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Posesión cocaina

45 Comentarios
Viendo 41 - 45 de 45 comentarios
01/05/2007 00:42
Artículo 25.

1. Constituyen infracciones graves a la seguridad ciudadana el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviera destinada al tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya infracción penal, así como el abandono en los sitios mencionados de útiles o instrumentos utilizados para su consumo.

2. Las sanciones impuestas por estas infracciones podrán suspenderse si el infractor se somete a un tratamiento de deshabituación en un centro o servicio debidamente acreditado, en la forma y por el tiempo que reglamentariamente se determine.

Según este artículo de la Ley 1/1992, efectivamente estaríamos en presencia de una acción sancionable a nivel administrativo, pudiéndose librar el administrado de la multa si ses somete a un tratamiento de deshabituación.

Al ser una infracción grave se sancionaría con multa de cincuenta mil una pesetas a cinco millones de pesetas.

Además, con la con la suspensión del permiso de conducir vehículos de motor hasta tres meses y con la retirada del permiso o licencia de armas, procediéndose desde luego a la incautación de las drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

Salvo mejor criterio, claro.

30/04/2007 23:59
Seguramente le llegará una denunciai por infracción a la Ley 1/92, entre 300 y 400 euros.
Otra posible consecuencia del consumo de cocaína y conducción de vehículo = muerte, normalmente de uno que pasaba por ahí y que no tenía nada que ver con la historia.
30/04/2007 23:52
Subo post. Interesante.
30/04/2007 13:03
Caben dos opciones: o recibe notificación de presunta infracción a la Ley 1/1992 por tenencia de sustancias estupefacientes o ..... me ahorro el supuesto.
Si recibe lo primero, ¿era cocaína? que se lo justifiquen, y luego a pagar o a someterse a tratamiento chufletero

30/04/2007 01:02
Tal y como lo cuentas no veo que vayas a tener ningún problema.

Esa cantidad se considera que es para consumo propio, salvo que te hubieran pillado "in fraganti" dándoselo a alguien...

Si estabas consumiendo en lugar público, efectivamente es infracción administrativa con multa.

Posesión cocaina
29/04/2007 20:48
Hola a todos.
Ayer mismo me pillaron menos de 1 gramo de cocaina en el coche, concretamente 3 rayas y la policia lo confiscó y me tomo los datos en una libreta.
No me hicieron firmar nada, ni me llevaron a comisaria ni nada.

Mi duda es sobre las posibles consecuencias de este hecho. Me han dicho que se soluciona con una multa administrativa.

Saludos. Muchas gracias de antemano.
Posesión cocaina | PorticoLegal
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01/05/2007 00:42
Artículo 25.

1. Constituyen infracciones graves a la seguridad ciudadana el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviera destinada al tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya infracción penal, así como el abandono en los sitios mencionados de útiles o instrumentos utilizados para su consumo.

2. Las sanciones impuestas por estas infracciones podrán suspenderse si el infractor se somete a un tratamiento de deshabituación en un centro o servicio debidamente acreditado, en la forma y por el tiempo que reglamentariamente se determine.

Según este artículo de la Ley 1/1992, efectivamente estaríamos en presencia de una acción sancionable a nivel administrativo, pudiéndose librar el administrado de la multa si ses somete a un tratamiento de deshabituación.

Al ser una infracción grave se sancionaría con multa de cincuenta mil una pesetas a cinco millones de pesetas.

Además, con la con la suspensión del permiso de conducir vehículos de motor hasta tres meses y con la retirada del permiso o licencia de armas, procediéndose desde luego a la incautación de las drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

Salvo mejor criterio, claro.

30/04/2007 23:59
Seguramente le llegará una denunciai por infracción a la Ley 1/92, entre 300 y 400 euros.
Otra posible consecuencia del consumo de cocaína y conducción de vehículo = muerte, normalmente de uno que pasaba por ahí y que no tenía nada que ver con la historia.
30/04/2007 23:52
Subo post. Interesante.
30/04/2007 13:03
Caben dos opciones: o recibe notificación de presunta infracción a la Ley 1/1992 por tenencia de sustancias estupefacientes o ..... me ahorro el supuesto.
Si recibe lo primero, ¿era cocaína? que se lo justifiquen, y luego a pagar o a someterse a tratamiento chufletero

30/04/2007 01:02
Tal y como lo cuentas no veo que vayas a tener ningún problema.

Esa cantidad se considera que es para consumo propio, salvo que te hubieran pillado "in fraganti" dándoselo a alguien...

Si estabas consumiendo en lugar público, efectivamente es infracción administrativa con multa.

Posesión cocaina
29/04/2007 20:48
Hola a todos.
Ayer mismo me pillaron menos de 1 gramo de cocaina en el coche, concretamente 3 rayas y la policia lo confiscó y me tomo los datos en una libreta.
No me hicieron firmar nada, ni me llevaron a comisaria ni nada.

Mi duda es sobre las posibles consecuencias de este hecho. Me han dicho que se soluciona con una multa administrativa.

Saludos. Muchas gracias de antemano.