Por lo visto en la Ley Hipotecaria se establece que un piso heredado por testamento no se puede transmitir en un plazo de 2 años. Alguien sabe si es eso cierto, y si sabe el art. de la Ley Hipotecaria? Gracias.
Artículo 28. Las inscripciones de fincas o derechos reales adquiridos por herencia o legado, no surtirán efecto en cuanto a tercero hasta transcurridos dos años desde la fecha de la muerte del causante. Exceptúanse las inscripciones por título de herencia testada o intestada, mejora o legado a favor de herederos forzosos.