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Practica

6 Comentarios
 
Practica
14/12/2010 20:09
Agradeceria me ayudaran con esta practica de la universidad.
Supuesto de hecho: A) Don A denuncia ante la policía judicial que el día…circulaba con el vehículo de su propiedad…por la calle…, haciéndolo a escasa velocidad, cuando, desde una calle situada a su izquierda y señalizada con Stop, sale, sin detenerse, el vehículo “J” conducido por Don B, produciéndose la colisión de ambos vehículos. B) Como consecuencia de dicha colisión el vehículo…sufre daños tasados por su aseguradora en la cantidad de 3.350 €; incoado atestado por la policía municipal es remitido al Juzgado de Instrucción, que acuerda el sobreseimiento por estimar que los hechos no son constitutivos de infracción penal. Cuestiones: A) Firme la resolución que acuerda el sobreseimiento de la denuncia, ¿tiene el Juez la obligación de iniciar el procedimiento civil? B) Si Don A inicia un procedimiento civil en reclamación del importe de los daños sufridos en su vehículo, ¿tendrá el Juez que realizar de oficio investigación sobre cómo ocurrieron los hechos o habrá de limitarse a valorar los hechos que las parten aporten y no otros?; ¿para esa valoración puede el Juez acordar pruebas no propuestas por las partes? C) Don A. propone prueba tendente a demostrar que Don B es una persona aficionada al juego y que, además, tiene antecedentes penales por un delito de hurto. ¿Debe el Juez estimar ese medio de prueba o tiene facultades para rechazarlo por impertinente?; ¿le asiste a Don B el derecho a la práctica de prueba para acreditar que Don A tiene escasa visibilidad sin gafas y el día de los hechos no hacía uso de éstas? D) ¿Puede el Juez dictar sentencia condenando a Don B a la cantidad de 4.000 € por entender que los daños son superiores a la cantidad solicitada por Don A o porque a éste se le olvidó pedir el importe de un aparato de radio que resultó dañado?

Muchas gracias
17/12/2010 11:41
A) --Ni obligatorio ni potestativo, el juez nunca puede iniciar el procedimiento civil.
B)- No
C) Las partes se valdrán de cualquier medio de prueba, pero ¿para qué probar que tiene un piso enla playa?, si no están en relación con el asunto SSª no las admitirá.
D) -No si no lo solicita en conclusiones.
17/12/2010 13:18
Yo creo que para resolver esta práctica te vendía bien leerte el punto VI de la exposición de motivos de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que habla de la justicia rogada y de la iniciativa procesal, así como las consecuencias que se pueden extraer de la lectura del art. 19 de la LEC. así respecto a tus preguntas habría que concluir que en la A) El juez no puede inicial un procedimiento civil.
B) El Juez de oficio no realizará ninguna investigación sino que son las partes las que, con los medios de pruebas, que consideren oportunos y les admita el Juez, intentar convencerlo de la realidad de los hechos que alegan (Art. 216 LEC).
C) Arts. 281, 282 y 283 de la LEC. El Juez nunca deberá admitir prueba que no tenga relación con el procedimiento en que se pide.
D) En ningún caso, El Juez no puede conceder aquello que no se le ha pedido por muy justo que lo considere, ya que las sentencias tienen que ser congruentes con el suplico de la demanda (Art. 218 LEC). En este punto no estoy de acuerdo con Satanete, ya que si en conclusiones se introduce una nueva petición que no se incluyó en la demanda, supondría una modificación de la demanda, que no está permitida procesalmente (Arts. 400 y siguientes de la LEC).
Espero que te sirva.
20/12/2010 09:10
Para el Gestor:
No se lo pongas tan fácil y que estudie algo.
21/12/2010 20:34
Gracias Satanete y El gestor, a mi también me habéis ayudado con esta práctica. Satanete no te preocupes que esto son pistas y ahora hay que trabajarlo y exponerlo como un buen alumno de primero, si le hago un copy-paste como que se dará cuenta de que tengo demasiados conocimientos. Me ha gustado lo del punto VI de la exposición de motivos, yo iba a utilizar sólo el art. 216 de la Lec pero mi profesora me pide que le cuente algo más.
Lo dicho muchas gracias por todo.
22/12/2010 09:26
Para regodearte en el trabajo empiezaló con los conceptos de lex rogata y lex lata, lo dejarás sentado.
22/12/2010 14:07
Uff lástima que ya la he entregado, ayer era el último dia. Somos de primero, si le suelto eso me va a pillar, no hay que ser avaricioso y con que me ponga un 7 en la práctica ya me está bien. Es para introducción a derecho procesal, si me cojen mania ahora aún me quedan años de sufrimiento.
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14/12/2010 20:09
Agradeceria me ayudaran con esta practica de la universidad.
Supuesto de hecho: A) Don A denuncia ante la policía judicial que el día…circulaba con el vehículo de su propiedad…por la calle…, haciéndolo a escasa velocidad, cuando, desde una calle situada a su izquierda y señalizada con Stop, sale, sin detenerse, el vehículo “J” conducido por Don B, produciéndose la colisión de ambos vehículos. B) Como consecuencia de dicha colisión el vehículo…sufre daños tasados por su aseguradora en la cantidad de 3.350 €; incoado atestado por la policía municipal es remitido al Juzgado de Instrucción, que acuerda el sobreseimiento por estimar que los hechos no son constitutivos de infracción penal. Cuestiones: A) Firme la resolución que acuerda el sobreseimiento de la denuncia, ¿tiene el Juez la obligación de iniciar el procedimiento civil? B) Si Don A inicia un procedimiento civil en reclamación del importe de los daños sufridos en su vehículo, ¿tendrá el Juez que realizar de oficio investigación sobre cómo ocurrieron los hechos o habrá de limitarse a valorar los hechos que las parten aporten y no otros?; ¿para esa valoración puede el Juez acordar pruebas no propuestas por las partes? C) Don A. propone prueba tendente a demostrar que Don B es una persona aficionada al juego y que, además, tiene antecedentes penales por un delito de hurto. ¿Debe el Juez estimar ese medio de prueba o tiene facultades para rechazarlo por impertinente?; ¿le asiste a Don B el derecho a la práctica de prueba para acreditar que Don A tiene escasa visibilidad sin gafas y el día de los hechos no hacía uso de éstas? D) ¿Puede el Juez dictar sentencia condenando a Don B a la cantidad de 4.000 € por entender que los daños son superiores a la cantidad solicitada por Don A o porque a éste se le olvidó pedir el importe de un aparato de radio que resultó dañado?

Muchas gracias
17/12/2010 11:41
A) --Ni obligatorio ni potestativo, el juez nunca puede iniciar el procedimiento civil.
B)- No
C) Las partes se valdrán de cualquier medio de prueba, pero ¿para qué probar que tiene un piso enla playa?, si no están en relación con el asunto SSª no las admitirá.
D) -No si no lo solicita en conclusiones.
17/12/2010 13:18
Yo creo que para resolver esta práctica te vendía bien leerte el punto VI de la exposición de motivos de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que habla de la justicia rogada y de la iniciativa procesal, así como las consecuencias que se pueden extraer de la lectura del art. 19 de la LEC. así respecto a tus preguntas habría que concluir que en la A) El juez no puede inicial un procedimiento civil.
B) El Juez de oficio no realizará ninguna investigación sino que son las partes las que, con los medios de pruebas, que consideren oportunos y les admita el Juez, intentar convencerlo de la realidad de los hechos que alegan (Art. 216 LEC).
C) Arts. 281, 282 y 283 de la LEC. El Juez nunca deberá admitir prueba que no tenga relación con el procedimiento en que se pide.
D) En ningún caso, El Juez no puede conceder aquello que no se le ha pedido por muy justo que lo considere, ya que las sentencias tienen que ser congruentes con el suplico de la demanda (Art. 218 LEC). En este punto no estoy de acuerdo con Satanete, ya que si en conclusiones se introduce una nueva petición que no se incluyó en la demanda, supondría una modificación de la demanda, que no está permitida procesalmente (Arts. 400 y siguientes de la LEC).
Espero que te sirva.
20/12/2010 09:10
Para el Gestor:
No se lo pongas tan fácil y que estudie algo.
21/12/2010 20:34
Gracias Satanete y El gestor, a mi también me habéis ayudado con esta práctica. Satanete no te preocupes que esto son pistas y ahora hay que trabajarlo y exponerlo como un buen alumno de primero, si le hago un copy-paste como que se dará cuenta de que tengo demasiados conocimientos. Me ha gustado lo del punto VI de la exposición de motivos, yo iba a utilizar sólo el art. 216 de la Lec pero mi profesora me pide que le cuente algo más.
Lo dicho muchas gracias por todo.
22/12/2010 09:26
Para regodearte en el trabajo empiezaló con los conceptos de lex rogata y lex lata, lo dejarás sentado.
22/12/2010 14:07
Uff lástima que ya la he entregado, ayer era el último dia. Somos de primero, si le suelto eso me va a pillar, no hay que ser avaricioso y con que me ponga un 7 en la práctica ya me está bien. Es para introducción a derecho procesal, si me cojen mania ahora aún me quedan años de sufrimiento.