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plazo para demandar

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Plazo para demandar
20/01/2011 18:41
Buenas tardes:

Tengo una duda, a ver si alguien me da su opinión.

Resumen:

Le plantean a un cliente un proceso monitorio y me opongo.

De mi oposición le dan traslado al actor, concediendole un plazo de 1 mes (computo de fecha a fecha). Se lo notifican en el mes de julio, el día 16.

El actor demanda en juiico ordinario y se dicta decreto admitiendo su demanda. De dicho decreto no tiene el despacho concocimiento, aun cuando se notificó al procurador. ya no se puede hacer nada en esto, estamos en rebeldia. pero esto no es el problema.

Hace dos dias me notifican decreto señalando vista para la Audiencia Previa para marzo. Entoces es cuando nos damos cuenta que se nos ha debido pasar el plazo para contestar. Voy al Juzgado y mi sorpresa es que el actor interpone la demanda en 16 de septiembre. Yo entiendo que el plazo para su demanda deberia haber sido el 1 se septiembre, ya que en los plazos señalados por meses es de fecha a fecha. Es de decir un mes desde el 16 de julio, y como el 16 de agosto es inhabil seria el 1 de septiembre. Hablo con el secretario y me da la razon.

Mi duda es: REeurro solitando la nulidad del decreto que admite la demanda porque se presentó fuera de plazo? o lo dejo para la audiencia previa planteándolo como una excepcion. El problema es que si lo dejo pasar corro el riesgo de que se pasen los 20 dias para solictar nulidad por caducidad de la accion, que empieza a correr desde que tengo conocimiento, es decir desde hoy.

Algún caso parecido?.

Gracias
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Plazo para demandar
20/01/2011 18:41
Buenas tardes:

Tengo una duda, a ver si alguien me da su opinión.

Resumen:

Le plantean a un cliente un proceso monitorio y me opongo.

De mi oposición le dan traslado al actor, concediendole un plazo de 1 mes (computo de fecha a fecha). Se lo notifican en el mes de julio, el día 16.

El actor demanda en juiico ordinario y se dicta decreto admitiendo su demanda. De dicho decreto no tiene el despacho concocimiento, aun cuando se notificó al procurador. ya no se puede hacer nada en esto, estamos en rebeldia. pero esto no es el problema.

Hace dos dias me notifican decreto señalando vista para la Audiencia Previa para marzo. Entoces es cuando nos damos cuenta que se nos ha debido pasar el plazo para contestar. Voy al Juzgado y mi sorpresa es que el actor interpone la demanda en 16 de septiembre. Yo entiendo que el plazo para su demanda deberia haber sido el 1 se septiembre, ya que en los plazos señalados por meses es de fecha a fecha. Es de decir un mes desde el 16 de julio, y como el 16 de agosto es inhabil seria el 1 de septiembre. Hablo con el secretario y me da la razon.

Mi duda es: REeurro solitando la nulidad del decreto que admite la demanda porque se presentó fuera de plazo? o lo dejo para la audiencia previa planteándolo como una excepcion. El problema es que si lo dejo pasar corro el riesgo de que se pasen los 20 dias para solictar nulidad por caducidad de la accion, que empieza a correr desde que tengo conocimiento, es decir desde hoy.

Algún caso parecido?.

Gracias