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postulación para presentar recuerso de apelación penal por faltas

6 Comentarios
 
24/10/2006 10:45
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO ... DE ...

JUICIO DE FALTAS Núm. ...

JOSE .., ya circunstanciado en Autos de Juicio de Faltas referenciado, ante el Juzgado comparezco, y como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que con fecha ... de julio de 2006 se me ha notificado la sentencia de fecha .. de julio de 2006, por la que se me condena a una pena de multa de ...días, con cuota diaria de .. euros, como autor de una falta ..., y por considerar que dicha resolución no sólo es perjudicial para mis intereses sino contraria a derecho, dicho sea en términos de defensa y con el mayor respeto para el Juzgado que la dictó, mediante el presente escrito interpongo RECURSO DE APELACIÓN, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y en base a las siguientes

ALEGACIONES

23/10/2006 17:19
Hola, Ana, ¿ la jurisprudencia es vinculante para los jueces o sólamente orientativa?
23/10/2006 16:25
SAP Teruel de 12 de febrero de 1997:

1. "Se opone el Ministerio Fiscal a la admisión del recurso formulado por el condenado Salvador R. M. por defecto de forma en la presentación del mismo al haber sido interpuesto sin firma de letrado y sin una exposición ordenada de las alegaciones a las que se refiere el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, al que se remite el 976 al regular las apelaciones en juicio de faltas.
No obstante, esta Audiencia ha venido entendiendo en casos semejantes (admitiendo así recursos como el presente) que dada la configuración del juicio sobre faltas regulado en los artículos 962 y siguientes de la Ley Procesal Penal, en el que la asistencia con Letrado es facultativa pudiendo asumir el denunciado su propia defensa (para lo cual es advertido en la citación que debe acudir al juicio con las pruebas que tenga), no debe ser rechazado el recurso interpuesto por las partes contra la sentencia que se dicte, siempre que éste se interponga ante el órgano competente y se formalice con arreglo a lo dispuesto en la Ley —artículos 976 y 795 LECRIM— aunque sin un rigorismo excesivo. En el supuesto de autos, resulta con claridad del escrito presentado por el condenado su disconformidad con los hechos declarados probados en la sentencia y con la apreciación de la prueba, solicitando la revocación —que él denomina «reconsideración»— de la sentencia, debiendo por lo tanto entrarse a conocer sobre el fondo".




La consulta a la que me refería está en el Foro de Penal:
Autor: Separada.2 Fecha: 27/04/2006
Tema: Recurso apelacion

¡¡Suerte!!
23/10/2006 16:12
Ahora me pillas en fuera de juego; básicamente, la Jurisprudencia te permite hacerlo. Luego con tiempo te busco algo; hubo una consulta en el foro de pENAL AL RESPECTO; VOY A VER SI LA ENCUENTRO.
23/10/2006 16:09
Gracias AnaFern. Puedes decirme cual es el artículo de la LECr que me legitima a ello? Gracias de nuevo.
23/10/2006 16:05
Puedes apelar, sin necesidad de estar representado por Procurador ni asistido de Abogado. Aunque es lo más recomendable.

Suerte.
Postulación para presentar recuerso de apelación penal por faltas
23/10/2006 16:02
Es necesaria postulación para presentar recurso de apelación penal por faltas, o puede el propio condenado en primera instancia presentar el recurso en su nombre y representación. gracias
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AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO ... DE ...

JUICIO DE FALTAS Núm. ...

JOSE .., ya circunstanciado en Autos de Juicio de Faltas referenciado, ante el Juzgado comparezco, y como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que con fecha ... de julio de 2006 se me ha notificado la sentencia de fecha .. de julio de 2006, por la que se me condena a una pena de multa de ...días, con cuota diaria de .. euros, como autor de una falta ..., y por considerar que dicha resolución no sólo es perjudicial para mis intereses sino contraria a derecho, dicho sea en términos de defensa y con el mayor respeto para el Juzgado que la dictó, mediante el presente escrito interpongo RECURSO DE APELACIÓN, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y en base a las siguientes

ALEGACIONES

23/10/2006 17:19
Hola, Ana, ¿ la jurisprudencia es vinculante para los jueces o sólamente orientativa?
23/10/2006 16:25
SAP Teruel de 12 de febrero de 1997:

1. "Se opone el Ministerio Fiscal a la admisión del recurso formulado por el condenado Salvador R. M. por defecto de forma en la presentación del mismo al haber sido interpuesto sin firma de letrado y sin una exposición ordenada de las alegaciones a las que se refiere el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, al que se remite el 976 al regular las apelaciones en juicio de faltas.
No obstante, esta Audiencia ha venido entendiendo en casos semejantes (admitiendo así recursos como el presente) que dada la configuración del juicio sobre faltas regulado en los artículos 962 y siguientes de la Ley Procesal Penal, en el que la asistencia con Letrado es facultativa pudiendo asumir el denunciado su propia defensa (para lo cual es advertido en la citación que debe acudir al juicio con las pruebas que tenga), no debe ser rechazado el recurso interpuesto por las partes contra la sentencia que se dicte, siempre que éste se interponga ante el órgano competente y se formalice con arreglo a lo dispuesto en la Ley —artículos 976 y 795 LECRIM— aunque sin un rigorismo excesivo. En el supuesto de autos, resulta con claridad del escrito presentado por el condenado su disconformidad con los hechos declarados probados en la sentencia y con la apreciación de la prueba, solicitando la revocación —que él denomina «reconsideración»— de la sentencia, debiendo por lo tanto entrarse a conocer sobre el fondo".




La consulta a la que me refería está en el Foro de Penal:
Autor: Separada.2 Fecha: 27/04/2006
Tema: Recurso apelacion

¡¡Suerte!!
23/10/2006 16:12
Ahora me pillas en fuera de juego; básicamente, la Jurisprudencia te permite hacerlo. Luego con tiempo te busco algo; hubo una consulta en el foro de pENAL AL RESPECTO; VOY A VER SI LA ENCUENTRO.
23/10/2006 16:09
Gracias AnaFern. Puedes decirme cual es el artículo de la LECr que me legitima a ello? Gracias de nuevo.
23/10/2006 16:05
Puedes apelar, sin necesidad de estar representado por Procurador ni asistido de Abogado. Aunque es lo más recomendable.

Suerte.
Postulación para presentar recuerso de apelación penal por faltas
23/10/2006 16:02
Es necesaria postulación para presentar recurso de apelación penal por faltas, o puede el propio condenado en primera instancia presentar el recurso en su nombre y representación. gracias