Hola¡ me ha surgido un problema, mi hija se puso enferma, no tenía con quién dejarla y me tuve que quedar con ella en casa, la llevé al médico me dieron justificante pero de asistencia al médico nada más. Me dicen que éste no justifica la ausencia de toda la jornada (trabajo de 9 a 2) que sólo las horas de asistencia al médico. Mi convenio es el del metal de madrid y yo entiendo que por enfermedad de un familiar hasta el 2º grado son dos días. Alguien me puede ayudar??
Normalmente (si no me equivoco) esos dos días han de requerir hospitalización, consúltalo en tu convenio porque en mi zona la gran mayoría lo establece así.
Dicho convenio estipula que te corresponden 2 días de permiso retribuido en el caso de enfermedad grave, es decir, no mejora lo establecido en el artículo 37.2 b).
El dato necesario es saber si se considera enfermedad grave o no.
Salvo esta última puntualización, no procede tal permiso.
Esto es lo que pone en mi convenio: f.Dos días naturales: Por enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad (cónyuge, hijos e hijos políticos, nietos y nietos políticos, padres y padres políticos, abuelos y abuelos políticos, hermanos y hermanos políticos).
Por lo que yo entiendo q por enfermedad grave si corresponden y eso que solo falté un día. Muchas gracias.
Muchas gracias a todos, me parece fatal, si mi hijo está hecho polvo y con un montón de fiebre, no tengo con quien dejarlo y no podemos atenderlos los padres, fatal, fatal.
Pero ¿Cual ha sido la consecuencia de que la falta no sea justificada?. Porque una cosa es que tengas que atender a tu hijo, y otra que tenga que costearlo la empresa. SALUDOS.
Pues el problema es que el justificante de asistencia al médico sólo me cubre 2 horas, las otras 3 horas me las tienen que quitar de mis horas de vacaciones. Por tener que atender a mi hija hay otra clase de permiso o algo así??
a ver, y no te me enfades ¿qué era en ese momento lo más importante para ti? Imagino que el asegurarte el poder estar junto a tu hijo, llevarlo al medió, etc, ¿no?
Has podido hacerlo, ¿no? Y , encima, porque imagino así lo contemplará tu convenio, al menos dos horas de este tiempo te las va a pargar igualmente la empresa (porque si no, no correponde permiso retribuido, ni una sola hora) Y gracias a las vaciones has podido asegurarte de disponer de todo el tiempo necesario ¿qué es lo que te sabe mal? ¿que no haya soportado la empresa aun un mayor coste por la enfermedad de tu hijo? (que parece no grave, gracias a Dios) ¿Te precupa que esas 3 horas de vacaciones aprovechadas para estar con tu hijo en ese trance las pierdas de tiempo en la playa en verano? ¿que es lo más importante? Pues eso.
Ahora, si simplemente querias confirmar qué es lo que corresponde en estos casos, pues vale. Pero es que me ha parecido apreciar cierta indignacion o perplejidad por tu parte. A todo esto, espero que tu hijo esté bien.