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posible multa por desidia presidente

4 Comentarios
 
Posible multa por desidia presidente
19/11/2003 16:13
Hemos tenido una revision obligatoria del ascensor y la empresa que lo revisa me paso el presupuesto del arreglo para que el presidente nos lo firmara y despues hacer una derrama para pagar dicho arreglo,,el presidente pasa del tema y no ha venido a firmar el presupuesto asi que les hice copia a mis otros dos vecinos mas al inquilino de nuestro presidente porque ya no quiero llamarlo mas,para que esten al tanto,,pero ellos pasan del tema tambien,,,segun industria si en el plazo de 6 meses este arreglo no se ha hecho nos enviaran carta con aviso de multa hasta 3000 euros,,yo ya no se que mas hacer,creo que mis vecinos no se deben de creer lo de la multa asi que yo que no me atrevo a firmar este presupuesto he pensado ingresar mi parte en la cuenta de la comunidad en la esperanza de que si viene una multa a mi no me obligen a pagarla,,,pero no estoy seguro,,,,¿me librare de pagar en caso de multa si se ve mi buena voluntad al ingresar mi parte o como el arreglo estara sin hacer en plazo la tendre que pagar como los demas?
19/11/2003 18:14
Dada la urgencia del problema considero, salvo mejor opinion, que podría convocar una reunion contando con el apoyo de la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen, al menos, el 25 por 100 de las cuotas de participación.Conseguido dicho quorum dirija carta certificada con acuse de recibo y certificacion de texto al presidente en la que exprese la urgencia de su validacion=firma en el caso en concreto por el tema de la multa, advirtiéndole que de hacer caso omiso a tal petición, será responsable del perjuicio causado a la comunidad.
Tb puede indicar en dicha carta que en el supuesto de hacer caso omiso y dados los precedentes, se procederá a su destitución y al nombramiento de un nuevo presidente.

1 saludo
manvimo@terra.es
abogado

20/11/2003 14:01
Artículo 10 LPH
1. Será obligación de la comunidad la realización de las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios, de modo que reúna las debidas condiciones estructurales, de estanqueidad, habitabilidad y seguridad.
2. Los propietarios que se opongan o demoren injustificadamente la ejecución de las órdenes dictadas por la autoridad competente responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse en vía administrativa.
4. Al pago de los gastos derivados de la realización de las obras de conservación a que se refiere el presente artículo estará afecto el piso o local en los mismos términos y condiciones que los establecidos en el artículo 9 para los gastos generales.

Por si te sirve de ayuda en la Junta.

Depende lo que se acuerde en la Junta pero por si acaso, quienes no os opongais a realizar la reparación necesaria declararlo así en la Junta para que cosnte en Acta, y podriais pagar vuestra parte correspondiente ingresandola en la cuenta de la Comunidad con prueba de los recibos bancarios correspondientes referidos al importe ingresado, concepto por el cual se realiza el ingreso y datos del propietario para posteriormente remitir escrito con copia de los recibos y del Acta correspondiente a la Administración de Industria como prueba del acatamiento al menos por algunos propietarios de su orden y así solicitar quedar eximidos del pago de una posible multa.

Salu2
Salu2
20/11/2003 15:51
Muchas gracias a los dos,,no se hace reunion porque el presidente no la convoca y los otros dos pasan,o sea que en teoria al ser solo 4 pisos el 25% soy yo solo y el libro de actas no esta en mi poder,,asi que entiendo que aunque yo solo formo la cuarta parte no puedo hacer una hipotetica reunion donde solo asista yo y ya no tengo mas fuerzas para insistirles a mis vecinos de la urgencia del arreglo asi que en vista de todo lo que voy a hacer es ingresar mi parte en la cuenta de la comunidad poniendo bien claro que el concepto es para el arreglo del ascensor y luego si pasa lo peor invocare la norma que dice Patricia arriba sobre que cada uno responda individualmente de la sancion si esta se produce.
26/11/2003 12:28
De todas maneras, envía al presidente una carta o un burofax con la advertencia que te dice Helpman. Estarás más cubierto y compensa el hecho de que no conste en acta tu solicitud de acatamiento de la ley.
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Posible multa por desidia presidente
19/11/2003 16:13
Hemos tenido una revision obligatoria del ascensor y la empresa que lo revisa me paso el presupuesto del arreglo para que el presidente nos lo firmara y despues hacer una derrama para pagar dicho arreglo,,el presidente pasa del tema y no ha venido a firmar el presupuesto asi que les hice copia a mis otros dos vecinos mas al inquilino de nuestro presidente porque ya no quiero llamarlo mas,para que esten al tanto,,pero ellos pasan del tema tambien,,,segun industria si en el plazo de 6 meses este arreglo no se ha hecho nos enviaran carta con aviso de multa hasta 3000 euros,,yo ya no se que mas hacer,creo que mis vecinos no se deben de creer lo de la multa asi que yo que no me atrevo a firmar este presupuesto he pensado ingresar mi parte en la cuenta de la comunidad en la esperanza de que si viene una multa a mi no me obligen a pagarla,,,pero no estoy seguro,,,,¿me librare de pagar en caso de multa si se ve mi buena voluntad al ingresar mi parte o como el arreglo estara sin hacer en plazo la tendre que pagar como los demas?
19/11/2003 18:14
Dada la urgencia del problema considero, salvo mejor opinion, que podría convocar una reunion contando con el apoyo de la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen, al menos, el 25 por 100 de las cuotas de participación.Conseguido dicho quorum dirija carta certificada con acuse de recibo y certificacion de texto al presidente en la que exprese la urgencia de su validacion=firma en el caso en concreto por el tema de la multa, advirtiéndole que de hacer caso omiso a tal petición, será responsable del perjuicio causado a la comunidad.
Tb puede indicar en dicha carta que en el supuesto de hacer caso omiso y dados los precedentes, se procederá a su destitución y al nombramiento de un nuevo presidente.

1 saludo
manvimo@terra.es
abogado

20/11/2003 14:01
Artículo 10 LPH
1. Será obligación de la comunidad la realización de las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios, de modo que reúna las debidas condiciones estructurales, de estanqueidad, habitabilidad y seguridad.
2. Los propietarios que se opongan o demoren injustificadamente la ejecución de las órdenes dictadas por la autoridad competente responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse en vía administrativa.
4. Al pago de los gastos derivados de la realización de las obras de conservación a que se refiere el presente artículo estará afecto el piso o local en los mismos términos y condiciones que los establecidos en el artículo 9 para los gastos generales.

Por si te sirve de ayuda en la Junta.

Depende lo que se acuerde en la Junta pero por si acaso, quienes no os opongais a realizar la reparación necesaria declararlo así en la Junta para que cosnte en Acta, y podriais pagar vuestra parte correspondiente ingresandola en la cuenta de la Comunidad con prueba de los recibos bancarios correspondientes referidos al importe ingresado, concepto por el cual se realiza el ingreso y datos del propietario para posteriormente remitir escrito con copia de los recibos y del Acta correspondiente a la Administración de Industria como prueba del acatamiento al menos por algunos propietarios de su orden y así solicitar quedar eximidos del pago de una posible multa.

Salu2
Salu2
20/11/2003 15:51
Muchas gracias a los dos,,no se hace reunion porque el presidente no la convoca y los otros dos pasan,o sea que en teoria al ser solo 4 pisos el 25% soy yo solo y el libro de actas no esta en mi poder,,asi que entiendo que aunque yo solo formo la cuarta parte no puedo hacer una hipotetica reunion donde solo asista yo y ya no tengo mas fuerzas para insistirles a mis vecinos de la urgencia del arreglo asi que en vista de todo lo que voy a hacer es ingresar mi parte en la cuenta de la comunidad poniendo bien claro que el concepto es para el arreglo del ascensor y luego si pasa lo peor invocare la norma que dice Patricia arriba sobre que cada uno responda individualmente de la sancion si esta se produce.
26/11/2003 12:28
De todas maneras, envía al presidente una carta o un burofax con la advertencia que te dice Helpman. Estarás más cubierto y compensa el hecho de que no conste en acta tu solicitud de acatamiento de la ley.