo diga tiene que ser algo de rango superior a una ley orgánica, que es lo que es el Estatuto de los Trabajadores.

No me vale si lo dice en el manual de la empresa Pepito S.A. regentada por Don Pepito dueño del garito, al que no le gustan los permisos y el que se los coge se va zumbando. Porque puede que se vaya zumbando (como también el que no se los coge)... pero también cobrando indemnización.
01/10/2006 00:01
Helenio, veo que no me has entendido.
Cuando digo que la discusión no nos lleva a ninguna parte y que nos aparta del tema principal es porque mi intervención se limitaba a comentar tu referencia al permiso supuestamente retribuido para ir al médico, ya que era un supuesto distinto al tema que tú has planteado de un inicio y que por el tenor de nuestras mutuas respuestas temia que no iriamos a parar a nada interesante.

Respecto al fondo del asunto no he intervenido. Estoy de aucerdo con algunas de las intervenciones y en este caso poco más puedo aportar (lo que contraidce tu opinión respecto a que si no intervengo el tema no tiene interés, muy al contrario, intervengo si creo que puedo aportar algo más y sigo con mucho interés muchos de los temas en los que no intervengo y de los que me limito a aprender o, al menos, reflexionar).

Pero, por si tenias alguna duda, tengo muy claro que etender a una citacion judicial constituye un deber inexcusable, publico y de caracter personal, y por tanto, se trata de un permiso retribuido. Aunque lo tengo más claro cuando se trata de cmparecer como testigo o jurado. Supongo que como demandante tambien. Yo he tenido algun caso en mi empresa y nunca lo he custionado.

Ahora, ya fuera de este tema principal, simplemente que te quede claro que lo de acuriod al médico, salvo mejora por convenio, como es tu caso, no es un permiso retribuido.

Un saludo
03/10/2006 09:37
Pues muchas gracias. Al final resulta que estábamos de acuerdo en lo del juicio, que es lo que cuenta.