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¿Por que motivo tiene que heredar la mujer de mi padre?

20 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 20 comentarios
¿por que motivo tiene que heredar la mujer de mi padre?
06/04/2014 14:23
Mi padre fallecido nos ha dejado todo a mis hermanos y a mí, resulta que su mujer con un abogado nos reclama una parte.
¿Como puede ser esto?
Es en Galicia
06/04/2014 14:58
Efectivamente, la viuda tiene derecho a una parte de la herencia.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
Madrid
Mottayl.abogados@gmail.com
06/04/2014 15:06
El abogadode la mujer de mi padre, nos reclama un dinero a cambio del usufructo.
¿Que podemos hacer?
No queremos gastar en abogados salvo que la podamos dejar sin nada.

¿Es necesario que en reparto de la herencia ante Notario esté presente ella, es decir la viuda?
06/04/2014 16:09
hay que saber la comunidad autónoma
lo más común es que tenga derecho al usufructo de 1/3 de los bienes del esposo, y puede compensarse en dinero
06/04/2014 18:09
Es en Galicia y tengo entendido que es 1/4 de la herencia en usufructo, y la Vd. quiere que se le compense económicamente.
Lo que no sé si es mejor otra cosa.
06/04/2014 21:19
¿Ya había fallecido vuestra madre, antes que vuestro padre?.
¿Ya recibieron la herencia de vuestra madre?.
06/04/2014 23:28
Mi madre vive, pero estaba divorciada de mi padre y éste se ha casado de nuevo, la verdad es que al casarse de nuevo nos ha creado un problema.
06/04/2014 23:32
Creo que mi padre estaba bien con su segunda esposa, pero esta no se ha portado bien con nosotros, debería renunciar a la herencia de mi padre como el quería.
06/04/2014 23:48
Efectivamente la viuda, en Galicia, es heredera legitimaria en el usufructo vitalicio de una cuarta
07/04/2014 00:13
¿qué edad tiene la viuda?
el usufructo de 1/4 no parece demasiado
07/04/2014 00:20
Creo que la viuda de mi padre tiene unos 60 años.

Otra cuestión, es sí para liquidar la herencia es necesaria su presencia y su respuesta.
07/04/2014 01:01
Para comenzar, me parece una falta de consideración por Vd. y sus hermanos hacia la viuda de vuestro padre.
Si vuestro padre no quería dejarle nada, o bien estaba mal informado o no sé que decir u opinar del.
¿Utilizaba a su esposa?, mal lo ha hecho, cuando uno se casa se casa para todo.
Y...¡ Perdone Vd.! por vuestra parte sois unos egoistas en todos los terrenos.
Conozco de casi primera mano un caso parecido y ... es lamentable que la gente sea tan poco considerado con alguién que ha querido a vuestro padre.
07/04/2014 10:34
Para liquidar la herencia de mi padre ante Notario, es preciso que este presente la Viuda de mi padre.
¡Muchas gracias!
07/04/2014 11:02
Si, es necesario que estén todos los herederos y ella como legitimaria.

Valoren la 1/4 del usufructo de ella y ofrezcan su pago en metálico el día de la firma ante notario.
07/04/2014 12:46
¿No existe otra forma?, es que prefiero no estar con ella.
07/04/2014 13:03
Puede Vd. ir a un notario y otorgar un poder a nombre de otro heredero o cualquier otra persona para que firme la aceptación y adjudicación de herencia en su nombre.
07/04/2014 14:54
negocia con el abogado de la viuda
ofrece en dinero una cuantía equivalente al 8% de la masa hereditaria ... y espera, porque puede salir bien
aunque no lo sé en cuanto a la legítima viudal, en Galicia, lo mismo que se puede asignar el usufructo del total de los bienes a la viuda sin que los hijos puedan reclamar su legítima, el usufructo viudal en Galicia se extingue si la viuda se vuelve a casar (o convive como pareja, sin casarse)
como no sabemos las vueltas que da la vida, es posible que acepte ese 8%
07/04/2014 16:06
Penalonga, con esta frase lo dices todo: "Creo que mi padre estaba bien con su segunda esposa, pero esta no se ha portado bien con nosotros, debería renunciar a la herencia de mi padre como el quería."
Que debería renunciar? Esa señora, que se portaba bien con tu padre ha adquirido unos derechos y tú dices que debería renunciar! Quizá se ocupó de tu padre más y mejor que vosotros y quienes deberíais renunciar sois los hijos.
07/04/2014 16:45
la casuística de parejas es tan diversa que no caben suposiciones
el usufructo viudal es un derecho al margen de si la relación con los hijos de la pareja es buena o mala
no necesariamente ha de pagarse en dinero, se pueden entregar bienes de la herencia, pero han de ser aceptados por ella
07/04/2014 21:30
con esta frase lo dices todo: "Creo que mi padre estaba bien con su segunda esposa, pero esta no se ha portado bien con nosotros, debería renunciar a la herencia de mi padre como el quería.", pero bueno, Vd. que se cree, que puede cambiar los derechos de esta señora viuda de su padre?
ella es parte de los herederos, bien porque su padre le dejo lo de libre disposicion o bien 1/3 de usufructo que le corresponde.
Los hijos deben aprender a respetar el matrimonio de sus padre. un saludo
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¿Por que motivo tiene que heredar la mujer de mi padre?

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¿por que motivo tiene que heredar la mujer de mi padre?
06/04/2014 14:23
Mi padre fallecido nos ha dejado todo a mis hermanos y a mí, resulta que su mujer con un abogado nos reclama una parte.
¿Como puede ser esto?
Es en Galicia
06/04/2014 14:58
Efectivamente, la viuda tiene derecho a una parte de la herencia.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
Madrid
Mottayl.abogados@gmail.com
06/04/2014 15:06
El abogadode la mujer de mi padre, nos reclama un dinero a cambio del usufructo.
¿Que podemos hacer?
No queremos gastar en abogados salvo que la podamos dejar sin nada.

¿Es necesario que en reparto de la herencia ante Notario esté presente ella, es decir la viuda?
06/04/2014 16:09
hay que saber la comunidad autónoma
lo más común es que tenga derecho al usufructo de 1/3 de los bienes del esposo, y puede compensarse en dinero
06/04/2014 18:09
Es en Galicia y tengo entendido que es 1/4 de la herencia en usufructo, y la Vd. quiere que se le compense económicamente.
Lo que no sé si es mejor otra cosa.
06/04/2014 21:19
¿Ya había fallecido vuestra madre, antes que vuestro padre?.
¿Ya recibieron la herencia de vuestra madre?.
06/04/2014 23:28
Mi madre vive, pero estaba divorciada de mi padre y éste se ha casado de nuevo, la verdad es que al casarse de nuevo nos ha creado un problema.
06/04/2014 23:32
Creo que mi padre estaba bien con su segunda esposa, pero esta no se ha portado bien con nosotros, debería renunciar a la herencia de mi padre como el quería.
06/04/2014 23:48
Efectivamente la viuda, en Galicia, es heredera legitimaria en el usufructo vitalicio de una cuarta
07/04/2014 00:13
¿qué edad tiene la viuda?
el usufructo de 1/4 no parece demasiado
07/04/2014 00:20
Creo que la viuda de mi padre tiene unos 60 años.

Otra cuestión, es sí para liquidar la herencia es necesaria su presencia y su respuesta.
07/04/2014 01:01
Para comenzar, me parece una falta de consideración por Vd. y sus hermanos hacia la viuda de vuestro padre.
Si vuestro padre no quería dejarle nada, o bien estaba mal informado o no sé que decir u opinar del.
¿Utilizaba a su esposa?, mal lo ha hecho, cuando uno se casa se casa para todo.
Y...¡ Perdone Vd.! por vuestra parte sois unos egoistas en todos los terrenos.
Conozco de casi primera mano un caso parecido y ... es lamentable que la gente sea tan poco considerado con alguién que ha querido a vuestro padre.
07/04/2014 10:34
Para liquidar la herencia de mi padre ante Notario, es preciso que este presente la Viuda de mi padre.
¡Muchas gracias!
07/04/2014 11:02
Si, es necesario que estén todos los herederos y ella como legitimaria.

Valoren la 1/4 del usufructo de ella y ofrezcan su pago en metálico el día de la firma ante notario.
07/04/2014 12:46
¿No existe otra forma?, es que prefiero no estar con ella.
07/04/2014 13:03
Puede Vd. ir a un notario y otorgar un poder a nombre de otro heredero o cualquier otra persona para que firme la aceptación y adjudicación de herencia en su nombre.
07/04/2014 14:54
negocia con el abogado de la viuda
ofrece en dinero una cuantía equivalente al 8% de la masa hereditaria ... y espera, porque puede salir bien
aunque no lo sé en cuanto a la legítima viudal, en Galicia, lo mismo que se puede asignar el usufructo del total de los bienes a la viuda sin que los hijos puedan reclamar su legítima, el usufructo viudal en Galicia se extingue si la viuda se vuelve a casar (o convive como pareja, sin casarse)
como no sabemos las vueltas que da la vida, es posible que acepte ese 8%
07/04/2014 16:06
Penalonga, con esta frase lo dices todo: "Creo que mi padre estaba bien con su segunda esposa, pero esta no se ha portado bien con nosotros, debería renunciar a la herencia de mi padre como el quería."
Que debería renunciar? Esa señora, que se portaba bien con tu padre ha adquirido unos derechos y tú dices que debería renunciar! Quizá se ocupó de tu padre más y mejor que vosotros y quienes deberíais renunciar sois los hijos.
07/04/2014 16:45
la casuística de parejas es tan diversa que no caben suposiciones
el usufructo viudal es un derecho al margen de si la relación con los hijos de la pareja es buena o mala
no necesariamente ha de pagarse en dinero, se pueden entregar bienes de la herencia, pero han de ser aceptados por ella
07/04/2014 21:30
con esta frase lo dices todo: "Creo que mi padre estaba bien con su segunda esposa, pero esta no se ha portado bien con nosotros, debería renunciar a la herencia de mi padre como el quería.", pero bueno, Vd. que se cree, que puede cambiar los derechos de esta señora viuda de su padre?
ella es parte de los herederos, bien porque su padre le dejo lo de libre disposicion o bien 1/3 de usufructo que le corresponde.
Los hijos deben aprender a respetar el matrimonio de sus padre. un saludo