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¿Por qué no me reclaman judicialmente deudas inferiores a 300 euros?

1 Comentarios
 
15/04/2014 17:53
Hola
No puedes compensarte libremente, recuerda que hay un contrato firmado por ambas partes y debes cumplirlo, si ves que hay ilegalidades o que has pagado más de la cuenta, debes de poner reclamación a la atención al cliente del banco, y después al banco de España, sólo después de esos trámites podrías ir juzgado y denunciarlo. Si tú no pagas irán contra los avalistas. Si dejas de pagar, evidentemente te meterán en la lista de morosos, durante 6 años, y te darán la lata por carta, teléfono, e-mail, móvil, etc. Como dices no te enviarán al juzgado por 300 euros, no merece la pena. Pero recuerda también que si no pagas se generarán intereses de demora y mientras te estén dando la lata no va a prescribir y a lo mejor dentro de 10 años, resulta que ya debes 2000 euros y a lo mejor ya es rentable llevarte al juzgado.
Suerte!
¿por qué no me reclaman judicialmente deudas inferiores a 300 euros?
14/04/2014 19:53
Como usuario de servicios telefónicos e internet he devuelto a veces recibos de cantidades pequeñas , inferiores a 300 euros , por no estar conforme con la facturación . Han pasado varios años y nunca me han reclamado el dinero vía judicial .¿Será por que no les sale rentable a las grandes empresas interponer el procedimiento monitorio u otro ?.
Ahora se me plantea la cuestión de dejar de pagar parte de la última cuota de un préstamo bancario personal , con avalistas , ya que me cobran gastos por la cuenta que me obligan a tener abierta para pagarles .Esta cuenta no tiene otros movimientos , sólo el ingreso de las cuotas , y según la normativa del Banco de España cualquier cargo a esta cuenta sería abusivo( lo cual se lo he comunicado reiteradamente por escrito al banco ).
Mi idea sería compensarme, con la última cuota a pagar, los gastos de mantenimiento que no me quieren devolver . No me importa que me incluyan en algún fichero de morosos ,ni que me reclamen la deuda de cualquier forma ,excepto la judicial ,la cual no tendría mas remedio que pagar .¿Tendrían que interponer la reclamación judicial contra mi antes de reclamar la deuda a los avalistas ?
Gracias .
¿Por qué no me reclaman judicialmente deudas inferiores a 300 euros? | PorticoLegal
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¿Por qué no me reclaman judicialmente deudas inferiores a 300 euros?

1 Comentarios
 
15/04/2014 17:53
Hola
No puedes compensarte libremente, recuerda que hay un contrato firmado por ambas partes y debes cumplirlo, si ves que hay ilegalidades o que has pagado más de la cuenta, debes de poner reclamación a la atención al cliente del banco, y después al banco de España, sólo después de esos trámites podrías ir juzgado y denunciarlo. Si tú no pagas irán contra los avalistas. Si dejas de pagar, evidentemente te meterán en la lista de morosos, durante 6 años, y te darán la lata por carta, teléfono, e-mail, móvil, etc. Como dices no te enviarán al juzgado por 300 euros, no merece la pena. Pero recuerda también que si no pagas se generarán intereses de demora y mientras te estén dando la lata no va a prescribir y a lo mejor dentro de 10 años, resulta que ya debes 2000 euros y a lo mejor ya es rentable llevarte al juzgado.
Suerte!
¿por qué no me reclaman judicialmente deudas inferiores a 300 euros?
14/04/2014 19:53
Como usuario de servicios telefónicos e internet he devuelto a veces recibos de cantidades pequeñas , inferiores a 300 euros , por no estar conforme con la facturación . Han pasado varios años y nunca me han reclamado el dinero vía judicial .¿Será por que no les sale rentable a las grandes empresas interponer el procedimiento monitorio u otro ?.
Ahora se me plantea la cuestión de dejar de pagar parte de la última cuota de un préstamo bancario personal , con avalistas , ya que me cobran gastos por la cuenta que me obligan a tener abierta para pagarles .Esta cuenta no tiene otros movimientos , sólo el ingreso de las cuotas , y según la normativa del Banco de España cualquier cargo a esta cuenta sería abusivo( lo cual se lo he comunicado reiteradamente por escrito al banco ).
Mi idea sería compensarme, con la última cuota a pagar, los gastos de mantenimiento que no me quieren devolver . No me importa que me incluyan en algún fichero de morosos ,ni que me reclamen la deuda de cualquier forma ,excepto la judicial ,la cual no tendría mas remedio que pagar .¿Tendrían que interponer la reclamación judicial contra mi antes de reclamar la deuda a los avalistas ?
Gracias .