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Policias mentirosos

Tema cerrado. No se admiten más comentarios
136 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 136 comentarios
14/05/2007 16:21
BUENASSS
Veo que me expreso muy mal... o según me habéis hecho entender, que no habéis entendido bien lo que he escrito. En primer lugar voy a decirlos que no tengo experiecia en esto, nunca me habían parado ni la policia ni la guardia civil y nadie por el estilo, y menos me han detenido. Yo nisiquiera sabía que podía pedirle al policia su nº de placa, cuando me puse nerviosa y le dije al policia "me he quedado con tu cara" simplemente quise decirle lo que realmente significa esa expresión, que me quedado con tu descripción de cara. Aunque sea inexperta en esto, en ese momento yo sabía que por ese trato que nos estaba dando le podía poner una reclamación, porque no era normal... nos trataron como si fuéramos delincuentes, a raíz de eso, me salio esa asquerosa expresión. Yo sé que no tiene ningún sentido decirle eso a un policia, pero ya os digo, que no fue con ninguna intención de amenzar ni nada por el estilo.
Con respecto a apelar la sentencia, ni me voy a preocupar porque no tengo pruebas ni testigos, y claro, sin eso no voy a ninguna parte.

Rus;

He hablado con la abogada que me proporcionaron el día de la detención y me ha dicho que al ser un juicio de faltas que no tiene obligación de ir, y seguido me dijo que no iría porque tiene otro juicio ese mismo dia y hora, Si no te lo crees me parece bien, yo tampoco me lo creí en su dia.
Gracias.

14/05/2007 16:29
Gaia77, una cosita. Jejeje...Ha estado bien eso de Bananita, me ha hecho gracia.
14/05/2007 16:33
platanito, no digo que no me lo crea, de hecho, en el primer mensaje dije que lo que os había pasado era bastante habitual, por desgracia.

Lo que no me cuadra es que un abogado del turno desaparezca, pero a saber. Tampoco os pueden detener si los hechos no son constitutivos de delito, y parece que no lo eran, etc, etc, etc.

Para apelar no necesitas testigos. La apelación no es un segundo juicio y no se admiten pruebas que se pudieron haber aportado en un primer momento, así que lo único que queda es argumentar para convencer a la Audiencia de que el Juez se equivocó, cosa bastante complicada, por otra parte.
El problema de los procedimientos en los que no se necesita abogado es que nos confiamos, pensamos que los funcionarios nos van a ayudar, y no es así. Hay Jueces que dejan hablar a quien va sin abogado, pero otros no, y por eso al final sentimos frustración, rabia e impotencia.

Si queréis apelar, podéis, bien con la misma abogada, con otra o vosotros mismos. Si queréis llevar el asunto a la prensa, también podéis, pero teniendo en cuenta que de no apelar, tenéis una sentencia firme que recoge unos hechos probados, y que las injurias y las calumnias ahí están.

Mucha suerte en cualquier caso.
14/05/2007 16:40
Vale, quiero apelar, ¿cómo empiezo? solo tengo 4 días porque la sentencia la he recojido el viernes.
14/05/2007 16:55
Se presenta un escrito dirigido al Juzgado de Instrucción que corresponda.

Contenido, Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Artículo 976.

1. La sentencia es apelable en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación. Durante este período se hallarán las actuaciones en secretaría a disposición de las partes.

2. El recurso se formalizará y tramitará conforme a lo dispuesto en los artículos 790 a 792.

3. La sentencia de apelación se notificará a los ofendidos y perjudicados por la falta, aunque no se hayan mostrado parte en el procedimiento.

Artículo 790.
2. El escrito de formalización del recurso se presentará ante el órgano que dictó la resolución que se impugne, y en él se expondrán, ordenadamente, las alegaciones sobre quebrantamiento de las normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracción de normas del ordenamiento jurídico en las que se base la impugnación. El recurrente también habrá de fijar un domicilio para notificaciones en el lugar donde tenga su sede la Audiencia.

Si en el recurso se pidiera la declaración de nulidad del juicio por infracción de normas o garantías procesales que causaren la indefensión del recurrente, en términos tales que no pueda ser subsanada en la segunda instancia, se citarán las normas legales o constitucionales que se consideren infringidas y se expresarán las razones de la indefensión. Asimismo, deberá acreditarse haberse pedido la subsanación de la falta o infracción en la primera instancia, salvo en el caso de que se hubieren cometido en momento en el que fuere ya imposible la reclamación.

3. En el mismo escrito de formalización podrá pedir el recurrente la práctica de las diligencias de prueba que no pudo proponer en la primera instancia, de las propuestas que le fueron indebidamente denegadas, siempre que hubiere formulado en su momento la oportuna protesta, y de las admitidas que no fueron practicadas por causas que no le sean imputables.

14/05/2007 17:39
Otra vez me sustrajeron el bolso de un tirón.
El ladrón que lo hizo salió corriendo con el bolso en la mano y montó en un coche que estaba arrancado y salió a toda velocidad.
Lo único que pude hacer fue memorizar la matrícula del coche con la cual pude denunciar el hecho y como me quedé con la cara del pillo, lo pude reconocer posteriormente; muy posteriormente, porque el juicio salió muy tarde.
Resulta que el coche era robado y con él había efectuado otros muchos robos en condiciones similares.
A mí la denuncia no me sirvió para nada porque no recuperé el bolso ni llegué a saber nunca si hubo condena o no y, en su caso, cual. Eso sí, tuve que faltar al trabajo en varias ocasiones para acudir a las citaciones del Juzgado.




14/05/2007 17:53
a ver Gaia77, según tu opinión, que crees que debería hacer.
14/05/2007 18:01
Aprender para la próxima.

Habría que saber si el hecho de que los agentes apareciesen por allí y procedieran a registrar el coche tenía alguna base; por ejemplo que alguien hubiese llamado por alguna sospecha o algún robo en ese polígono.
Realmente la media hora que estuvisteis fuera del coche no fue sólo, evidentemente, para ver la documentación sino para registrar el coche.
14/05/2007 19:01
La actitud de ponerte "galla" empeoró tu situación; actitud que, por otra parte, es más propia de la juventud. Los años (yo con 77 te puedes figurar, je, je...) y la experiencia nos van enseñando a reaccionar de forma diferente. Y te lo digo por experiencia.
¿Qué has conseguido con esa reacción?
Absolutamente nada a tu favor y dudo que vayas a conseguir algo aunque apeles.
La expresión "me he quedado con tu cara" según el contexto, puede ser entendido como una amenaza aunque en sí la expresión tan sólo quiere decir retener en la memoria pero di eso en un ambiente de crispación y la interpretación es completamente diferente. Pienso (luego existo)
14/05/2007 23:48
Platanito:

recurre, necesitarás abogado, hazlo, intentalo.

ellos se amparan en su superioridad, es vuestra palabra contra la de ellos.

pide que se celebre una nueva vista en la apelación.
15/05/2007 00:16
Eso está a la orden del día. Y visto que les sale bien van creyéndose cada vez más impunes y van aumentando los abusos.
No te preocupes, llegará un día en que se encuentren a alguien con más hu... que ellos y los espera a la puerta de su comisaría y ....
Hay que denunciar cualquier mínimo abuso o desconsideración que tengan los agentes maleducados y que sólo entran para chulear y aprovecharse del cargo. Por la vía interna y judicial. Luego se comparan declaraciones y ¡¡sorpresa¡¡
Consejo para los abogados que defiendan estos casos. Son tan valientes con lo ciudadanos como cagaos entre ellos con sus jefes.
Aprovechar ese punto débil y descubrir a los delincuentes de uniforme, que hay demasiados.
15/05/2007 02:04
A ver platanito, tu has reconocido que cuando ya se marchaban fue cuando le dijiste "me he quedado con tu cara". Pues entonces el juez puede interpretarlo como una amenaza (son muy listos y de eso saben mucho). Reconoces que entonces el policía se volvió; que sentido tiene que retroceda si no es por que escuchan la provocación o amenaza?.

Hace unos días en un centro comercial hubo una pelea, acudieron los guardas de seguridad a separarles, después de un rifi rafe uno decidió dejarlo (guarda de seguridad mediante) entonces señalando con el dedo al contrario le dijo: “me he quedado con tu cara”, (“quien tenga oídos que oiga”, ¡¡oiga!!)!.
Otra expresión que puede tomarse con una amenaza es “¡NOS VEREMOS LAS CARAS!”.

Saludos, y suerte.

15/05/2007 13:11
En este caso, antes de CONDENAR a los Policías, deberíamos oír a esta parte y poder valorar más sosegadamente lo manifestado por ambas partes.

Está claro que ovejas negras las hay en todos los colectivos, pero siempre se tiende a CONDENAR a los Policías, siempre ellos son los malos.

He de dudar de que los Agentes actuantes detuvieran simplemente por chulos, al informales del motivo de su detención y de los derechos que os amparaban como tal, ¿Ponía presunto delito de CHULERIA?

¿El Juez les acusó finalmente por chulos................?

Como digo, antes de CONDENAR a alguien deberíamos oír a las dos partes, tal como se hace en el plenario
15/05/2007 13:26
cartagonova, discrepo contigo. Normalmente se suele hacer caso a la palabra de los agentes, que para eso son "oficialmente inteligentes".
15/05/2007 15:13
Hola.
Que conste que yo no estoy diciendo que la policia tuviera razón, solo digo que fué platanico quien se autoinculpó reconociendo, ante el Juez, que SÍ le dijo "me he quedado con tu cara", y cuando la policía ya se marchaba. Ahora solo habría que discutir si esto fue una amenaza o solo fué un saludo de despedida.

Espero, planatino, que no te encuentres en otra situación parecida, pero si ocurre procura contenerte un poquito, y no seas tan sincero. (al juez se lo pusiste en bandeja)

Saludos.
15/05/2007 16:10
tal y como está tipificado el delito de amenazas en el C.P. esa expresión no consituiría delito, porque no anuncia un mal concreto y determinado, lo que pasa es al final el acojone manda.
15/05/2007 17:24
Vaya, vaya ... "delincuentes de uniforme, chulos", no está mal pero podéis hacerlo mejor, venga, animaros. Por cierto ¿alguien ha léido el atestado policial?.
Me parece lógico que seamos "oficialmente inteligentes", pues muchas veces, la declaración de los Agentes es básica para una condena.
Por otra parte, hay mecanismos para defenderse de los abusos policiales, desde poner una queja en dependencias policiales, en las que hay libros, hasta la denuncia en la misma comisaría o los juzgados.Para ideni¡tificar a los policías bastaría con la matrícula del vehículo y la hora de los hechos, pero ello, si crees que has sido perjudicaca Platanito, después de dejar a los polis que hagan su trabajo, y si después crees que no te han tratado como debieras, pues a lo dicho.
Por otra parte, ya a título personal, me sorprende que ante una historia así, y sólo con la versión de una de las partes, se dé por hecho que ha habido abuso policial.Llevo varios años en las FSE, en varios destinos, y puedo decir tranquilamente que NUNCA he actuado extralimitándome.Y como yo, me consta que la mayoría de los profesionales que nos dedicamos a ésto.Sin embargo, sí he tenido que soportar insultos, amenazas, intentos de agresión, que por lo general terminan en multas irrisorias.
15/05/2007 18:06
Ya, leoncio, pero mira por ejemplo las denuncias que hay en los últimos meses sobre el comportamiento de los Mossos D´Esquadra. Hay que reconocer que a veces hay abusos y muchas veces se hace difícil demostrarlo, que para condenar no basta con una denuncia, hay que demostrarlo también. Un saludo.
15/05/2007 19:09
¿Dónde está la contradicción que encontré?, je, je...
Aparte de los 180€ de multa... ¿qué dice la Sentencia?
Estoy pensando en otras situaciones, no similares porque nada es parecido pero por ejemplo vas a un supermercado, pagas con tarjeta y te piden el carnet, no lo llevas encima y te anulan la compra porque según las normas no pueden aceptar el pago sin previamente ver el carnet. Te enfadas con la cajera (que no tiene culpa porque cumple órdenes). Se monta allí una buena y enfadada vas y le dices a la cajera: "Me he quedado con tu cara"
o vas al banco a sacar 1000 € y lo mismo, te piden documentación que les permita identificarte, como no la llevas encima, no te dan el dinero y montas un pollo. El banquero/a se puede enfadar y gritar como tú o llamar a seguridad pero tú ante la negativa, te rebotas y le dices: "Me he quedado con tu cara" Y eso sin tener en cuenta que a continuación no añadas algún innombrable apelativo que haga que todos los presentes se queden a cuadros.

Saludos ;
y me voy no vaya a se que os hayais quedado con mi cara.


15/05/2007 21:43
Maica: lo que cita de la inteligencia debería considerarse una presunción iuris tantum, y siendo muy generoso.
Todos los que hemos asistido a este tipo de juicios, sobre todo con inculpados normales que no son delincuentes típicos, sabemos que los policías cada vez más mienten de forma más descarada declarando los 3 clichés típicos. Afortunadamente los jueces se han dado cuenta de una vez por todas y muchas denuncias como la que se relata aquí repiten lo de la "actitud chulesca", etc. cuando son sometidos a la debida contradicción, pero si hasta reconocen haber dado órdenes del tipo "le dije que se callara y no lo hizo", o que "no fumara" (en la vía pública), o que se "descalzara" (sin indicio alguno de nada, sólo por fastidiar al requerido), etc. Dantesco.
Luego se quejan de que los jueces no les hacen caso y desestiman muchas de las denuncias por agresiones, resistencias, desobediencias, atentados,etc. Si no mintieran tanto y no buscaran un blindaje eterno y la total impunidad no les pasaría eso. Pero siguen insistiendo y cada vez más ya que es una práctica que los recién llegados ven usar a los veteranos con lo que perpetúa la mala práctica (y con el nivel que ingresa en estos años la cosa no podría ir peor)
Recordar lo que comparar la vía interna con la judicial, Vereís qué sorpresas, amigos abogados. Rápido se descubre a los mentirosos.
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14/05/2007 16:21
BUENASSS
Veo que me expreso muy mal... o según me habéis hecho entender, que no habéis entendido bien lo que he escrito. En primer lugar voy a decirlos que no tengo experiecia en esto, nunca me habían parado ni la policia ni la guardia civil y nadie por el estilo, y menos me han detenido. Yo nisiquiera sabía que podía pedirle al policia su nº de placa, cuando me puse nerviosa y le dije al policia "me he quedado con tu cara" simplemente quise decirle lo que realmente significa esa expresión, que me quedado con tu descripción de cara. Aunque sea inexperta en esto, en ese momento yo sabía que por ese trato que nos estaba dando le podía poner una reclamación, porque no era normal... nos trataron como si fuéramos delincuentes, a raíz de eso, me salio esa asquerosa expresión. Yo sé que no tiene ningún sentido decirle eso a un policia, pero ya os digo, que no fue con ninguna intención de amenzar ni nada por el estilo.
Con respecto a apelar la sentencia, ni me voy a preocupar porque no tengo pruebas ni testigos, y claro, sin eso no voy a ninguna parte.

Rus;

He hablado con la abogada que me proporcionaron el día de la detención y me ha dicho que al ser un juicio de faltas que no tiene obligación de ir, y seguido me dijo que no iría porque tiene otro juicio ese mismo dia y hora, Si no te lo crees me parece bien, yo tampoco me lo creí en su dia.
Gracias.

14/05/2007 16:29
Gaia77, una cosita. Jejeje...Ha estado bien eso de Bananita, me ha hecho gracia.
14/05/2007 16:33
platanito, no digo que no me lo crea, de hecho, en el primer mensaje dije que lo que os había pasado era bastante habitual, por desgracia.

Lo que no me cuadra es que un abogado del turno desaparezca, pero a saber. Tampoco os pueden detener si los hechos no son constitutivos de delito, y parece que no lo eran, etc, etc, etc.

Para apelar no necesitas testigos. La apelación no es un segundo juicio y no se admiten pruebas que se pudieron haber aportado en un primer momento, así que lo único que queda es argumentar para convencer a la Audiencia de que el Juez se equivocó, cosa bastante complicada, por otra parte.
El problema de los procedimientos en los que no se necesita abogado es que nos confiamos, pensamos que los funcionarios nos van a ayudar, y no es así. Hay Jueces que dejan hablar a quien va sin abogado, pero otros no, y por eso al final sentimos frustración, rabia e impotencia.

Si queréis apelar, podéis, bien con la misma abogada, con otra o vosotros mismos. Si queréis llevar el asunto a la prensa, también podéis, pero teniendo en cuenta que de no apelar, tenéis una sentencia firme que recoge unos hechos probados, y que las injurias y las calumnias ahí están.

Mucha suerte en cualquier caso.
14/05/2007 16:40
Vale, quiero apelar, ¿cómo empiezo? solo tengo 4 días porque la sentencia la he recojido el viernes.
14/05/2007 16:55
Se presenta un escrito dirigido al Juzgado de Instrucción que corresponda.

Contenido, Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Artículo 976.

1. La sentencia es apelable en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación. Durante este período se hallarán las actuaciones en secretaría a disposición de las partes.

2. El recurso se formalizará y tramitará conforme a lo dispuesto en los artículos 790 a 792.

3. La sentencia de apelación se notificará a los ofendidos y perjudicados por la falta, aunque no se hayan mostrado parte en el procedimiento.

Artículo 790.
2. El escrito de formalización del recurso se presentará ante el órgano que dictó la resolución que se impugne, y en él se expondrán, ordenadamente, las alegaciones sobre quebrantamiento de las normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracción de normas del ordenamiento jurídico en las que se base la impugnación. El recurrente también habrá de fijar un domicilio para notificaciones en el lugar donde tenga su sede la Audiencia.

Si en el recurso se pidiera la declaración de nulidad del juicio por infracción de normas o garantías procesales que causaren la indefensión del recurrente, en términos tales que no pueda ser subsanada en la segunda instancia, se citarán las normas legales o constitucionales que se consideren infringidas y se expresarán las razones de la indefensión. Asimismo, deberá acreditarse haberse pedido la subsanación de la falta o infracción en la primera instancia, salvo en el caso de que se hubieren cometido en momento en el que fuere ya imposible la reclamación.

3. En el mismo escrito de formalización podrá pedir el recurrente la práctica de las diligencias de prueba que no pudo proponer en la primera instancia, de las propuestas que le fueron indebidamente denegadas, siempre que hubiere formulado en su momento la oportuna protesta, y de las admitidas que no fueron practicadas por causas que no le sean imputables.

14/05/2007 17:39
Otra vez me sustrajeron el bolso de un tirón.
El ladrón que lo hizo salió corriendo con el bolso en la mano y montó en un coche que estaba arrancado y salió a toda velocidad.
Lo único que pude hacer fue memorizar la matrícula del coche con la cual pude denunciar el hecho y como me quedé con la cara del pillo, lo pude reconocer posteriormente; muy posteriormente, porque el juicio salió muy tarde.
Resulta que el coche era robado y con él había efectuado otros muchos robos en condiciones similares.
A mí la denuncia no me sirvió para nada porque no recuperé el bolso ni llegué a saber nunca si hubo condena o no y, en su caso, cual. Eso sí, tuve que faltar al trabajo en varias ocasiones para acudir a las citaciones del Juzgado.




14/05/2007 17:53
a ver Gaia77, según tu opinión, que crees que debería hacer.
14/05/2007 18:01
Aprender para la próxima.

Habría que saber si el hecho de que los agentes apareciesen por allí y procedieran a registrar el coche tenía alguna base; por ejemplo que alguien hubiese llamado por alguna sospecha o algún robo en ese polígono.
Realmente la media hora que estuvisteis fuera del coche no fue sólo, evidentemente, para ver la documentación sino para registrar el coche.
14/05/2007 19:01
La actitud de ponerte "galla" empeoró tu situación; actitud que, por otra parte, es más propia de la juventud. Los años (yo con 77 te puedes figurar, je, je...) y la experiencia nos van enseñando a reaccionar de forma diferente. Y te lo digo por experiencia.
¿Qué has conseguido con esa reacción?
Absolutamente nada a tu favor y dudo que vayas a conseguir algo aunque apeles.
La expresión "me he quedado con tu cara" según el contexto, puede ser entendido como una amenaza aunque en sí la expresión tan sólo quiere decir retener en la memoria pero di eso en un ambiente de crispación y la interpretación es completamente diferente. Pienso (luego existo)
14/05/2007 23:48
Platanito:

recurre, necesitarás abogado, hazlo, intentalo.

ellos se amparan en su superioridad, es vuestra palabra contra la de ellos.

pide que se celebre una nueva vista en la apelación.
15/05/2007 00:16
Eso está a la orden del día. Y visto que les sale bien van creyéndose cada vez más impunes y van aumentando los abusos.
No te preocupes, llegará un día en que se encuentren a alguien con más hu... que ellos y los espera a la puerta de su comisaría y ....
Hay que denunciar cualquier mínimo abuso o desconsideración que tengan los agentes maleducados y que sólo entran para chulear y aprovecharse del cargo. Por la vía interna y judicial. Luego se comparan declaraciones y ¡¡sorpresa¡¡
Consejo para los abogados que defiendan estos casos. Son tan valientes con lo ciudadanos como cagaos entre ellos con sus jefes.
Aprovechar ese punto débil y descubrir a los delincuentes de uniforme, que hay demasiados.
15/05/2007 02:04
A ver platanito, tu has reconocido que cuando ya se marchaban fue cuando le dijiste "me he quedado con tu cara". Pues entonces el juez puede interpretarlo como una amenaza (son muy listos y de eso saben mucho). Reconoces que entonces el policía se volvió; que sentido tiene que retroceda si no es por que escuchan la provocación o amenaza?.

Hace unos días en un centro comercial hubo una pelea, acudieron los guardas de seguridad a separarles, después de un rifi rafe uno decidió dejarlo (guarda de seguridad mediante) entonces señalando con el dedo al contrario le dijo: “me he quedado con tu cara”, (“quien tenga oídos que oiga”, ¡¡oiga!!)!.
Otra expresión que puede tomarse con una amenaza es “¡NOS VEREMOS LAS CARAS!”.

Saludos, y suerte.

15/05/2007 13:11
En este caso, antes de CONDENAR a los Policías, deberíamos oír a esta parte y poder valorar más sosegadamente lo manifestado por ambas partes.

Está claro que ovejas negras las hay en todos los colectivos, pero siempre se tiende a CONDENAR a los Policías, siempre ellos son los malos.

He de dudar de que los Agentes actuantes detuvieran simplemente por chulos, al informales del motivo de su detención y de los derechos que os amparaban como tal, ¿Ponía presunto delito de CHULERIA?

¿El Juez les acusó finalmente por chulos................?

Como digo, antes de CONDENAR a alguien deberíamos oír a las dos partes, tal como se hace en el plenario
15/05/2007 13:26
cartagonova, discrepo contigo. Normalmente se suele hacer caso a la palabra de los agentes, que para eso son "oficialmente inteligentes".
15/05/2007 15:13
Hola.
Que conste que yo no estoy diciendo que la policia tuviera razón, solo digo que fué platanico quien se autoinculpó reconociendo, ante el Juez, que SÍ le dijo "me he quedado con tu cara", y cuando la policía ya se marchaba. Ahora solo habría que discutir si esto fue una amenaza o solo fué un saludo de despedida.

Espero, planatino, que no te encuentres en otra situación parecida, pero si ocurre procura contenerte un poquito, y no seas tan sincero. (al juez se lo pusiste en bandeja)

Saludos.
15/05/2007 16:10
tal y como está tipificado el delito de amenazas en el C.P. esa expresión no consituiría delito, porque no anuncia un mal concreto y determinado, lo que pasa es al final el acojone manda.
15/05/2007 17:24
Vaya, vaya ... "delincuentes de uniforme, chulos", no está mal pero podéis hacerlo mejor, venga, animaros. Por cierto ¿alguien ha léido el atestado policial?.
Me parece lógico que seamos "oficialmente inteligentes", pues muchas veces, la declaración de los Agentes es básica para una condena.
Por otra parte, hay mecanismos para defenderse de los abusos policiales, desde poner una queja en dependencias policiales, en las que hay libros, hasta la denuncia en la misma comisaría o los juzgados.Para ideni¡tificar a los policías bastaría con la matrícula del vehículo y la hora de los hechos, pero ello, si crees que has sido perjudicaca Platanito, después de dejar a los polis que hagan su trabajo, y si después crees que no te han tratado como debieras, pues a lo dicho.
Por otra parte, ya a título personal, me sorprende que ante una historia así, y sólo con la versión de una de las partes, se dé por hecho que ha habido abuso policial.Llevo varios años en las FSE, en varios destinos, y puedo decir tranquilamente que NUNCA he actuado extralimitándome.Y como yo, me consta que la mayoría de los profesionales que nos dedicamos a ésto.Sin embargo, sí he tenido que soportar insultos, amenazas, intentos de agresión, que por lo general terminan en multas irrisorias.
15/05/2007 18:06
Ya, leoncio, pero mira por ejemplo las denuncias que hay en los últimos meses sobre el comportamiento de los Mossos D´Esquadra. Hay que reconocer que a veces hay abusos y muchas veces se hace difícil demostrarlo, que para condenar no basta con una denuncia, hay que demostrarlo también. Un saludo.
15/05/2007 19:09
¿Dónde está la contradicción que encontré?, je, je...
Aparte de los 180€ de multa... ¿qué dice la Sentencia?
Estoy pensando en otras situaciones, no similares porque nada es parecido pero por ejemplo vas a un supermercado, pagas con tarjeta y te piden el carnet, no lo llevas encima y te anulan la compra porque según las normas no pueden aceptar el pago sin previamente ver el carnet. Te enfadas con la cajera (que no tiene culpa porque cumple órdenes). Se monta allí una buena y enfadada vas y le dices a la cajera: "Me he quedado con tu cara"
o vas al banco a sacar 1000 € y lo mismo, te piden documentación que les permita identificarte, como no la llevas encima, no te dan el dinero y montas un pollo. El banquero/a se puede enfadar y gritar como tú o llamar a seguridad pero tú ante la negativa, te rebotas y le dices: "Me he quedado con tu cara" Y eso sin tener en cuenta que a continuación no añadas algún innombrable apelativo que haga que todos los presentes se queden a cuadros.

Saludos ;
y me voy no vaya a se que os hayais quedado con mi cara.


15/05/2007 21:43
Maica: lo que cita de la inteligencia debería considerarse una presunción iuris tantum, y siendo muy generoso.
Todos los que hemos asistido a este tipo de juicios, sobre todo con inculpados normales que no son delincuentes típicos, sabemos que los policías cada vez más mienten de forma más descarada declarando los 3 clichés típicos. Afortunadamente los jueces se han dado cuenta de una vez por todas y muchas denuncias como la que se relata aquí repiten lo de la "actitud chulesca", etc. cuando son sometidos a la debida contradicción, pero si hasta reconocen haber dado órdenes del tipo "le dije que se callara y no lo hizo", o que "no fumara" (en la vía pública), o que se "descalzara" (sin indicio alguno de nada, sólo por fastidiar al requerido), etc. Dantesco.
Luego se quejan de que los jueces no les hacen caso y desestiman muchas de las denuncias por agresiones, resistencias, desobediencias, atentados,etc. Si no mintieran tanto y no buscaran un blindaje eterno y la total impunidad no les pasaría eso. Pero siguen insistiendo y cada vez más ya que es una práctica que los recién llegados ven usar a los veteranos con lo que perpetúa la mala práctica (y con el nivel que ingresa en estos años la cosa no podría ir peor)
Recordar lo que comparar la vía interna con la judicial, Vereís qué sorpresas, amigos abogados. Rápido se descubre a los mentirosos.