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Plazos prestación por desempleo.

3 Comentarios
 
Plazos prestación por desempleo.
28/10/2010 20:45
Hola, os escribo por que tengo una duda respecto a mi prestación. He solicitado por internet una reanudación de prestación por desempleo el día 30 de Septiembre (la relación laboral cesó el 15 de Septiembre) y me ha llegado el día 15 de Octubre la notificación de que ha sido denegada por llevar más de 360 días trabajando en la misma empresa, por lo que hice mal el trámite ya que debí haber solicitado una nueva prestación. Como ya cometí el error, he hecho cita en el INEM y me han dado cita para el 3 de Noviembre, y voy a pedir una nueva prestación. Mi duda es, a efectos de tramitación, ¿me van a penalizar como si estuviera presentando a trámite la prestación de desempleo tarde (3 de Noviembre)?, o a efectos legales aunque haya hecho el trámite mal, al estar inscrito como demandante de empleo y haber solicitado la prestación (aunque sea de forma equivocada, es decir como reanudación) en plazo, no tendré problemas para cobrar desde el 15 de Septiembre que es cuando me quedé en paro. Otra cosa, es que comienzo a trabajar el 4 de Noviembre, así que me gustaría saber si me van a pagar desde el 15 de Septiembre al 03 de Octubre, o tendré problemas. Bueno, espero me puedan sacar de la duda, ya que aunque mal (por haber solicitado un reanudación en lugar de una nueva prestación), he metido solicitud de prestación por desempleo durante los primeros 15 días tras el despido. Un saludo y muchas gracias.
28/10/2010 23:08
Pues probablemente te penalizaran por esos días porque ha sido un error tuyo y no de ellos
28/10/2010 23:52
No me cuadra lo que cuentas ya que he realizado por internet (redtrabaja) multitud de solicitudes de prestaciones. Si hiciste una reanudación por internet, la reanudación estará realizada. Tendrás el justificante o el resguado de que la hiciste, en caso contrario suele advertir el propio sistema de un error con su código correspondiente.

El trabajar más de 360 en una empresa supone que has generado una nueva prestación, pero si te quedaba pendiente una prestación anterior, al hacerla por internet te sale una pantalla de que tienes que elegir la opción entre una u otra prestación.

Cuando vayas al SPEE, lleva toda la documentación que tengas de los trámites que realizaste por internet y que, como persona previsora que eres, imprimiste.

Saludos.
29/10/2010 11:56
Gracias por vuestras respuestas. Patatinpatero: Pues justamente realicé el trámite en red trabaja y tengo la tarjeta de demandante de empleo, la solicitud de la reanudación y el resguardo en el que indica que presenté la solicitud y en que fecha. Posteriormente me ha llegado a mi casa, una carta en la que dice que se me ha denegado la prestación por estar extinguida por haber trabajado más de 360 días en la misma empresa después de la última vez que cobre la prestación. Ahora, cuando trato de hacer por internet la solicitud de la prestación nuevamente, si me aparece un error y me indica que no puede realizarla por que tengo una solicitud anterior pendiente de resolución, que me diriga al SPEE. Así que ya pedí la cita, pero tengo miedo de que me quieran penalizar, ¿tu que opinas?. Para mi forma de interpretar la ley, si me presento con mis papeles, no tendría por qué haber problemas, ya que soy demandante de empleo y aunque mal, he solicitado la prestación por desempleo dentro de los primeros 15 días. Bueno, muchas gracias y un saludo.
Plazos prestación por desempleo. | PorticoLegal
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Plazos prestación por desempleo.
28/10/2010 20:45
Hola, os escribo por que tengo una duda respecto a mi prestación. He solicitado por internet una reanudación de prestación por desempleo el día 30 de Septiembre (la relación laboral cesó el 15 de Septiembre) y me ha llegado el día 15 de Octubre la notificación de que ha sido denegada por llevar más de 360 días trabajando en la misma empresa, por lo que hice mal el trámite ya que debí haber solicitado una nueva prestación. Como ya cometí el error, he hecho cita en el INEM y me han dado cita para el 3 de Noviembre, y voy a pedir una nueva prestación. Mi duda es, a efectos de tramitación, ¿me van a penalizar como si estuviera presentando a trámite la prestación de desempleo tarde (3 de Noviembre)?, o a efectos legales aunque haya hecho el trámite mal, al estar inscrito como demandante de empleo y haber solicitado la prestación (aunque sea de forma equivocada, es decir como reanudación) en plazo, no tendré problemas para cobrar desde el 15 de Septiembre que es cuando me quedé en paro. Otra cosa, es que comienzo a trabajar el 4 de Noviembre, así que me gustaría saber si me van a pagar desde el 15 de Septiembre al 03 de Octubre, o tendré problemas. Bueno, espero me puedan sacar de la duda, ya que aunque mal (por haber solicitado un reanudación en lugar de una nueva prestación), he metido solicitud de prestación por desempleo durante los primeros 15 días tras el despido. Un saludo y muchas gracias.
28/10/2010 23:08
Pues probablemente te penalizaran por esos días porque ha sido un error tuyo y no de ellos
28/10/2010 23:52
No me cuadra lo que cuentas ya que he realizado por internet (redtrabaja) multitud de solicitudes de prestaciones. Si hiciste una reanudación por internet, la reanudación estará realizada. Tendrás el justificante o el resguado de que la hiciste, en caso contrario suele advertir el propio sistema de un error con su código correspondiente.

El trabajar más de 360 en una empresa supone que has generado una nueva prestación, pero si te quedaba pendiente una prestación anterior, al hacerla por internet te sale una pantalla de que tienes que elegir la opción entre una u otra prestación.

Cuando vayas al SPEE, lleva toda la documentación que tengas de los trámites que realizaste por internet y que, como persona previsora que eres, imprimiste.

Saludos.
29/10/2010 11:56
Gracias por vuestras respuestas. Patatinpatero: Pues justamente realicé el trámite en red trabaja y tengo la tarjeta de demandante de empleo, la solicitud de la reanudación y el resguardo en el que indica que presenté la solicitud y en que fecha. Posteriormente me ha llegado a mi casa, una carta en la que dice que se me ha denegado la prestación por estar extinguida por haber trabajado más de 360 días en la misma empresa después de la última vez que cobre la prestación. Ahora, cuando trato de hacer por internet la solicitud de la prestación nuevamente, si me aparece un error y me indica que no puede realizarla por que tengo una solicitud anterior pendiente de resolución, que me diriga al SPEE. Así que ya pedí la cita, pero tengo miedo de que me quieran penalizar, ¿tu que opinas?. Para mi forma de interpretar la ley, si me presento con mis papeles, no tendría por qué haber problemas, ya que soy demandante de empleo y aunque mal, he solicitado la prestación por desempleo dentro de los primeros 15 días. Bueno, muchas gracias y un saludo.