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Permiso por hospitalización y posterior intervención

6 Comentarios
 
Permiso por hospitalización y posterior intervención
28/10/2010 18:20
Hola, mi duda es la siguiente:
A finales de agosto hospitalizaron al hermano de mi mujer y disfruté de los 3 días de permiso que concede mi convenio. A finales de septiembre, le realizaron una intervención quirurjica, por lo que disfruté de otros 3 días de permiso. Ahora resulta que en la nómina de octubre me descuentan esos tres días porque dicen que no se pueden disfrutar 6 días por un mismo asunto. Yo le digo a mi empresa que no se trata de lo mismo, primero le hospitalizan, y al mes siguiente le intervienen (además de una dolencia distinta).

Tengo derecho a los 6 días?
En el caso de que no sea así, tengo derecho almenos a que me indiquen las 3 faltas como justificadas?

Gracias.
29/10/2010 00:30
Cuando se trata de un ingreso programado para una posterior intervención quirúrgica, solo puedes acogerte a uno de los permisos: o al de ingreso, o al de intervención.
Pero cuando se trata de un ingreso de urgencia, y, pongamos, que a los cinco días operan al paciente, entonces tienes derecho a los dos permisos: al de ingreso, y al de operación.

A esto último añado un matiz: Pongamos el caso en que el paciente es ingresado de urgencia el DIA uno, por lo tanto tendrías derecho a tres días de permiso retribuido, desde el día uno, hasta el día tres.
Ahora, pongamos el caso de que ingresa el día uno, y la intervención se realiza el día tres. Entonces los días se solaparían, porque coincidirían en el tiempo ambos permisos.
Es decir, permiso por ingreso: 1 y 2, y a partir de ahí contabilizaría el permiso por intervención pues seria intervenida el día tres, así que: 3,4 y 5, por lo tanto, solapando los días, serian 5 días seguidos, o 4 si la intervención fuese el día dos.

Espero no haberte liado mucho con esto de los días.
29/10/2010 00:33
Ah, en el caso que expones, te corresponden ambos permisos, pues tanto tiempo desde el ingreso hasta la operación, se entiende que no fue un ingreso programado.
29/10/2010 09:11
Muchísimas gracias. Me va a tocar denunciar a la empresa...
29/10/2010 11:36
No, antes de denunciar, haz un escrito de reclamación de cantidades adeudadas para que te sean abonadas en la siguiente nomina, y en el caso (casi seguro) de que no lo hagan, entonces presenta la demanda.
29/10/2010 15:04
Muy bien, gracias de nuevo.
20/03/2012 14:03
Sabria alguien decirme la normativa legal en la que basarme ya que tengo un caso muy parecido
Permiso por hospitalización y posterior intervención | PorticoLegal
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Permiso por hospitalización y posterior intervención

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Permiso por hospitalización y posterior intervención
28/10/2010 18:20
Hola, mi duda es la siguiente:
A finales de agosto hospitalizaron al hermano de mi mujer y disfruté de los 3 días de permiso que concede mi convenio. A finales de septiembre, le realizaron una intervención quirurjica, por lo que disfruté de otros 3 días de permiso. Ahora resulta que en la nómina de octubre me descuentan esos tres días porque dicen que no se pueden disfrutar 6 días por un mismo asunto. Yo le digo a mi empresa que no se trata de lo mismo, primero le hospitalizan, y al mes siguiente le intervienen (además de una dolencia distinta).

Tengo derecho a los 6 días?
En el caso de que no sea así, tengo derecho almenos a que me indiquen las 3 faltas como justificadas?

Gracias.
29/10/2010 00:30
Cuando se trata de un ingreso programado para una posterior intervención quirúrgica, solo puedes acogerte a uno de los permisos: o al de ingreso, o al de intervención.
Pero cuando se trata de un ingreso de urgencia, y, pongamos, que a los cinco días operan al paciente, entonces tienes derecho a los dos permisos: al de ingreso, y al de operación.

A esto último añado un matiz: Pongamos el caso en que el paciente es ingresado de urgencia el DIA uno, por lo tanto tendrías derecho a tres días de permiso retribuido, desde el día uno, hasta el día tres.
Ahora, pongamos el caso de que ingresa el día uno, y la intervención se realiza el día tres. Entonces los días se solaparían, porque coincidirían en el tiempo ambos permisos.
Es decir, permiso por ingreso: 1 y 2, y a partir de ahí contabilizaría el permiso por intervención pues seria intervenida el día tres, así que: 3,4 y 5, por lo tanto, solapando los días, serian 5 días seguidos, o 4 si la intervención fuese el día dos.

Espero no haberte liado mucho con esto de los días.
29/10/2010 00:33
Ah, en el caso que expones, te corresponden ambos permisos, pues tanto tiempo desde el ingreso hasta la operación, se entiende que no fue un ingreso programado.
29/10/2010 09:11
Muchísimas gracias. Me va a tocar denunciar a la empresa...
29/10/2010 11:36
No, antes de denunciar, haz un escrito de reclamación de cantidades adeudadas para que te sean abonadas en la siguiente nomina, y en el caso (casi seguro) de que no lo hagan, entonces presenta la demanda.
29/10/2010 15:04
Muy bien, gracias de nuevo.
20/03/2012 14:03
Sabria alguien decirme la normativa legal en la que basarme ya que tengo un caso muy parecido