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Poderes utes y liquidación y disolución de utes

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Poderes utes y liquidación y disolución de utes
08/06/2018 10:13
Buenos días, me gustaría realizarles la siguiente consulta que por inacción y mal servicio de la notaría con la que estoy obligado a trabajar, no he podido resolver con nadie. Es un tema un poco específico.

Tengo que repartir fondos y disolver varias Utes, pero se añade una particularidad, y es que mi empresa ha habido varios eres, y las personas que tenían poder para disponer de las cuentas corrientes ya no están. Por tanto hay que apoderar primero a una persona para que tenga firma en el banco y pueda sacar el dinero y poder luego disolver. Entonces se me plantean dos alternativas:

1) Hacer primero la escritura de poder a una persona para que pueda sacar el dinero del banco. Luego distribuir la tesorería entre los socios y una vez hecho ésto, hacer una segunda escritura para disolver la Ute.

2) En una misma escritura dar poder a esta persona y, a continuación, acordar el reparto de fondos y dejar disuelta la Ute en el mismo acto.

¿Por cual os decantaríais? El caso es que me gustaría poder dejarlo hecho todo conforme a la segunda opción, ya que son muchas Utes y coordinar a los comparecientes, administración concursal, etc, es bastante complicado como para dar pasos de más, si se puede hacer en uno; pero no sé si ello es factible, pues hay que anexar a la escritura un balance a cero, y con el cierre de cuentas bancarias que se haría después de disuelta la UTE pueden liquidar intereses o comisiones que descuadren el repartible. Tampoco sé si la notaría me puede poner otro tipo de problemas.

Pido opinión porque como dije, la notaría a pesar de que tiene deber de prestar asesoramiento respecto al acto jurídico que se va a escriturar no lo hace, y como la oficial revisa las escrituras media hora antes de la firma, quiero evitar que me la eche para atrás con los firmantes en la notaría ya.

Si alguien conoce del asunto y puede compartir su criterio, muchas gracias
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Poderes utes y liquidación y disolución de utes
08/06/2018 10:13
Buenos días, me gustaría realizarles la siguiente consulta que por inacción y mal servicio de la notaría con la que estoy obligado a trabajar, no he podido resolver con nadie. Es un tema un poco específico.

Tengo que repartir fondos y disolver varias Utes, pero se añade una particularidad, y es que mi empresa ha habido varios eres, y las personas que tenían poder para disponer de las cuentas corrientes ya no están. Por tanto hay que apoderar primero a una persona para que tenga firma en el banco y pueda sacar el dinero y poder luego disolver. Entonces se me plantean dos alternativas:

1) Hacer primero la escritura de poder a una persona para que pueda sacar el dinero del banco. Luego distribuir la tesorería entre los socios y una vez hecho ésto, hacer una segunda escritura para disolver la Ute.

2) En una misma escritura dar poder a esta persona y, a continuación, acordar el reparto de fondos y dejar disuelta la Ute en el mismo acto.

¿Por cual os decantaríais? El caso es que me gustaría poder dejarlo hecho todo conforme a la segunda opción, ya que son muchas Utes y coordinar a los comparecientes, administración concursal, etc, es bastante complicado como para dar pasos de más, si se puede hacer en uno; pero no sé si ello es factible, pues hay que anexar a la escritura un balance a cero, y con el cierre de cuentas bancarias que se haría después de disuelta la UTE pueden liquidar intereses o comisiones que descuadren el repartible. Tampoco sé si la notaría me puede poner otro tipo de problemas.

Pido opinión porque como dije, la notaría a pesar de que tiene deber de prestar asesoramiento respecto al acto jurídico que se va a escriturar no lo hace, y como la oficial revisa las escrituras media hora antes de la firma, quiero evitar que me la eche para atrás con los firmantes en la notaría ya.

Si alguien conoce del asunto y puede compartir su criterio, muchas gracias