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Piso: liquidación de bienes gananciales

5 Comentarios
 
Piso: liquidación de bienes gananciales
06/12/2018 11:16
cuanto suele tardar una liquidacion de bienes gananciales? solo es para un piso y una pareja divorciada sin hijos
07/12/2018 10:59
Amormoy
Nunca hay plazos, depende de juzgados y de mil historias. En un mes podría hacerse, o prorrogarse bastantes meses si toca un juzgado tardón, y eso si es de mutuo acuerdo. Si es contencioso pueden ser años, si se piden prórrogas e historias, pero si solo hay eso y no os lleváis a matar, lo "normal" es cosa de pocos meses.
07/12/2018 19:58
Amormoy
Pues no hay acuerdo , quiere mas dinero de la cuenta y tambien se ha perdido la venta del piso porque aparte del dinero de la venta quiere un dinero extra que no le pertenece, por eso he llegado a este punto que decida el juez quien lleva razon o no en cuanto este problema que tengo , si yo me quedase con el piso , que le tendria que dar a la parte contraria la valoracion de la tasacion del piso menos lo que quede de carga hipotecaria verdad?? Estoy un poco liado con eso , porque si el piso esta ahora mas valorado le tendre que dar mas dinero cuando realmente el piso ha costado un dinero por poner un ejemplo 60.000 euros
05/03/2019 10:03
Amormoy
Buenos dias, en orden primero que se hace la liquidacion de gananciales y luego la declaracion de herederos o al contrario o da igual ?
05/03/2019 10:12
Amormoy
Hasta donde sé, si te lo quieres quedar, le tienes que dar a la otra parte lo que ha pagado hasta la fecha de venta, independientemente que el piso ahora valga un 50% más o un 50% menos que cuando se compró.
Y si lo vendes, como ambos habréis pagado lo mismo supongo, lo que saquéis por el piso se reparte equitativamente.
Creo que no hay más opciones.
05/03/2019 11:14
Ikechukwu
No, en absoluto. Si alguien te hace un préstamo y te compras con eso un piso, la revalorización del piso será tuya, sea al alza o a la baja, pero la deuda se mantiene con su valor monetario independientemente de esta revalorización. Pero si la propiedad es de ambos la revalorización o devaluación del bien conjunto es de ambos propietarios, o de la sociedad de gananciales en este caso (que no es exactamente lo mismo). La sociedad tiene unos activos y unos pasivos, y estos se repartirán a partes iguales en valor en el momento de la disolución (teniendo en cuenta las aportaciones privativas a gananciales que haya habido, o el caso inverso, según corresponda). Por supuesto si se hace de mutuo acuerdo el valor del bien se puede tasar de forma relativamente libre y acordarse devolver lo pagado por uno, independientemente del valor que tenga ahora ese bien (nadie se va a meter en lo que haga una pareja entre ellos con su patrimonio, salvo quizá hacienda y no para oponerse nunca al reparto sino para reclamar lo que sea en impuestos), pero lo "justo" y lo que se hará siempre en un caso contencioso es tasar cada bien y repartirlos según su valor REAL. En función de ese valor si se lo queda una parte se compensará con el valor correspondiente en otros bienes o compensación económica, siempre según el valor real del bien, no de "lo que se puso" si ha habido revalorización o devaluación desde su adquisición, o bien asignar cuotas indivisas de no ser posible otro reparto (y ya se podrá entonces exigir su venta o subasta o lo que sea mediante división de la cosa común). Si la diferencia entre precio de compra y valor es poca puede no valer la pena ni entrar en eso, pero se hará así en cuanto haya una desviación sensible o lo solicite cualquier parte. Si por ejemplo se trata de un vehículo de 10 años y uno puso 8000 euros cuando se compró nuevo, pero el coche vale ahora 1000, no tendrá que darle los 8000, sino 500, la mitad de lo que vale ahora. Pues lo mismo para cualquier bien.
La venta por otro lado se puede pactar, pero no se puede exigir en una disolución de gananciales. Si ninguno quiere asignarse el bien se asignará en proindiviso y ahí ya podrá solicitarse la venta y recurrir a una acción de división de la cosa común e incluso subasta judicial con licitadores extraños en caso de no venderse.
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06/12/2018 11:16
cuanto suele tardar una liquidacion de bienes gananciales? solo es para un piso y una pareja divorciada sin hijos
07/12/2018 10:59
Amormoy
Nunca hay plazos, depende de juzgados y de mil historias. En un mes podría hacerse, o prorrogarse bastantes meses si toca un juzgado tardón, y eso si es de mutuo acuerdo. Si es contencioso pueden ser años, si se piden prórrogas e historias, pero si solo hay eso y no os lleváis a matar, lo "normal" es cosa de pocos meses.
07/12/2018 19:58
Amormoy
Pues no hay acuerdo , quiere mas dinero de la cuenta y tambien se ha perdido la venta del piso porque aparte del dinero de la venta quiere un dinero extra que no le pertenece, por eso he llegado a este punto que decida el juez quien lleva razon o no en cuanto este problema que tengo , si yo me quedase con el piso , que le tendria que dar a la parte contraria la valoracion de la tasacion del piso menos lo que quede de carga hipotecaria verdad?? Estoy un poco liado con eso , porque si el piso esta ahora mas valorado le tendre que dar mas dinero cuando realmente el piso ha costado un dinero por poner un ejemplo 60.000 euros
05/03/2019 10:03
Amormoy
Buenos dias, en orden primero que se hace la liquidacion de gananciales y luego la declaracion de herederos o al contrario o da igual ?
05/03/2019 10:12
Amormoy
Hasta donde sé, si te lo quieres quedar, le tienes que dar a la otra parte lo que ha pagado hasta la fecha de venta, independientemente que el piso ahora valga un 50% más o un 50% menos que cuando se compró.
Y si lo vendes, como ambos habréis pagado lo mismo supongo, lo que saquéis por el piso se reparte equitativamente.
Creo que no hay más opciones.
05/03/2019 11:14
Ikechukwu
No, en absoluto. Si alguien te hace un préstamo y te compras con eso un piso, la revalorización del piso será tuya, sea al alza o a la baja, pero la deuda se mantiene con su valor monetario independientemente de esta revalorización. Pero si la propiedad es de ambos la revalorización o devaluación del bien conjunto es de ambos propietarios, o de la sociedad de gananciales en este caso (que no es exactamente lo mismo). La sociedad tiene unos activos y unos pasivos, y estos se repartirán a partes iguales en valor en el momento de la disolución (teniendo en cuenta las aportaciones privativas a gananciales que haya habido, o el caso inverso, según corresponda). Por supuesto si se hace de mutuo acuerdo el valor del bien se puede tasar de forma relativamente libre y acordarse devolver lo pagado por uno, independientemente del valor que tenga ahora ese bien (nadie se va a meter en lo que haga una pareja entre ellos con su patrimonio, salvo quizá hacienda y no para oponerse nunca al reparto sino para reclamar lo que sea en impuestos), pero lo "justo" y lo que se hará siempre en un caso contencioso es tasar cada bien y repartirlos según su valor REAL. En función de ese valor si se lo queda una parte se compensará con el valor correspondiente en otros bienes o compensación económica, siempre según el valor real del bien, no de "lo que se puso" si ha habido revalorización o devaluación desde su adquisición, o bien asignar cuotas indivisas de no ser posible otro reparto (y ya se podrá entonces exigir su venta o subasta o lo que sea mediante división de la cosa común). Si la diferencia entre precio de compra y valor es poca puede no valer la pena ni entrar en eso, pero se hará así en cuanto haya una desviación sensible o lo solicite cualquier parte. Si por ejemplo se trata de un vehículo de 10 años y uno puso 8000 euros cuando se compró nuevo, pero el coche vale ahora 1000, no tendrá que darle los 8000, sino 500, la mitad de lo que vale ahora. Pues lo mismo para cualquier bien.
La venta por otro lado se puede pactar, pero no se puede exigir en una disolución de gananciales. Si ninguno quiere asignarse el bien se asignará en proindiviso y ahí ya podrá solicitarse la venta y recurrir a una acción de división de la cosa común e incluso subasta judicial con licitadores extraños en caso de no venderse.