Hola. Acriton: ¿y si tardan 30 días? ¿Y si el propietario vive en una zona de esas que quedan aisladas durante cierto tiempo en invierno? ¿Y si el funcionario "tira las cartas a la basura" y no las entrega? ¿y si las sustraen de los buzones de forma habitual?... ¿En vez de 6 días, que lo suban a 6 años? ¿Mandamos un notario para entregar las cartas? Un saludo.
Para pasacero: Usted no sabe como están las cosas en Correos. Están tardando hasta 15 días para entregar una carta con franqueo ordinario. Es por eso, que planteo la cuestión.
6 días naturales, se contabilizan desde el día siguiente a la fecha indicada en el escrito. Es suficiente par hacerla llegar por correo ordinario, y alegar no recogerla a tiempo no es justificación, puesto que un propietario debe cumplir con el: Artículo noveno. g) Observar la diligencia debida en el uso del inmueble y en sus relaciones con los demás titulares
El plazo para convocar Junta General Ordinaria, es de 6 días. Pero, ¿desde cuando se cuenta esos 6 días?. ¿Desde que se pone la convocatoria en correos?. ¿Qué pasa si un propietario, recibe esa convocatoria después de la fecha de la Junta?. Hablamos de correo ordinario, sin certificar.