Una inmobiliaria firma con una chica una hoja de visita para ver un piso. Días después se pone en contacto con el dudeño y claro, le sale más económico comprarla directamente, cosa que hace.
Esto sucedió en septiembre de 2004. Tengo entendido que el plazo para reclamar las deudas dinerarias es de un año, pero no lo encuentro en ningún cuerpo legal. ¿Alguien podría decirme en que cuerpo leal se estable este plazo?.