Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Plaza de garaje ocupada.

10 Comentarios
 
Plaza de garaje ocupada.
07/09/2019 07:51
He comprado una plaza dw garaje, cuya propietaria me dijo que se la ocupaba su exmarido y asi es, he ido a meter el coche y me la tienen ocupada. Como echo a esta persona, donde la dwnuncio y cuanto tardaría en irseh
08/09/2019 18:59
francolla
Primero intente hablar con ese señor, explicandole que ahora es Vd. el propietario y que por lo tanto debe dejar la plaza libre.
14/09/2019 11:13
1996
Eso se ha hecho pero argumenta que esa plaza de garaje aumque privativa de quien me la vendió está siendo estudiada por sus abogados porque la pagó él y quiere impugnar la venta cuando la misma tiene ya las escrituras hechas ante notario.
14/09/2019 11:35
francolla
Eso no es argumentación para ocupar lo que no es suyo. Si ese señor tiene algún litigio con su ex, a ti no te afecta.
En cuanto a la "amenaza" de que va a impugnar la venta, ni caso. Si es verdad lo que dice, a ti no te afecta en absoluto.
La plaza era de quien consta en el Registro de la propiedad. Si este señor "pagó" la plaza con dinero privativo suyo, eso significaría que la propietaria que te la vendió, tendría una deuda económica con él. Cosa que no tiene nada que ver contigo. La plaza era de ella y la venta está perfectamente realizada.
14/09/2019 13:09
1996
El problema es que ya lleva 10 días en ella y no lo saca. No sé si la policía municipal envía la grúa otro problema es que es un todoterreno y esta en.una segunda planta y no sé si ahí entran gruas y más para un todoterreno
14/09/2019 14:56
francolla
Los asuntos posesorios se resuelven en la mayor parte de los casos manu militari. Contrate una grúa para que saque de ahí ese todoterreno (el cual está puesto con el único fin de incordiar, no porque necesite la plaza) y, si no se ve a usted mismo en condiciones de pechar con ello, contrate a un abogado. Ya ha consumido la fase de diálogo. Ahora es el momento de la grúa o de la justicia, que viene a ser lo mismo; lo cual se dice a efectos prácticos y sin ningún cinismo.
14/09/2019 16:45
francolla
Acuda a un abogado, es de aplicación el art. 446 CC: “todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión; y, si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las Leyes de procedimientos establecen”.

Yo me inclino por usar el interdicto de recobrar, pero su abogado decidirá. Eso si, no lo demore, diez días ya es suficiente espera. Es un juicio verbal: art. 250, 4 LEC.

No la desaloje ni ocupe usted, nuestras leyes no amparan el uso de la fuerza por los particulares: el art. 441 CC es terminante: “en ningún caso puede adquirir violentamente la posesión mientras exista un poseedor que se oponga a ello."
14/09/2019 20:05
1996
Eso está hecho ya se ha hablado y dice que no lo quita porque sus abogados están estudiando la compraventa pues aunque privativa de ella se pagó con dinero de él.
14/09/2019 20:10
Grisolía
El tema es que he oído que la policía no accede a garajes privativos y si yo contrato una grúa tiene que ser con la aprobación de la policía local, alli iré a preguntar
14/09/2019 20:12
Hoplon
Agradezco como a todos vuestros comentarios, tiene usted idea ese juicio verbal cuanto tarda en resolverse?
15/09/2019 00:25
francolla
Depende de la ciudad e incluso del juzgado, no se puede dar un plazo claro. Piense entre tres y seis meses.
Plaza de garaje ocupada. | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Plaza de garaje ocupada.

10 Comentarios
 
Plaza de garaje ocupada.
07/09/2019 07:51
He comprado una plaza dw garaje, cuya propietaria me dijo que se la ocupaba su exmarido y asi es, he ido a meter el coche y me la tienen ocupada. Como echo a esta persona, donde la dwnuncio y cuanto tardaría en irseh
08/09/2019 18:59
francolla
Primero intente hablar con ese señor, explicandole que ahora es Vd. el propietario y que por lo tanto debe dejar la plaza libre.
14/09/2019 11:13
1996
Eso se ha hecho pero argumenta que esa plaza de garaje aumque privativa de quien me la vendió está siendo estudiada por sus abogados porque la pagó él y quiere impugnar la venta cuando la misma tiene ya las escrituras hechas ante notario.
14/09/2019 11:35
francolla
Eso no es argumentación para ocupar lo que no es suyo. Si ese señor tiene algún litigio con su ex, a ti no te afecta.
En cuanto a la "amenaza" de que va a impugnar la venta, ni caso. Si es verdad lo que dice, a ti no te afecta en absoluto.
La plaza era de quien consta en el Registro de la propiedad. Si este señor "pagó" la plaza con dinero privativo suyo, eso significaría que la propietaria que te la vendió, tendría una deuda económica con él. Cosa que no tiene nada que ver contigo. La plaza era de ella y la venta está perfectamente realizada.
14/09/2019 13:09
1996
El problema es que ya lleva 10 días en ella y no lo saca. No sé si la policía municipal envía la grúa otro problema es que es un todoterreno y esta en.una segunda planta y no sé si ahí entran gruas y más para un todoterreno
14/09/2019 14:56
francolla
Los asuntos posesorios se resuelven en la mayor parte de los casos manu militari. Contrate una grúa para que saque de ahí ese todoterreno (el cual está puesto con el único fin de incordiar, no porque necesite la plaza) y, si no se ve a usted mismo en condiciones de pechar con ello, contrate a un abogado. Ya ha consumido la fase de diálogo. Ahora es el momento de la grúa o de la justicia, que viene a ser lo mismo; lo cual se dice a efectos prácticos y sin ningún cinismo.
14/09/2019 16:45
francolla
Acuda a un abogado, es de aplicación el art. 446 CC: “todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión; y, si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las Leyes de procedimientos establecen”.

Yo me inclino por usar el interdicto de recobrar, pero su abogado decidirá. Eso si, no lo demore, diez días ya es suficiente espera. Es un juicio verbal: art. 250, 4 LEC.

No la desaloje ni ocupe usted, nuestras leyes no amparan el uso de la fuerza por los particulares: el art. 441 CC es terminante: “en ningún caso puede adquirir violentamente la posesión mientras exista un poseedor que se oponga a ello."
14/09/2019 20:05
1996
Eso está hecho ya se ha hablado y dice que no lo quita porque sus abogados están estudiando la compraventa pues aunque privativa de ella se pagó con dinero de él.
14/09/2019 20:10
Grisolía
El tema es que he oído que la policía no accede a garajes privativos y si yo contrato una grúa tiene que ser con la aprobación de la policía local, alli iré a preguntar
14/09/2019 20:12
Hoplon
Agradezco como a todos vuestros comentarios, tiene usted idea ese juicio verbal cuanto tarda en resolverse?
15/09/2019 00:25
francolla
Depende de la ciudad e incluso del juzgado, no se puede dar un plazo claro. Piense entre tres y seis meses.