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Plan General Urbanístico

1 Comentarios
 
15/09/2003 09:28
Existe una pluralidad de normas e instrumentos urbanísticos. El Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) es precisamente la pieza fundamental del planeamiento urbanístico, ya que es el encargado de proceder a la ordenación general e integral del territorio de un municipio.

Pese a su importancia, en principio no es obligatorio que el Ayuntamiento proceda a la aprobación de tal instrumento, aunque en tal caso entrarán en juego unas normas que lo sustituyen y que van a ser las encargadas ante su ausencia de proceder a configurar el régimen básico del suelo: las Normas Subsidiarias de Planeamiento. No obstante debes acudir a la normativa autonómica, ya que la legislación de algunas CC.AA. impone su obligaotriedad en los municipios en los que concurran determinadas circunstancias (normalmente superar cierto número de habitantes).

Por otra parte, los planes e instrumentos urbanísticos gozan de carácter público, como puedes comprobar por lo dispuesto en el art. 55 LS/76 y en la normativa autonómica. Existe la obligación por parte del Ayuntamiento de tener una copia del planeamiento general en sus oficinas para consulta de los ciudadanos. Si no te permiten verlo, al margen de las acciones que deses emprender ya que tienes derecho a ello, la Comunidad Autónoma tiene que tener otra copia del Plan que puedes consultar.

Espero que te haya servido de ayuda. Un abrazo
Plan general urbanístico
13/09/2003 19:45
Me gustaría saber si los ayuntamientos tienen la obligación de tener un Plan Urbanístico.
En caso de que así sea quisiera saber si ese Plan Urbanístico es público, cualquier ciudadano puede consultarlo.
Muchas gracias.
Plan General Urbanístico | PorticoLegal
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1 Comentarios
 
15/09/2003 09:28
Existe una pluralidad de normas e instrumentos urbanísticos. El Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) es precisamente la pieza fundamental del planeamiento urbanístico, ya que es el encargado de proceder a la ordenación general e integral del territorio de un municipio.

Pese a su importancia, en principio no es obligatorio que el Ayuntamiento proceda a la aprobación de tal instrumento, aunque en tal caso entrarán en juego unas normas que lo sustituyen y que van a ser las encargadas ante su ausencia de proceder a configurar el régimen básico del suelo: las Normas Subsidiarias de Planeamiento. No obstante debes acudir a la normativa autonómica, ya que la legislación de algunas CC.AA. impone su obligaotriedad en los municipios en los que concurran determinadas circunstancias (normalmente superar cierto número de habitantes).

Por otra parte, los planes e instrumentos urbanísticos gozan de carácter público, como puedes comprobar por lo dispuesto en el art. 55 LS/76 y en la normativa autonómica. Existe la obligación por parte del Ayuntamiento de tener una copia del planeamiento general en sus oficinas para consulta de los ciudadanos. Si no te permiten verlo, al margen de las acciones que deses emprender ya que tienes derecho a ello, la Comunidad Autónoma tiene que tener otra copia del Plan que puedes consultar.

Espero que te haya servido de ayuda. Un abrazo
Plan general urbanístico
13/09/2003 19:45
Me gustaría saber si los ayuntamientos tienen la obligación de tener un Plan Urbanístico.
En caso de que así sea quisiera saber si ese Plan Urbanístico es público, cualquier ciudadano puede consultarlo.
Muchas gracias.