Las empresas, siempre y cuando no dispongan de otro más beneficioso, vendrán obligadas en el curso de tres meses, a contar desde la fecha de publicación de este Convenio, a concertar un Seguro de vida e Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo y Gran invalidez, para los trabajadores afectados por el presente Convenio, por un importe de 24.000 euros, según modalidad usual de mercado. Las empresas entregarán a los trabajadores un certificado de acreditación con las cantidades garantizadas en la póliza colectiva y una copia de la misma a la representación de los trabajadores correspondiente al ámbito en que se suscribe dicha póliza.
LO PONGO EN MAYUSCULAS,ESTO ES LO QUE DICE EL CONVENIO DE GRANDES ALMACENES,ME HAN CONCEDIDO UNA INCAPACIDAD PERMANETE ABSOLUTA,Y QUERIA QUE ALGUIEN ME DIJERA SI ES ASI,QUE TENGO DERECHO A COBRAR ESTA POLIZA DE MI EMPRESA GRACIAS