Buenas, hace unos días la policía me pillo orinando en la calle pero me hice el sueco y segui andando. Me dijo que me parara una vez pero seguí andando y luego me alcanzo y ya me toco la espalda y me paré. A continuación me pidieron el DNI, me pusieron la multa por orinar y me dieron el papelito de la multa. Mi pregunta es, podrían denunciarme por algún delito o falta (hoy delitos leves?
Tal y como relata los hechos y la actuación posterior de la policía no debería preocuparse. Además, el art. 556.2 CP que tipifica los delitos leves de desobediencia ("Los que faltaren al respeto y consideración debida a la autoridad, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de multa de uno a tres meses.") tiene prácticamente idéntico contenido que el art. 37.4 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, que tipifica como infracción leve: "Las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad, cuando estas conductas no sean constitutivas de infracción penal.", por lo que en caso de que se entendiera que su acción es sancionable debería aplicarse este último precepto y ud. ya ha comentado que sólo le pusieron una multa por orinar en vía pública, por lo que le reitero que esté tranquilo y utilice los urinarios públicos.