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¿Plazo para abonar indemnizacion por despido improcedente?

6 Comentarios
 
¿plazo para abonar indemnizacion por despido improcedente?
13/04/2012 11:54
Hola. Hace un tiempo, me dirigi a ustedes para asesorarme sobre un tema de despido improcedente. Bueno, seria muy largo de contar todo lo que llevo pasado desde entonces, pero lo cierto es que he ganado ya tres juicios a la empresa donde trabajaba. El primero por despido improcedente. La empresa optó por la readmision. El segundo por un salario impagado. En este mi abogado ha optado por ejecutar. Y el tercero y este es creo el mas importante, por readmision irregular. En este último, el juez ha decretado la extinción de la relacion laboral, el pago de la indemnización, el pago de los salarios de tramitación, que no se me habian abonado anteriormente, y el pago del sueldo impagado mas todas las costas. Bueno en concreto hoy se ha producido la firmeza de la sentencia y quisiera saber si la ley otorga un plazo para el pago de las correspondientes cantidades, pues la empresa parece como si no fuera con ellos. Es mas, esta mañana he estado en la oficina de empleo y me han dicho que continuo dado de alta en la empresa. ¿Me podeis asesorar? Por que mi abogado no me aclara nada, simplemente me dice que la ley es lenta y que hay overbooking en los juzgados, pero que pagar, pagaran al final. Reciban un cordial saludo.
13/04/2012 14:00
Siendo la sentencia sea firme, tienes que esperar a que dicha sentencia sea recibida por la por la empresa.
Cuando hay una sentencia firme, esta claro que has ganado el litigio, pero para que esa sentencia sea efectiva, digo esto en caso de que la empresa no te page, hay que proceder a ejecutar esa sentencia, si no lo haces la empresa hará oídos sordos.
Puedes ejecutar pasados 20 DESPUES de recibida la sentencia sentencia la empresa.
13/04/2012 20:09
Entonces, (segun mi abogado consta en el registro de los juzgados que ellos recibieron notificación el lunes 9) tenemos que contar 20 dias a partir del dia 10 descontandole sabados y domingos. ¿Es asi? y una vez que se ejecute. ¿Que tiempo puede transcurrir?. Perdón por las molestias. Un saludo.
13/04/2012 20:22
joakialfaro, el plazo para recurrir la sentencia es de 5 días hábiles 1 de grácia, descontando sábados, domingos y festivos.

La firmeza de la sentencia se alcanza cuando, notificada a las partes, se cumple el plazo para recurrirla por las partes.

13/04/2012 20:42
.
y una vez que se ejecute. ¿Que tiempo puede transcurrir?. Perdón por las molestias. Un saludo.
No entiendo esta pregunta, formula de otra manera que la pueda entender
13/04/2012 22:11
Trola. Es que yo tampoco estoy muy puesto en esto del derecho. Yo lo que quiero saber es que plazo establece la ley para que la empresa me pague todo lo que me tiene que pagar. Es que eso de la ejecución no lo entiendo muy bien. Lo he oido pero tampoco se muy bien lo que es. Espero haberme explicado bien.
PD. Es que los dos empresarios son unos sinvergüenzas y me estan haciendo pasar las de caín. Para tener un poco de tranquilidad. Pues como he explicado antes ya han perdido tres juicios y siguen tan panchos. Como si no fuera con ellos. Un saludo.
16/04/2012 10:08
Aparte de lo expuesto anteriormente, que por cierto no he recibido respuesta, quisiera saber otra "anomalía", creo que ha cometido la empresa. Yo me tuve que dar de baja por depresion. El primer y el segunndo mes me ingresaron en mi cuenta la parte proporcional correspondiente a la base reguladora de mi nómina. Pero el tercer mes, como se produjo el juicio por readmision irregular y ellos me imagino, sabrian la sentencia del juez no me han abonado salario ninguno. ¿Esto se puede reclamar para cobrarlo? o ¿Tengo que reclamarselo a la Seguridad social, pues tengo entendido que estando de baja por enfermedad comun, no se percibe salario sino prestación y en este caso, la empresa se habria quedado indebidamente con mi prestación. Es INDIGNANTE. UN SALUDO.
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¿plazo para abonar indemnizacion por despido improcedente?
13/04/2012 11:54
Hola. Hace un tiempo, me dirigi a ustedes para asesorarme sobre un tema de despido improcedente. Bueno, seria muy largo de contar todo lo que llevo pasado desde entonces, pero lo cierto es que he ganado ya tres juicios a la empresa donde trabajaba. El primero por despido improcedente. La empresa optó por la readmision. El segundo por un salario impagado. En este mi abogado ha optado por ejecutar. Y el tercero y este es creo el mas importante, por readmision irregular. En este último, el juez ha decretado la extinción de la relacion laboral, el pago de la indemnización, el pago de los salarios de tramitación, que no se me habian abonado anteriormente, y el pago del sueldo impagado mas todas las costas. Bueno en concreto hoy se ha producido la firmeza de la sentencia y quisiera saber si la ley otorga un plazo para el pago de las correspondientes cantidades, pues la empresa parece como si no fuera con ellos. Es mas, esta mañana he estado en la oficina de empleo y me han dicho que continuo dado de alta en la empresa. ¿Me podeis asesorar? Por que mi abogado no me aclara nada, simplemente me dice que la ley es lenta y que hay overbooking en los juzgados, pero que pagar, pagaran al final. Reciban un cordial saludo.
13/04/2012 14:00
Siendo la sentencia sea firme, tienes que esperar a que dicha sentencia sea recibida por la por la empresa.
Cuando hay una sentencia firme, esta claro que has ganado el litigio, pero para que esa sentencia sea efectiva, digo esto en caso de que la empresa no te page, hay que proceder a ejecutar esa sentencia, si no lo haces la empresa hará oídos sordos.
Puedes ejecutar pasados 20 DESPUES de recibida la sentencia sentencia la empresa.
13/04/2012 20:09
Entonces, (segun mi abogado consta en el registro de los juzgados que ellos recibieron notificación el lunes 9) tenemos que contar 20 dias a partir del dia 10 descontandole sabados y domingos. ¿Es asi? y una vez que se ejecute. ¿Que tiempo puede transcurrir?. Perdón por las molestias. Un saludo.
13/04/2012 20:22
joakialfaro, el plazo para recurrir la sentencia es de 5 días hábiles 1 de grácia, descontando sábados, domingos y festivos.

La firmeza de la sentencia se alcanza cuando, notificada a las partes, se cumple el plazo para recurrirla por las partes.

13/04/2012 20:42
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y una vez que se ejecute. ¿Que tiempo puede transcurrir?. Perdón por las molestias. Un saludo.
No entiendo esta pregunta, formula de otra manera que la pueda entender
13/04/2012 22:11
Trola. Es que yo tampoco estoy muy puesto en esto del derecho. Yo lo que quiero saber es que plazo establece la ley para que la empresa me pague todo lo que me tiene que pagar. Es que eso de la ejecución no lo entiendo muy bien. Lo he oido pero tampoco se muy bien lo que es. Espero haberme explicado bien.
PD. Es que los dos empresarios son unos sinvergüenzas y me estan haciendo pasar las de caín. Para tener un poco de tranquilidad. Pues como he explicado antes ya han perdido tres juicios y siguen tan panchos. Como si no fuera con ellos. Un saludo.
16/04/2012 10:08
Aparte de lo expuesto anteriormente, que por cierto no he recibido respuesta, quisiera saber otra "anomalía", creo que ha cometido la empresa. Yo me tuve que dar de baja por depresion. El primer y el segunndo mes me ingresaron en mi cuenta la parte proporcional correspondiente a la base reguladora de mi nómina. Pero el tercer mes, como se produjo el juicio por readmision irregular y ellos me imagino, sabrian la sentencia del juez no me han abonado salario ninguno. ¿Esto se puede reclamar para cobrarlo? o ¿Tengo que reclamarselo a la Seguridad social, pues tengo entendido que estando de baja por enfermedad comun, no se percibe salario sino prestación y en este caso, la empresa se habria quedado indebidamente con mi prestación. Es INDIGNANTE. UN SALUDO.