Como dice Legil es obligatorio, no solo en Madrid, sino en todos los Ayuntamientos, si bien los Ayuntamientos pueden prever una bonficación del 95% de la cuota en estos casos.
Para hacer la declaración tenéis un plazo de seis meses prorrogable a un año a petición vuestra.
Buenos días, Mi marido ha fallecido el 10 de mayo y no tenia testamento. El piso estaba a nombre de los dos y tengo 2 hijos, una niña de 13 y un chico de 22 años. Estoy con los tramites ahora mismo de pago del impuesto de sucesiones y donaciones, declaración de herederos, etc...El pago del plusvalía municipal si no se va a vender el piso es obligatorio? Gracias