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Posible sanción del INEM.

1 Comentarios
 
25/05/2009 20:28
¿Raro? Los componentes de la ITSS (inspección de trabajo) se organizan el trabajo como quieren. Es posible que hayan acudido por denuncia o por orden de servicio del INEM u otro órgano de la Administración, pero piensa que si el negocio es, por ejemplo, de ocio nocturno, la función inspectora se tiene que hacer de noche, no a las 10 de la mañana.
¿Qué hizo el subinspector? ¿Levantó acta de infracción y liquidación o realizó un simple requerimiento?

Pongámonos en el peor de los casos, y sin perjuicio de las sanciones al empresario. En tu caso, has cometido una infracción del 25.1 o del 26.2 de la LISOS (la infracción variará en función de lo observado por el subinspector).
- Si la tipifica por el 25.1 LISOS, la sanción es la pérdida del paro durante 3 meses.
- Si la tipifica por el 26.2 LISOS, la sanción puede ser la pérdida del paro durante 6 meses o la extinción del mismo. Además, puedes ser excluido del derecho a percibir cualquier prestación económica y ayuda de fomento del empleo durante un año.

P.D. Aunque el trabajo sea para un amigo, es incompatible con la prestación o subsidio de desempleo. El desempleo es incompatible con cualquier trabajo implique o no inclusión en el sistema de la Seguridad Social (la única excepción es el trabajo a tiempo parcial, si bien, se debe comunicar).
Posible sanción del inem.
24/05/2009 19:11
Hola compañeros/as del foro,quisiera saber que sancion te puede caer si te pillan trabajando estando cobrando el paro, aunque sea para un amigo, y sin cobrar ni un euro.
Vino un subinspector este viernes día 22 a las 17,30 h, unpoco raro ¿ no ?, para mi que fue un chivatazo. Por favor alguien que entienda un poco del tema, que me aconseje. Gracias.
Posible sanción del INEM. | PorticoLegal
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25/05/2009 20:28
¿Raro? Los componentes de la ITSS (inspección de trabajo) se organizan el trabajo como quieren. Es posible que hayan acudido por denuncia o por orden de servicio del INEM u otro órgano de la Administración, pero piensa que si el negocio es, por ejemplo, de ocio nocturno, la función inspectora se tiene que hacer de noche, no a las 10 de la mañana.
¿Qué hizo el subinspector? ¿Levantó acta de infracción y liquidación o realizó un simple requerimiento?

Pongámonos en el peor de los casos, y sin perjuicio de las sanciones al empresario. En tu caso, has cometido una infracción del 25.1 o del 26.2 de la LISOS (la infracción variará en función de lo observado por el subinspector).
- Si la tipifica por el 25.1 LISOS, la sanción es la pérdida del paro durante 3 meses.
- Si la tipifica por el 26.2 LISOS, la sanción puede ser la pérdida del paro durante 6 meses o la extinción del mismo. Además, puedes ser excluido del derecho a percibir cualquier prestación económica y ayuda de fomento del empleo durante un año.

P.D. Aunque el trabajo sea para un amigo, es incompatible con la prestación o subsidio de desempleo. El desempleo es incompatible con cualquier trabajo implique o no inclusión en el sistema de la Seguridad Social (la única excepción es el trabajo a tiempo parcial, si bien, se debe comunicar).
Posible sanción del inem.
24/05/2009 19:11
Hola compañeros/as del foro,quisiera saber que sancion te puede caer si te pillan trabajando estando cobrando el paro, aunque sea para un amigo, y sin cobrar ni un euro.
Vino un subinspector este viernes día 22 a las 17,30 h, unpoco raro ¿ no ?, para mi que fue un chivatazo. Por favor alguien que entienda un poco del tema, que me aconseje. Gracias.