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Plazo del INSS para resolver expediente sobre lesiones permanentes no incapacitantes

3 Comentarios
 
Plazo del inss para resolver expediente sobre lesiones permanentes no incapacitantes
08/10/2003 12:32
Pregunta de primero, pero me he quedado en blanco: el INSS dispone de 135 días para resolver el expediente sobre lesiones permanentes no incapacitantes (art. 6 RD 1300/1995). Pero, ¿son naturales o hábiles?.
Gracias
09/10/2003 18:52
perdona, para q es exactamente ese expediente?
09/10/2003 23:51
Hola Nuria: La Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por (entre otras) por la Ley 24/2001, establece en sus artículo 48 lo siguiente:

1. Siempre que por Ley o normativa comunitaria europea no se exprese otra cosa, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los domingos y los declarados festivos.
Cuando los plazos se señalen por días naturales, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones.

Por ello deberás mirar la norma y si no matiza, será de apliación la que te digo. No obstante para tu confirmación una simple llamada te confirmará o rectificará el asunto.
Saludos.
20/10/2003 22:34
135 días
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Plazo del INSS para resolver expediente sobre lesiones permanentes no incapacitantes

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Plazo del inss para resolver expediente sobre lesiones permanentes no incapacitantes
08/10/2003 12:32
Pregunta de primero, pero me he quedado en blanco: el INSS dispone de 135 días para resolver el expediente sobre lesiones permanentes no incapacitantes (art. 6 RD 1300/1995). Pero, ¿son naturales o hábiles?.
Gracias
09/10/2003 18:52
perdona, para q es exactamente ese expediente?
09/10/2003 23:51
Hola Nuria: La Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por (entre otras) por la Ley 24/2001, establece en sus artículo 48 lo siguiente:

1. Siempre que por Ley o normativa comunitaria europea no se exprese otra cosa, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los domingos y los declarados festivos.
Cuando los plazos se señalen por días naturales, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones.

Por ello deberás mirar la norma y si no matiza, será de apliación la que te digo. No obstante para tu confirmación una simple llamada te confirmará o rectificará el asunto.
Saludos.
20/10/2003 22:34
135 días