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Permitir empadronamiento a tercero distinto del inquilino

6 Comentarios
 
Permitir empadronamiento a tercero distinto del inquilino
01/02/2020 19:27
Hola, tenemos un piso alquilado a una pareja en vizcaya, en la que viven con sus dos hijos menores de edad. Nos han solicitado autorización para que dos familiares de uno de ellos se empadronen también en el piso. EStas dos personas adicionales no están obviamente en el contrato de alquiler. El contrato de alquiler prohíbe expresamente el subarriendo.
Que implicaciones tendría para nosotros como propietarios autorizar este empadronamiento? no lo veo nada claro dado que creo que al no estar ellos en el contrato no tenemos ningún derecho sobre ellos, y ellos ninguna responsabilidad hacia nosotros. Me temo que puede además perjudicar el contrato de alguna forma?
Me preocupa también que empadronen a estas personas sin nuestro consentimiento. POdrian los inquilinos con contrato alquiler autorizar que otra persona se empadrone en el piso alquilado? Tememos poder encontrarnos en el futuro que en el piso hay mas personas empadronadas, y no poder eliminarlas del padrón, o no poder echarlas del piso incluso ya que con ellas no tenemos contrato firmado.


Si me podéis orientar sobre este tema y las posibles implicaciones de la situación como propietarios.. gracias
01/02/2020 22:24
Melliora
Mentir en el empadronamiento constituye un delito de falsedad documental. Lo hacen para conseguir ayudas, o plazas escolares, o papeles, entre otros motivos.

Ya se habló de ello en este hilo:

https://www.porticolegal.com/foro/falsedad-de-empadronamiento-para-escolarizacion_307536

En esta Sentencia del Tribunal Supremo, Sala 2ª de lo penal, se condena a seis meses de cárcel a una persona que aportó datos falsos al padrón: 120/2016 de 22 de febrero.

Por lo demás, si ellos falsifican o mienten para empadronarse, ustedes no serán responsables de nada: limítense a no colaborar.

Eliminar a alguien el padrón es fácil, simplemente pidan a la policía municipal que constate que esa persona no vive allí.

Echar a alguien del piso es también sencillo, la resolución del contrato de alquiler, sea por la causa que sea, por ejemplo la mas común, el vencimiento del plazo, supone el abandono del mismo por todos cuantos convivan con los arrendatarios,
02/02/2020 07:12
Melliora
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon y añado un pequeño comentario que me parece obvio: no tiene sentido que los caseros les pidan a uds. permiso para apuntar a nadie en el padrón, ya que quien tiene la potestad para eso es el Ayuntamiento, no uds., de manera que no se entiende demasido bien qué quieren. Supongo que necesitan apuntar a esas personas para (como dice Hoplon) obtener algún tipo de ayuda y han oido muchas cosas en "radio macuto" y creen que son uds. quienes tienen que dar permiso.
Lo que tienen que hacer uds. es muy fácil: nada. No hagan nada y no les pasará nada.
03/02/2020 08:44
Melliora
Coincido con los compañeros. Leonjbr, al menos donde yo vivo, el empadronamiento de varias personas en la vivienda debe realizarlo un autorizante, que puede ser o el dueño del inmueble si no está alquilado, o el titular del contrato de alquiler si está alquilado. Es decir que el arrendatario que figura en el contrato es quien debe autorizar al resto de personas que vayan a vivir en la casa. En caso de arriendo es necesario presentar contrato de alquiler y recibo de suministros.

Como le han recomendado, no autorice a nadie que no viva allí, aparte de por lo que comenta Hoplon, porque le pueden investigar fiscalmente. Si en el empadronamiento figuran personas que no aparecen en el contrato de alquiler, se puede entender que está subarrendando la vivienda en negro.
03/02/2020 10:23
Johnwick
Pues mira, no sabía yo eso. Todos los dás se aprende algo.
03/02/2020 11:13
Melliora
Recalcar que esto es en Madrid, desconozco si en todos los municipios se aplican los mismos requisitos.
16/05/2022 12:27
Buenos días:

La respuesta es sencilla: la vivienda está registrada en el Catastro Inmobiliario de cuya base de datos se nutren los Ayuntamientos para el padrón municipal, pero se deduce de su consulta que no está inscrita en el Registro de la Propiedad.

Si se refiere a que no está registrado el contrato de alquiler en el Ayuntamiento, la razón es que no hay ningún registro público al que deban acceder obligatoriamente los contratos de alquiler.

Un saludo.
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01/02/2020 19:27
Hola, tenemos un piso alquilado a una pareja en vizcaya, en la que viven con sus dos hijos menores de edad. Nos han solicitado autorización para que dos familiares de uno de ellos se empadronen también en el piso. EStas dos personas adicionales no están obviamente en el contrato de alquiler. El contrato de alquiler prohíbe expresamente el subarriendo.
Que implicaciones tendría para nosotros como propietarios autorizar este empadronamiento? no lo veo nada claro dado que creo que al no estar ellos en el contrato no tenemos ningún derecho sobre ellos, y ellos ninguna responsabilidad hacia nosotros. Me temo que puede además perjudicar el contrato de alguna forma?
Me preocupa también que empadronen a estas personas sin nuestro consentimiento. POdrian los inquilinos con contrato alquiler autorizar que otra persona se empadrone en el piso alquilado? Tememos poder encontrarnos en el futuro que en el piso hay mas personas empadronadas, y no poder eliminarlas del padrón, o no poder echarlas del piso incluso ya que con ellas no tenemos contrato firmado.


Si me podéis orientar sobre este tema y las posibles implicaciones de la situación como propietarios.. gracias
01/02/2020 22:24
Melliora
Mentir en el empadronamiento constituye un delito de falsedad documental. Lo hacen para conseguir ayudas, o plazas escolares, o papeles, entre otros motivos.

Ya se habló de ello en este hilo:

https://www.porticolegal.com/foro/falsedad-de-empadronamiento-para-escolarizacion_307536

En esta Sentencia del Tribunal Supremo, Sala 2ª de lo penal, se condena a seis meses de cárcel a una persona que aportó datos falsos al padrón: 120/2016 de 22 de febrero.

Por lo demás, si ellos falsifican o mienten para empadronarse, ustedes no serán responsables de nada: limítense a no colaborar.

Eliminar a alguien el padrón es fácil, simplemente pidan a la policía municipal que constate que esa persona no vive allí.

Echar a alguien del piso es también sencillo, la resolución del contrato de alquiler, sea por la causa que sea, por ejemplo la mas común, el vencimiento del plazo, supone el abandono del mismo por todos cuantos convivan con los arrendatarios,
02/02/2020 07:12
Melliora
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon y añado un pequeño comentario que me parece obvio: no tiene sentido que los caseros les pidan a uds. permiso para apuntar a nadie en el padrón, ya que quien tiene la potestad para eso es el Ayuntamiento, no uds., de manera que no se entiende demasido bien qué quieren. Supongo que necesitan apuntar a esas personas para (como dice Hoplon) obtener algún tipo de ayuda y han oido muchas cosas en "radio macuto" y creen que son uds. quienes tienen que dar permiso.
Lo que tienen que hacer uds. es muy fácil: nada. No hagan nada y no les pasará nada.
03/02/2020 08:44
Melliora
Coincido con los compañeros. Leonjbr, al menos donde yo vivo, el empadronamiento de varias personas en la vivienda debe realizarlo un autorizante, que puede ser o el dueño del inmueble si no está alquilado, o el titular del contrato de alquiler si está alquilado. Es decir que el arrendatario que figura en el contrato es quien debe autorizar al resto de personas que vayan a vivir en la casa. En caso de arriendo es necesario presentar contrato de alquiler y recibo de suministros.

Como le han recomendado, no autorice a nadie que no viva allí, aparte de por lo que comenta Hoplon, porque le pueden investigar fiscalmente. Si en el empadronamiento figuran personas que no aparecen en el contrato de alquiler, se puede entender que está subarrendando la vivienda en negro.
03/02/2020 10:23
Johnwick
Pues mira, no sabía yo eso. Todos los dás se aprende algo.
03/02/2020 11:13
Melliora
Recalcar que esto es en Madrid, desconozco si en todos los municipios se aplican los mismos requisitos.
16/05/2022 12:27
Buenos días:

La respuesta es sencilla: la vivienda está registrada en el Catastro Inmobiliario de cuya base de datos se nutren los Ayuntamientos para el padrón municipal, pero se deduce de su consulta que no está inscrita en el Registro de la Propiedad.

Si se refiere a que no está registrado el contrato de alquiler en el Ayuntamiento, la razón es que no hay ningún registro público al que deban acceder obligatoriamente los contratos de alquiler.

Un saludo.