Totalmente de acuerdo con su comentario, como ya le dije la inhabilitación es una sanción suplementaria o complementaria pero pertenece al ámbito penal y por tanto no cabe imponerlo por sanción administrativa. SMO.
Si como dice son 3 años pueden sancionarle por esa falta cometida pero la única sanción que veo sea posible es la de inhabilitación por tanto si esta usted en sus listas podrían sacarle aunque por otra parte ese tipo de sanción no pertenecen al rango administrativo sino al penal como pena supletoria o complementaria. Espere a ver que le dicen y luego nos comenta para ver como podría recurrirla, antes simplemente estamos divagando ya que no sabemos ni el tipo de sanción que pretenden imponerle. SMO.
Muchas gracias, en este caso, se rige por el EBEP, 3 años para las faltas muy graves, aún quedan algunos meses para que se cumplan. ¿Crees que podrían sancionarme, abriendo expediente por el tiempo que trabajé con ellos?.- Sigo en las listas de reserva y con posibilidad de trabajar este verano.
Como no le apliquen una inhabilitación para cargo público no se que podrán hacer, pero por otra parte en el EBEP, no se cual será la prescripción de las faltas pero en el ET al final del art 60.2 dice la ss coletilla "en todo caso, a los seis meses" 2. Respecto a los trabajadores, las faltas leves prescribirán a los diez días; las graves, a los veinte días, y las muy graves, a los sesenta días a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido. Así que no creo que puedan hacerle nada. SMO.
Hola, el caso es que hace algo más de dos años, me salté a la torera la ley de incompatibilidad, y trabajé a la misma vez en una fundación publica (donde soy indefinido) y en un contrato de interinidad del Cabildo (a través de lista de reserva) en la administración pública ( (ambos en la misma categoria). La cosa es que ahora, que tan sólo estoy en mi puesto en la fundación, el Cabildo se ha dado cuenta que me los toreé, y pretenden ponerme un expediente disciplinario de la falta que cometí hace más de dos años y no estando contratado con ellos en la actualidad. Es posible que el Cabildo me abra un expediente disciplinario o me sanciones, si no tengo contrato en la actualidad con ellos? ¿Me pueden sancionar, por la falta muy grave de hace dos años, sin tener contrato? ¿Pueden tomar algún tipo de medida teniendo en cuenta que aunque no tengo contrato con ellos, estoy en una lista de reservas?