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plus peligrosidad

5 Comentarios
 
01/02/2018 16:47
Morpheo88v
Estoy en un caso parecido al que mencionas.

Recientemente la empresa nos ha informado que tenemos que hacer trabajos en alturas, pero se niegan a pagarnos el plus de peligrosidad porque nos proporcionan los EPIS y la formación para esos trabajos.

Lógicamente no tiene ni pies ni cabeza, un EPI no elimina un peligro.

En el convenio (del metal) viene estipulado que será la empresa junto con el comité quien decida que trabajos son considerados peligrosos, en nuestra empresa no hay un comité, no se que vías tendría que utilizar para hacer algo más de fuerza, también me gustaría tener una sentencia o algo que me respalde a la hora de reclamarlo.

Un saludo
31/01/2018 13:51
Wolframio85
Muchas gracias por la respuesta.
El hecho en si de la consulta es porque en mi empresa me dicen que ese plus de peligrosidad ellos lo entienden como un plus para mejora salarial y así compensar las diferencias con el nuevo convenio del metal.(coruña).
Ahora con el nuevo convenio veo que ese concepto en si(plus peligrosidad)esta definido con un importe mayor.
Me lo pueden quitar así sin mas?
Alegan que la empresa cumple con la PRL y me dan las epis correspondientes,de todas formas trabajo en huecos de ascensores y con tensiones de 400v,me parece ilógico que u técnico de mantenimiento de ascensores no tenga ese plus.
29/01/2018 23:33
Morpheo88v
Saber que te puedes caer desde un décimo piso y que si llevas un arnés de seguridad puedes no caerte no lo hace menos peligroso.

Que un bombero sepa que el fuego es peligroso no va a evitar que se queme si lo toca.

El plus de peligrosidad está asociado al nivel de riesgo que conlleva el desempeño de tu trabajo, no la formación que tengas en su peligrosidad por lo que el plus de peligrosidad lo tienes por el simple hecho de tener que trabajar en alturas.

La formación en riesgos laborales es obligatoria para la empresa.
29/01/2018 22:06
josec
Hola.
Me pueden quitar el plus de peligrosidad al darme formación de prevención de riesgos?
Trabajo en el sector de la elevación (ascensores)
Este plus lo tengo reflejado en nomina
Hola Josec, en relación a u consulta comentarte que tales pluses, en principio, se abonan siempre que se pacten en Convenio Colectivo o contrato individual, sin embargo, el reconocimiento en sentencia del derecho a cobrar ese plus de peligrosidad no es perpetuo y para siempre. Es viable y licito que un convenio colectivo o cualquier norma juridica posterior a una sentencia, modifique la regulación de dicho plus y el derecho a percibirlo.
( vease sentencia TSJ adrid 10/10/1989)
En tu caso si toman la decisión de no pagar ese plus tiene que preveerse en cualquier tipo de norma, si a parte la cantidad que era objeto de ese plus pasan a pagartelo pero bajo otro concepto, en principio yo no veo el problema; esperate a que tu empresa decida bajo que concepto os absorven dicho plus, quizas sea similar o parecido.
espero haberte sido de ayuda.
mcapdevila@ejaso.com
Plus peligrosidad
04/12/2003 13:26
en una empresa de trabajos sumamente peligrosos (montajes de elevadores), se viene cobrando desde hace ni se sabe cuantos años este plus. ahora de manera unilateral la empresa decide no pagarlo como tal y absorverlo en otro tipo de concepto, aun no decidido ¿es legal?.
plus peligrosidad | PorticoLegal
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01/02/2018 16:47
Morpheo88v
Estoy en un caso parecido al que mencionas.

Recientemente la empresa nos ha informado que tenemos que hacer trabajos en alturas, pero se niegan a pagarnos el plus de peligrosidad porque nos proporcionan los EPIS y la formación para esos trabajos.

Lógicamente no tiene ni pies ni cabeza, un EPI no elimina un peligro.

En el convenio (del metal) viene estipulado que será la empresa junto con el comité quien decida que trabajos son considerados peligrosos, en nuestra empresa no hay un comité, no se que vías tendría que utilizar para hacer algo más de fuerza, también me gustaría tener una sentencia o algo que me respalde a la hora de reclamarlo.

Un saludo
31/01/2018 13:51
Wolframio85
Muchas gracias por la respuesta.
El hecho en si de la consulta es porque en mi empresa me dicen que ese plus de peligrosidad ellos lo entienden como un plus para mejora salarial y así compensar las diferencias con el nuevo convenio del metal.(coruña).
Ahora con el nuevo convenio veo que ese concepto en si(plus peligrosidad)esta definido con un importe mayor.
Me lo pueden quitar así sin mas?
Alegan que la empresa cumple con la PRL y me dan las epis correspondientes,de todas formas trabajo en huecos de ascensores y con tensiones de 400v,me parece ilógico que u técnico de mantenimiento de ascensores no tenga ese plus.
29/01/2018 23:33
Morpheo88v
Saber que te puedes caer desde un décimo piso y que si llevas un arnés de seguridad puedes no caerte no lo hace menos peligroso.

Que un bombero sepa que el fuego es peligroso no va a evitar que se queme si lo toca.

El plus de peligrosidad está asociado al nivel de riesgo que conlleva el desempeño de tu trabajo, no la formación que tengas en su peligrosidad por lo que el plus de peligrosidad lo tienes por el simple hecho de tener que trabajar en alturas.

La formación en riesgos laborales es obligatoria para la empresa.
29/01/2018 22:06
josec
Hola.
Me pueden quitar el plus de peligrosidad al darme formación de prevención de riesgos?
Trabajo en el sector de la elevación (ascensores)
Este plus lo tengo reflejado en nomina
Hola Josec, en relación a u consulta comentarte que tales pluses, en principio, se abonan siempre que se pacten en Convenio Colectivo o contrato individual, sin embargo, el reconocimiento en sentencia del derecho a cobrar ese plus de peligrosidad no es perpetuo y para siempre. Es viable y licito que un convenio colectivo o cualquier norma juridica posterior a una sentencia, modifique la regulación de dicho plus y el derecho a percibirlo.
( vease sentencia TSJ adrid 10/10/1989)
En tu caso si toman la decisión de no pagar ese plus tiene que preveerse en cualquier tipo de norma, si a parte la cantidad que era objeto de ese plus pasan a pagartelo pero bajo otro concepto, en principio yo no veo el problema; esperate a que tu empresa decida bajo que concepto os absorven dicho plus, quizas sea similar o parecido.
espero haberte sido de ayuda.
mcapdevila@ejaso.com
Plus peligrosidad
04/12/2003 13:26
en una empresa de trabajos sumamente peligrosos (montajes de elevadores), se viene cobrando desde hace ni se sabe cuantos años este plus. ahora de manera unilateral la empresa decide no pagarlo como tal y absorverlo en otro tipo de concepto, aun no decidido ¿es legal?.