EL porcentaje de cada piso o local está reflejado en el Registro de la Propiedad, y ése es probablemente el que tenga la Cámara. No vale el del libro de juntas acordado irregularmente. Salvo mejor criterio. Saludo
Me gustaría saber que ocurre cuando tienes una propiedad que según el libro de juntas de la comuniad tiene un porcentaje y según la camara de la propiedad otro diferente. ¿Cual se utiliza en las reuniones de propietarios? ¿Se puede cambiar, aumentar o disminuir, el procentaje arbitrariamente o se debe hacer decomún acuerdo con la totalidad de los propietarios? Un saludo. Jaime