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¿Posible cláusula abusiva en alquiler de local?

5 Comentarios
 
¿posible cláusula abusiva en alquiler de local?
10/08/2018 20:46
Hola, tengo una pregunta sobre obligacon de arrendamiento de un local: una persona tiene alquilado un local donde tiene puesta una tienda. El contrato era por 2 años “obligatorios para ambas partes”, con una cláusula adicional de prórroga. En noviembre acabarán los dos años de alquiler obligatorio, y entraría en vigor la cláusula que habla de la prórroga.

La claúsula es la siguiente:

CLÁUSULA ADICIONAL PRIMERA.- DURACIÓN
Las Partes convienen expresamente que a la finalización del plazo de duración establecido en la Estipulación Tercera anterior, esto es, transcurridos DOS (2) años desde la Fecha de Entrega del Local prevista en la Estipulación 11.1., éste se prorrogará de forma automática por un periodo adicional de TRES (3) años de duración, salvo que el Arrendatario comunique de modo fehaciente al Arrendador su voluntad de no acceder a dicha prórroga con una antelación mínima de seis (6) meses a la fecha de finalización del período inicial de duración de DOS (2) años.”

Resulta que al arrendatario no le está yendo bien la tienda, y quiere saber si este plazo de 3 años que pone en la cláusula es “blindado” y por lo tanto obligatorio para él, o únicamente debería cumplir un cierto número de meses (como sucede cuando alquilas un piso). En sus circunstancias es muy arriesgado y un poco abusivo que el plazo de 3 años que pone, fuera de obligado cumplimiento para él, porque no sabe si en 5-6 meses tendrá que cerrar el negocio.

Yo entiendo que si no dice nada, es que será unicamente obligatorio para el arrendador; pero si alguien me lo puede confirmar y/o decirme el precepto legal en donde se apoya, le quedaré muy agradecido.
Feliz verano,
10/08/2018 23:37
becario
El contrato es ley entre las partes y por ello las cláusulas que usted ha firmado libremente deben cumplirse. La ley no habla de un plazo de preaviso abusivo; es el que ustedes han pactado al tratarse de arriendo distinto de vivienda. Yo entiendo su inquietud y espero que no tenga que cerrar su negocio pero reflexione ¿qué pensaría usted de todo esto si su negocio fuera un éxito? pues yo creo que estaría encantado con esa prórroga de tres años en la duración. Analice su situación y decida sin escudarse en posibles ilegalidades del contrato. En todo caso, y según sea su relación con el dueño del local, puede reunirse con él y pactar una prórroga de menos tiempo que le permitiera a usted tomar una decisión firme sobre la viabilidad de su negocio. Espero que tenga suerte.
11/08/2018 00:25
becario
Antes que nada habria que leer el contrato para estar totalmente seguros de las respuestas. Dicho esto:
0.- Yo es que no termino de entender la duda: si no quiere estar 3 años de prórroga todo lo que tiene que hacer es simplemente decir que no quiere dicha prórroga. Es que no termino de verlo.
1.- Aparte de eso no hay plazo mínimo como en las viviendas ni posibilidad de irse antes como en el art. 9.
2.- Pero aunque hayan pactado un período inicial de 2 años, si se va ahora, lo más que podrá reclamarle el arrendador serán 3 o 4 meses de alquiler, no lo que quede de los dos años ni desde luego los 3 correspondientes a la prórroga. Si tiene que irse tendrá que echarle un poco de valor y marcharse, esperar que el casero le interponga en su caso una demanda y defenderse. Como le digo no creo que le condenen a más de 3 meses de renta.
11/08/2018 01:02
becario
Gracias a los dos por vuestras respuestas. El temor del arrendatario es (en las condiciones actuales de ventas flojas), es, cuando venza el contrato de 2 años, que sucederá en noviembre, firmar una prórroga “cerrada” de tres años. La mejor solución desde luego es intentar hablar con el propietario y pactar una prórroga menor, o de 3 años pero revisable cada x meses. A ver si se puede conseguir. De momento ya me decís que en locales no rige como en los pisos, que son alquileres de mínimo 3 años para el arrendador pero 6 meses para el arrendatario. Es importante tenerlo en cuenta. Muchas gracias
11/08/2018 11:45
becario
Claro, es que en este caso no se trata de un problema jurídico sino de negociación entre las partes. Basta con hablar con el casero comentarle el problema y que se cambie esa cláusula.
11/08/2018 11:59
leonjbr
Cierto Leon. La tienda va floja pero quiere continuar un poco más a ver si remonta. Por eso le asustaba la idea de comprometerse 3 años completos. Habrá que intentar negociar cun el arrendador, y va a ser difícil pues el local está en un centro comercial y ya sabemos la frialdad de estas empresas.
Por otro lado, cerrar ahora tambien supone un gasto importante y unas pérdidas en todas las obras y mobiliario del local que todavía no han sido amortizados. De ahí la idea que querer aguantar (los inicios son siempre difíciles), pero sin la cláusula de 3 años completos, porque el futuro es siempre incierto. Muchas gracias
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¿Posible cláusula abusiva en alquiler de local?

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¿posible cláusula abusiva en alquiler de local?
10/08/2018 20:46
Hola, tengo una pregunta sobre obligacon de arrendamiento de un local: una persona tiene alquilado un local donde tiene puesta una tienda. El contrato era por 2 años “obligatorios para ambas partes”, con una cláusula adicional de prórroga. En noviembre acabarán los dos años de alquiler obligatorio, y entraría en vigor la cláusula que habla de la prórroga.

La claúsula es la siguiente:

CLÁUSULA ADICIONAL PRIMERA.- DURACIÓN
Las Partes convienen expresamente que a la finalización del plazo de duración establecido en la Estipulación Tercera anterior, esto es, transcurridos DOS (2) años desde la Fecha de Entrega del Local prevista en la Estipulación 11.1., éste se prorrogará de forma automática por un periodo adicional de TRES (3) años de duración, salvo que el Arrendatario comunique de modo fehaciente al Arrendador su voluntad de no acceder a dicha prórroga con una antelación mínima de seis (6) meses a la fecha de finalización del período inicial de duración de DOS (2) años.”

Resulta que al arrendatario no le está yendo bien la tienda, y quiere saber si este plazo de 3 años que pone en la cláusula es “blindado” y por lo tanto obligatorio para él, o únicamente debería cumplir un cierto número de meses (como sucede cuando alquilas un piso). En sus circunstancias es muy arriesgado y un poco abusivo que el plazo de 3 años que pone, fuera de obligado cumplimiento para él, porque no sabe si en 5-6 meses tendrá que cerrar el negocio.

Yo entiendo que si no dice nada, es que será unicamente obligatorio para el arrendador; pero si alguien me lo puede confirmar y/o decirme el precepto legal en donde se apoya, le quedaré muy agradecido.
Feliz verano,
10/08/2018 23:37
becario
El contrato es ley entre las partes y por ello las cláusulas que usted ha firmado libremente deben cumplirse. La ley no habla de un plazo de preaviso abusivo; es el que ustedes han pactado al tratarse de arriendo distinto de vivienda. Yo entiendo su inquietud y espero que no tenga que cerrar su negocio pero reflexione ¿qué pensaría usted de todo esto si su negocio fuera un éxito? pues yo creo que estaría encantado con esa prórroga de tres años en la duración. Analice su situación y decida sin escudarse en posibles ilegalidades del contrato. En todo caso, y según sea su relación con el dueño del local, puede reunirse con él y pactar una prórroga de menos tiempo que le permitiera a usted tomar una decisión firme sobre la viabilidad de su negocio. Espero que tenga suerte.
11/08/2018 00:25
becario
Antes que nada habria que leer el contrato para estar totalmente seguros de las respuestas. Dicho esto:
0.- Yo es que no termino de entender la duda: si no quiere estar 3 años de prórroga todo lo que tiene que hacer es simplemente decir que no quiere dicha prórroga. Es que no termino de verlo.
1.- Aparte de eso no hay plazo mínimo como en las viviendas ni posibilidad de irse antes como en el art. 9.
2.- Pero aunque hayan pactado un período inicial de 2 años, si se va ahora, lo más que podrá reclamarle el arrendador serán 3 o 4 meses de alquiler, no lo que quede de los dos años ni desde luego los 3 correspondientes a la prórroga. Si tiene que irse tendrá que echarle un poco de valor y marcharse, esperar que el casero le interponga en su caso una demanda y defenderse. Como le digo no creo que le condenen a más de 3 meses de renta.
11/08/2018 01:02
becario
Gracias a los dos por vuestras respuestas. El temor del arrendatario es (en las condiciones actuales de ventas flojas), es, cuando venza el contrato de 2 años, que sucederá en noviembre, firmar una prórroga “cerrada” de tres años. La mejor solución desde luego es intentar hablar con el propietario y pactar una prórroga menor, o de 3 años pero revisable cada x meses. A ver si se puede conseguir. De momento ya me decís que en locales no rige como en los pisos, que son alquileres de mínimo 3 años para el arrendador pero 6 meses para el arrendatario. Es importante tenerlo en cuenta. Muchas gracias
11/08/2018 11:45
becario
Claro, es que en este caso no se trata de un problema jurídico sino de negociación entre las partes. Basta con hablar con el casero comentarle el problema y que se cambie esa cláusula.
11/08/2018 11:59
leonjbr
Cierto Leon. La tienda va floja pero quiere continuar un poco más a ver si remonta. Por eso le asustaba la idea de comprometerse 3 años completos. Habrá que intentar negociar cun el arrendador, y va a ser difícil pues el local está en un centro comercial y ya sabemos la frialdad de estas empresas.
Por otro lado, cerrar ahora tambien supone un gasto importante y unas pérdidas en todas las obras y mobiliario del local que todavía no han sido amortizados. De ahí la idea que querer aguantar (los inicios son siempre difíciles), pero sin la cláusula de 3 años completos, porque el futuro es siempre incierto. Muchas gracias