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Plaza/puesto "a extinguir"

6 Comentarios
 
Plaza/puesto "a extinguir"
09/11/2013 17:18
Soy funcionario de carrera. Recientemente se ha aprobado una ley que ha hecho que se adapte la R.P.T. de la administración en la que trabajo y consecuentemente mi situación administrativa ha pasado de ser "Servicio activo" a ser "A extinguir". El motivo por el cual no me mantienen en "Servicio activo" es porque ahora (según la nueva ley) para mi plaza/puesto se exige un carné de conducir que no tengo y que no era requisito de aspirante para la plaza/puesto que ocupo según las bases de cuando yo accedí a la administración (en mi caso es un carné, pero igualmente podría ser otra titulación).
Al margen de que deje de existir mi plaza cuando me jubile (que ahora mismo no me preocupa), me gustaría saber ¿si me afecta de alguna otra manera esta nueva situación administrativa?. Creí haber leído que no tengo derecho a promoción interna si me encuentro en dicha situación, ¿es cierto?.
He presentado una instancia exigiendo que por lo menos se me abone el importe del examen del carné ahora exigido puesto que no considero se habiendo aprobado con todos los requisitos exigidos ahora se discrimine mi plaza/puesto. Estoy a la espera de contestación.

Muchas gracias, un saludo.
10/11/2013 10:55
Tu situación administrativa no ha cambiado. Antes y ahora es servicio activo. El hecho de que el puesto sea a extinguir no afecta a tu situación, sólo afecta al puesto.
El puesto desaparecerá en el momento en que ya no lo ocupes y eso puede suceder no sólo por jubilación sino también por pasar a otra situación (excedencia, etc.) o por pasar a ocupar otro puesto diferente.
El hecho de que el puesto sea a extinguir no afecta para nada a tus derechos en cuanto a promoción interna.
Aunque ahora te saques el carnet eso no quiere decir que el puesto deje de ser a extinguir ya que tendrá que ser la Administración quien promueva el cambio si lo considera conveniente.
10/11/2013 19:48
Mi puesto salió un día en la RPT de 2001 a extinguir, y seguí trabajando como si no pasara nada, tal y como te dice "Juan S"; y ahora me he jubilado y el puesto ha quedado eliminado en el acto, no optará nadie a él. Saludos.
11/11/2013 13:35
Gracias por las respuestas.
Me ha surgido una duda con la contestación de Juan S, comentas que si solicito una excendéncia por digamos "interés particular" podría amortizarse la plaza..?? o directamente no tengo derecho a solicitarla??? Esta situación no me la había planteado....
La administración ha dado un plazo para que se entregue la documentación requerida para pasar a situación de "Servicio activo", hasta final de año, tiempo ajustado para un carné de conducir, pero imposible para unos estudios de titulación anual.
Hay también otro detalle: al acceder a la administración se hacía entrando en el grupo C2, pero con la nueva Ley que ha modificado la RPT mi plaza/puesto ha pasado a ser del grupo C1. Los que ocupan la misma plaza y cumplen los nuevos requisitos (por tener mayor formación o más carnés de conducir que los exigidos inicialmente) están autamaticamente en situación de "Servicio activo" y los que no cumplen los requisitos en situación "A extinguir". El problema reside que el grupo C1 tiene un incremento del salario base de unos 100 euros y hay compañeros de trabajo que ya los están cobrando y otros (como es mi caso) que no. ¿Como proceder...?

Gracias de nuevo.
12/11/2013 11:13
Vuelvo a decirte que tu situación es de servicio activo independientemente de que la plaza sea a amortizar. Una cosa nada tiene que ver con la otra.
Si pides excedencia por interés particular, la plaza se amortizará ya que nadie estará ocupándola, salvo que sea una excedencia por maternidad que implique reserva de plaza.
En cuanto a las diferencias retributivas por ser del grupo C1 o C2 son normales, les sucede a muchos funcionarios ya que la mayoría de los puestos pueden ser ocupados por funcionarios de varios grupos.
12/11/2013 14:08
Gracias de nuevo Juan S, un saludo.
29/04/2021 19:54
Buenas. Tengo plaza fija a extinguir por despido nulo en sentencia firme. Pueden sacar mi plaza a concurso oposición para consolidación del puesto, a la calle?
Plaza/puesto "a extinguir" | PorticoLegal
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09/11/2013 17:18
Soy funcionario de carrera. Recientemente se ha aprobado una ley que ha hecho que se adapte la R.P.T. de la administración en la que trabajo y consecuentemente mi situación administrativa ha pasado de ser "Servicio activo" a ser "A extinguir". El motivo por el cual no me mantienen en "Servicio activo" es porque ahora (según la nueva ley) para mi plaza/puesto se exige un carné de conducir que no tengo y que no era requisito de aspirante para la plaza/puesto que ocupo según las bases de cuando yo accedí a la administración (en mi caso es un carné, pero igualmente podría ser otra titulación).
Al margen de que deje de existir mi plaza cuando me jubile (que ahora mismo no me preocupa), me gustaría saber ¿si me afecta de alguna otra manera esta nueva situación administrativa?. Creí haber leído que no tengo derecho a promoción interna si me encuentro en dicha situación, ¿es cierto?.
He presentado una instancia exigiendo que por lo menos se me abone el importe del examen del carné ahora exigido puesto que no considero se habiendo aprobado con todos los requisitos exigidos ahora se discrimine mi plaza/puesto. Estoy a la espera de contestación.

Muchas gracias, un saludo.
10/11/2013 10:55
Tu situación administrativa no ha cambiado. Antes y ahora es servicio activo. El hecho de que el puesto sea a extinguir no afecta a tu situación, sólo afecta al puesto.
El puesto desaparecerá en el momento en que ya no lo ocupes y eso puede suceder no sólo por jubilación sino también por pasar a otra situación (excedencia, etc.) o por pasar a ocupar otro puesto diferente.
El hecho de que el puesto sea a extinguir no afecta para nada a tus derechos en cuanto a promoción interna.
Aunque ahora te saques el carnet eso no quiere decir que el puesto deje de ser a extinguir ya que tendrá que ser la Administración quien promueva el cambio si lo considera conveniente.
10/11/2013 19:48
Mi puesto salió un día en la RPT de 2001 a extinguir, y seguí trabajando como si no pasara nada, tal y como te dice "Juan S"; y ahora me he jubilado y el puesto ha quedado eliminado en el acto, no optará nadie a él. Saludos.
11/11/2013 13:35
Gracias por las respuestas.
Me ha surgido una duda con la contestación de Juan S, comentas que si solicito una excendéncia por digamos "interés particular" podría amortizarse la plaza..?? o directamente no tengo derecho a solicitarla??? Esta situación no me la había planteado....
La administración ha dado un plazo para que se entregue la documentación requerida para pasar a situación de "Servicio activo", hasta final de año, tiempo ajustado para un carné de conducir, pero imposible para unos estudios de titulación anual.
Hay también otro detalle: al acceder a la administración se hacía entrando en el grupo C2, pero con la nueva Ley que ha modificado la RPT mi plaza/puesto ha pasado a ser del grupo C1. Los que ocupan la misma plaza y cumplen los nuevos requisitos (por tener mayor formación o más carnés de conducir que los exigidos inicialmente) están autamaticamente en situación de "Servicio activo" y los que no cumplen los requisitos en situación "A extinguir". El problema reside que el grupo C1 tiene un incremento del salario base de unos 100 euros y hay compañeros de trabajo que ya los están cobrando y otros (como es mi caso) que no. ¿Como proceder...?

Gracias de nuevo.
12/11/2013 11:13
Vuelvo a decirte que tu situación es de servicio activo independientemente de que la plaza sea a amortizar. Una cosa nada tiene que ver con la otra.
Si pides excedencia por interés particular, la plaza se amortizará ya que nadie estará ocupándola, salvo que sea una excedencia por maternidad que implique reserva de plaza.
En cuanto a las diferencias retributivas por ser del grupo C1 o C2 son normales, les sucede a muchos funcionarios ya que la mayoría de los puestos pueden ser ocupados por funcionarios de varios grupos.
12/11/2013 14:08
Gracias de nuevo Juan S, un saludo.
29/04/2021 19:54
Buenas. Tengo plaza fija a extinguir por despido nulo en sentencia firme. Pueden sacar mi plaza a concurso oposición para consolidación del puesto, a la calle?