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Plazos después de pasar tribunal médico.

1 Comentarios
 
Plazos después de pasar tribunal médico.
15/07/2019 10:45
Buenos dias, el pasado 28 de junio hice el año de baja por accidente laboral.
Unos días después he recibido una carta del INSS, citandome el dia 22 de julio para pasar tribunal médico.
He leido en sus articulos y cito textualmente...

"El plazo máximo que contempla la ley para que recibas resolución es de 135 días. El INSS te comunicará la resolución por escrito (normalmente con un aviso previo), siendo habitual que esto ocurra en un plazo mucho más corto que el máximo legal contemplado."

Aquí es donde me surgen las dudas.
¿Cuanto es ese plazo más corto?, teniendo en cuenta las fechas que son, es decir, fechas de vacaciones, julio, agosto....
¿suelen comunicar las resoluciones en estos meses o debo hacerme a la idea que hasta después de verano nada?

Por otro lado, en el caso que me concedan alargar la baja 6 meses, ¿desde cuando empezarian a contar?, desde el cumplimiento del año o desde la fecha de notificación?

Mientras dure el proceso de resolución, ¿quien se encarga de pagarme la nómina?

Espero que puedan ayudarme.

Muchas gracias.
Un saludo.
19/07/2019 11:02
Karspeed
Hola. Mientras dure el proceso, al cumplirse los 12 meses, la empresa te deja de pagar ( pero sigue cotizando hasta los 18 meses) y pasas a cobrar directamente de la mutua. Una vez pases revisión por el EVI ( SGAM en Catalunya) llamado popularmente tribunal médico, vuelve a la semana siguiente a dicho tribunal y pide una copia del informe de la revisión, pues tras la revisión lo envían al INSS y éste dicta resolución en función del referido informe.
A continuación te envían la carta que tú comentas de los 135 días hábiles y casi siempre recibes la resolución antes de dicho plazo.
Saludos
Plazos después de pasar tribunal médico. | PorticoLegal
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Plazos después de pasar tribunal médico.
15/07/2019 10:45
Buenos dias, el pasado 28 de junio hice el año de baja por accidente laboral.
Unos días después he recibido una carta del INSS, citandome el dia 22 de julio para pasar tribunal médico.
He leido en sus articulos y cito textualmente...

"El plazo máximo que contempla la ley para que recibas resolución es de 135 días. El INSS te comunicará la resolución por escrito (normalmente con un aviso previo), siendo habitual que esto ocurra en un plazo mucho más corto que el máximo legal contemplado."

Aquí es donde me surgen las dudas.
¿Cuanto es ese plazo más corto?, teniendo en cuenta las fechas que son, es decir, fechas de vacaciones, julio, agosto....
¿suelen comunicar las resoluciones en estos meses o debo hacerme a la idea que hasta después de verano nada?

Por otro lado, en el caso que me concedan alargar la baja 6 meses, ¿desde cuando empezarian a contar?, desde el cumplimiento del año o desde la fecha de notificación?

Mientras dure el proceso de resolución, ¿quien se encarga de pagarme la nómina?

Espero que puedan ayudarme.

Muchas gracias.
Un saludo.
19/07/2019 11:02
Karspeed
Hola. Mientras dure el proceso, al cumplirse los 12 meses, la empresa te deja de pagar ( pero sigue cotizando hasta los 18 meses) y pasas a cobrar directamente de la mutua. Una vez pases revisión por el EVI ( SGAM en Catalunya) llamado popularmente tribunal médico, vuelve a la semana siguiente a dicho tribunal y pide una copia del informe de la revisión, pues tras la revisión lo envían al INSS y éste dicta resolución en función del referido informe.
A continuación te envían la carta que tú comentas de los 135 días hábiles y casi siempre recibes la resolución antes de dicho plazo.
Saludos