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Permiso para votar

8 Comentarios
 
09/12/2017 19:05
Celia75
Contrastado con uno de los sindicatos mayoritarios? Si yo fuera trabajador? Que contrasto con uno que pasaba por el sindicato?
Vera como bien le dice blecua, si la jornada coincide en 6 o mas horas le corresponden 4 h de permiso retribuido, en ningun sitio pone que son hasta, usted que pretende? Que vayan a votar y regresen al trabajo? De verdad piensa que si son 4 h de permiso, insisto retribuido, van a reincorporarse?luego esta lo de que sise hace mal uso, las empresas están en su dcho de exigir el correspondiente justificante y nada mas, con eso el trabajador ya obtiene el dcho al permiso retribuido discrepe usted o no, me parece que usted a consultado a los delegados de su empresa y que edtos como en muchas empresas están sometidos a la misma y no tienen ninguna preparación y por tanto son sumisos a la empresa.
Por cierto, soy trabajador, ademas soy representante de un sindicato mayoritario y soy asesor en el mismo.
Si tiene alguna duda no necesita mas que poner en internet permiso para votar en elecciones generales, aquí vera que para el caso que he puesto dice que son 4 h de permiso y no dice nada de si le lleva ir a votar 10 min. tenga que reincorporarse e insisto, ya me gustaria a mi ser trabajador de su empresa para pedirle que por favor la amonestación me la diese por escrito para poder presentarla en inspección de trabajo, lo que me iba a reír.
08/12/2017 16:46
Celia75
copio-pego
Les informo que tanto la junta electoral, como el Colegio, como el Departamento de Relaciones Laborales (en este caso de la Generalitat de Catalunya) entiende, al igual que nosotros, que el permiso para votar es exclusivamente para votar, y el empleo del permiso para fines distintos podrá ser sancionado de conformidad con el Convenio Colectivo que sea de aplciación o del ET por transgresión de la buena fe contractual.
Totalmente de acuerdo,acude a votar,son cuatro horas,punto y final.
La norma no dice hasta x horas,dice x horas,fin de la controversia.
Otra cosa es que no se acuda a votar o,algo en lo que muchos caen,no coja las horas en ese día,vote y se las compensen en otra fecha,eso es fraude de ley.
20/11/2017 15:24
jamgpreve
Por cierto, si pudiera aclararme cuales son las deducciones que los "empresaurios" tiene por el hecho de que el trabajador vaya a votar, se lo agradecería. No hablamos de los miembros de las mesas por supuesto.
20/11/2017 15:23
Celia75
Discrepo de nuevo. En el Estatuto no habla de 4 horas tampoco y el RD habla de un máximo de 4 horas. El Estatuto dice exactamente: d) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Indispensable. Si fuera Usted el trabajador no se reiría si se demuestra que estaba Usted comprando en un supermercado o tomando un café en el bar haciendo uso del permiso para ejercer su derecho al voto. Y ahora ya, contrastado con uno de los dos sindicatos mayoritarios. Repito que no se sancionará a nadie, pero si se advertirá a los trabajadores.
20/11/2017 15:12
Celia75
Pues aceptamos sus disculpas pero el ET como usted dice no refleja lo que nos cuenta, el permiso para votar estes a 5 minutos del puesto de trabajo o a 4 h si el horario de trabajo coincide con las mesas mas de 4 h el trabajador tiene dcho a esas 4 h con independencia de si acudir a las urnas le lleva 5 min o 10 h y si usted a mi como trabajador me dice que me va a amonestar o a advertir yo le digo hágalo por escrito que sobre el mismo y sobre la vulneración de un dcho fundamental recogido en la Constitución tendrá conocimiento la inspección de trabajo.
Asi que si quiere comerse un marrón que pena que no sea yo ese trabajador, porque los trabajadores no suelen tener conocimiento de sus dchos pero a mi me iba a dar la risa.
SMO
20/11/2017 09:36
Celia75
Disculpen, solo buscaba opiniones objetivas. Basadas en el espíritu de permiso. Les informo que tanto la junta electoral, como el Colegio, como el Departamento de Relaciones Laborales (en este caso de la Generalitat de Catalunya) entiende, al igual que nosotros, que el permiso para votar es exclusivamente para votar, y el empleo del permiso para fines distintos podrá ser sancionado de conformidad con el Convenio Colectivo que sea de aplciación o del ET por transgresión de la buena fe contractual. Ninguna empresa sancionará estos hechos, no sean tremendistas, pero si que podemos con toda seguridad advertir al trabajador de que el empleo del permiso para fines distintos podrá ser sancionado. Gracias de todos modos.
17/11/2017 19:29
Celia75
Si coinciden 4 o mas horas corresponden 4 h no 4 mas 2, pero lo de sancionar al trabajador por tomar un café esto de verdad lo ha pensado? Mire ya sea antes de comenzar la jornada ilo 4 horas antes de finalizar o entre medias es decir trabaja dos va a votar y vuelve a trabajar otras dos, el trabajador tiene 4 horas aunque el acto de votar sean 5 minutos 10 a lo sumo por pedir a la mesa que le den el justificante o que se pensaba usted que el trabajador nada mas votar tiene que volver al trabajo.
Si tuviese usted la osadía de sancionar a un trabajador por ese motivo se puede usted buscar una buena sanción por vulneración de un dcho fundamental que recoge nuestra constitución.
Por otra parre, esas horas a las empresas se las compensan mediante deducciones así que no quiera que le trabajen gratis, desde luego que forma tienen estos empresaurios de pensar.
SMO
17/11/2017 19:27
Celia75
Si quiere una aclaración escrita de la junta electoral,acompañada de una jugosa sanción,no tiene más que hacer lo que dice.
Permiso para votar
17/11/2017 17:52
El permiso para votar que se establece en el BOE de hasta 4 horas.... cuando se define que para los trabajadores cuya jornada coincida de 2 a 4 hora con el horario electoral tendrán dos horas y para los que coincida en 4 o más horas será de 4 horas, hemos de entender que indican el máximo? O hemos de entender que son 2 horas y 4 horas independientemente del tiempo que tarde en votar? El espíritu de la norma nos diria que ha de ser el tiempo indispensable sin superar esas 2 o 4 horas....por tanto, podría sancionar a un trabajador que ya ha votado y se encuentra tomando un café en el bar de enfrente del colegio esperando a que pasen sus 4 horas de permiso?

Gracias por vuestra ayuda.
Permiso para votar | PorticoLegal
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8 Comentarios
 
09/12/2017 19:05
Celia75
Contrastado con uno de los sindicatos mayoritarios? Si yo fuera trabajador? Que contrasto con uno que pasaba por el sindicato?
Vera como bien le dice blecua, si la jornada coincide en 6 o mas horas le corresponden 4 h de permiso retribuido, en ningun sitio pone que son hasta, usted que pretende? Que vayan a votar y regresen al trabajo? De verdad piensa que si son 4 h de permiso, insisto retribuido, van a reincorporarse?luego esta lo de que sise hace mal uso, las empresas están en su dcho de exigir el correspondiente justificante y nada mas, con eso el trabajador ya obtiene el dcho al permiso retribuido discrepe usted o no, me parece que usted a consultado a los delegados de su empresa y que edtos como en muchas empresas están sometidos a la misma y no tienen ninguna preparación y por tanto son sumisos a la empresa.
Por cierto, soy trabajador, ademas soy representante de un sindicato mayoritario y soy asesor en el mismo.
Si tiene alguna duda no necesita mas que poner en internet permiso para votar en elecciones generales, aquí vera que para el caso que he puesto dice que son 4 h de permiso y no dice nada de si le lleva ir a votar 10 min. tenga que reincorporarse e insisto, ya me gustaria a mi ser trabajador de su empresa para pedirle que por favor la amonestación me la diese por escrito para poder presentarla en inspección de trabajo, lo que me iba a reír.
08/12/2017 16:46
Celia75
copio-pego
Les informo que tanto la junta electoral, como el Colegio, como el Departamento de Relaciones Laborales (en este caso de la Generalitat de Catalunya) entiende, al igual que nosotros, que el permiso para votar es exclusivamente para votar, y el empleo del permiso para fines distintos podrá ser sancionado de conformidad con el Convenio Colectivo que sea de aplciación o del ET por transgresión de la buena fe contractual.
Totalmente de acuerdo,acude a votar,son cuatro horas,punto y final.
La norma no dice hasta x horas,dice x horas,fin de la controversia.
Otra cosa es que no se acuda a votar o,algo en lo que muchos caen,no coja las horas en ese día,vote y se las compensen en otra fecha,eso es fraude de ley.
20/11/2017 15:24
jamgpreve
Por cierto, si pudiera aclararme cuales son las deducciones que los "empresaurios" tiene por el hecho de que el trabajador vaya a votar, se lo agradecería. No hablamos de los miembros de las mesas por supuesto.
20/11/2017 15:23
Celia75
Discrepo de nuevo. En el Estatuto no habla de 4 horas tampoco y el RD habla de un máximo de 4 horas. El Estatuto dice exactamente: d) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Indispensable. Si fuera Usted el trabajador no se reiría si se demuestra que estaba Usted comprando en un supermercado o tomando un café en el bar haciendo uso del permiso para ejercer su derecho al voto. Y ahora ya, contrastado con uno de los dos sindicatos mayoritarios. Repito que no se sancionará a nadie, pero si se advertirá a los trabajadores.
20/11/2017 15:12
Celia75
Pues aceptamos sus disculpas pero el ET como usted dice no refleja lo que nos cuenta, el permiso para votar estes a 5 minutos del puesto de trabajo o a 4 h si el horario de trabajo coincide con las mesas mas de 4 h el trabajador tiene dcho a esas 4 h con independencia de si acudir a las urnas le lleva 5 min o 10 h y si usted a mi como trabajador me dice que me va a amonestar o a advertir yo le digo hágalo por escrito que sobre el mismo y sobre la vulneración de un dcho fundamental recogido en la Constitución tendrá conocimiento la inspección de trabajo.
Asi que si quiere comerse un marrón que pena que no sea yo ese trabajador, porque los trabajadores no suelen tener conocimiento de sus dchos pero a mi me iba a dar la risa.
SMO
20/11/2017 09:36
Celia75
Disculpen, solo buscaba opiniones objetivas. Basadas en el espíritu de permiso. Les informo que tanto la junta electoral, como el Colegio, como el Departamento de Relaciones Laborales (en este caso de la Generalitat de Catalunya) entiende, al igual que nosotros, que el permiso para votar es exclusivamente para votar, y el empleo del permiso para fines distintos podrá ser sancionado de conformidad con el Convenio Colectivo que sea de aplciación o del ET por transgresión de la buena fe contractual. Ninguna empresa sancionará estos hechos, no sean tremendistas, pero si que podemos con toda seguridad advertir al trabajador de que el empleo del permiso para fines distintos podrá ser sancionado. Gracias de todos modos.
17/11/2017 19:29
Celia75
Si coinciden 4 o mas horas corresponden 4 h no 4 mas 2, pero lo de sancionar al trabajador por tomar un café esto de verdad lo ha pensado? Mire ya sea antes de comenzar la jornada ilo 4 horas antes de finalizar o entre medias es decir trabaja dos va a votar y vuelve a trabajar otras dos, el trabajador tiene 4 horas aunque el acto de votar sean 5 minutos 10 a lo sumo por pedir a la mesa que le den el justificante o que se pensaba usted que el trabajador nada mas votar tiene que volver al trabajo.
Si tuviese usted la osadía de sancionar a un trabajador por ese motivo se puede usted buscar una buena sanción por vulneración de un dcho fundamental que recoge nuestra constitución.
Por otra parre, esas horas a las empresas se las compensan mediante deducciones así que no quiera que le trabajen gratis, desde luego que forma tienen estos empresaurios de pensar.
SMO
17/11/2017 19:27
Celia75
Si quiere una aclaración escrita de la junta electoral,acompañada de una jugosa sanción,no tiene más que hacer lo que dice.
Permiso para votar
17/11/2017 17:52
El permiso para votar que se establece en el BOE de hasta 4 horas.... cuando se define que para los trabajadores cuya jornada coincida de 2 a 4 hora con el horario electoral tendrán dos horas y para los que coincida en 4 o más horas será de 4 horas, hemos de entender que indican el máximo? O hemos de entender que son 2 horas y 4 horas independientemente del tiempo que tarde en votar? El espíritu de la norma nos diria que ha de ser el tiempo indispensable sin superar esas 2 o 4 horas....por tanto, podría sancionar a un trabajador que ya ha votado y se encuentra tomando un café en el bar de enfrente del colegio esperando a que pasen sus 4 horas de permiso?

Gracias por vuestra ayuda.