Tras la recientísima STS 1111/2020 del Tribunal Supremo, que desestima el recurso de las universidades madrileñas, los profesores universitarios con contrato laboral y/o temporal, tienen derecho a que les evalue la actividad docente (quinquenios). La sentencia del TS hace firme las del TSJ-Madrid.
Mi pregunta es si, profesores de universidades de otras CCAA pueden acogerse a la fórmula jurídica de "extensiones de sentencia firme", y por la jurisdicción social (son laborales) y no la contenciosa, o deben esperar a una sentencia estimatoria en su propia comunidad autónoma.
Por ahora, las sentencias del tribunal supremo son directamente invocables en toda España, aunque en concreto esa sentencia que usted menciona se refiera a un asunto en concreto.
hola la sentencis del TSJM confirmada por el TS es de conclicto colectivo. Supongo entonces que no a lugar a situaciones jurídicas individualizadas y que tampoco a extensiones de sentencia, sino simplemente invocar la STS 1111, ¿correcto?.