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Preaviso del trabajador por modificación sustancial

3 Comentarios
 
Preaviso del trabajador por modificación sustancial
19/05/2020 20:06
Buenas tardes, mi empresa está negociando ahora mismo con la mesa una modificación sustancial del contrato de trabajo para 3000 y pico trabajadores. Presumiblemente el sindicato mayoritario va a pactar.

Los trabajadores que no estamos de acuerdo y queremos rescindir el contrato
- ¿debemos dar preaviso de 15 días o en cuanto lleguen a un acuerdo podemos avisar de que no estamos de acuerdo y ya no volver a la empresa?
- ¿Debemos esperar a que la empresa nos notifique esos cambios o una vez que se conozca el acuerdo ya se pueden iniciar los trámites para rescindir?
- En mi caso se me terminó el contrato anterior el día que comenzó el estado de alarma y al día siguiente me hicieron uno nuevo (el cual no he firmado) y hace unos días entre a ver mi vida laboral y veo que ahora en lugar de un contrato por circunstancias de la producción me han hecho uno de interinidad y me han subido de 32,5 horas semanales a 35 horas. ¿Podría basarme en esta modificación para solicitar ya una rescisión del contrato? El problema es que ni tengo el contrato (repito que ni lo he firmado porque aún no he acudido al centro de trabajo), se lo he solicitado y no me han respondido.

Nos enviaron sin ningún tipo de información para casa estos 2 meses del estado de alarma, no pagaron igual y ahora quieren que devolvamos todas esas horas, pero en ningún momento nos informaron de esto. Quieren comenzar a abrir los sábados, ampliar horarios, restar vacaciones,...

Gracias
22/05/2020 07:53
jjfreire
Hasta que no se materialicen esas modif sustanciales no puede acudir al Juez para rescindir el cto, (hasta que no se implanten y usted trabaje el primer día con esas modificaciones), una vez instauradas podrá reclamar y hasta que el Juez no decida tendrá que seguir acudiendo a su puesto de trabajo.
smo
22/05/2020 08:16
Jamgrrhh28
¿Hay que hacerlo ante juez? ¿Y si me ponen esas condiciones y no puedo cumplirlas hasta que el juez decida? Tengo una niña pequeña y no puedo estar a disposición de la empresa cuando ellos quieran.
22/05/2020 09:34
jjfreire
Yo le digo cómo se debe hacer ya las situaciones personales de cada uno son de cada uno
Preaviso del trabajador por modificación sustancial | PorticoLegal
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Preaviso del trabajador por modificación sustancial

3 Comentarios
 
Preaviso del trabajador por modificación sustancial
19/05/2020 20:06
Buenas tardes, mi empresa está negociando ahora mismo con la mesa una modificación sustancial del contrato de trabajo para 3000 y pico trabajadores. Presumiblemente el sindicato mayoritario va a pactar.

Los trabajadores que no estamos de acuerdo y queremos rescindir el contrato
- ¿debemos dar preaviso de 15 días o en cuanto lleguen a un acuerdo podemos avisar de que no estamos de acuerdo y ya no volver a la empresa?
- ¿Debemos esperar a que la empresa nos notifique esos cambios o una vez que se conozca el acuerdo ya se pueden iniciar los trámites para rescindir?
- En mi caso se me terminó el contrato anterior el día que comenzó el estado de alarma y al día siguiente me hicieron uno nuevo (el cual no he firmado) y hace unos días entre a ver mi vida laboral y veo que ahora en lugar de un contrato por circunstancias de la producción me han hecho uno de interinidad y me han subido de 32,5 horas semanales a 35 horas. ¿Podría basarme en esta modificación para solicitar ya una rescisión del contrato? El problema es que ni tengo el contrato (repito que ni lo he firmado porque aún no he acudido al centro de trabajo), se lo he solicitado y no me han respondido.

Nos enviaron sin ningún tipo de información para casa estos 2 meses del estado de alarma, no pagaron igual y ahora quieren que devolvamos todas esas horas, pero en ningún momento nos informaron de esto. Quieren comenzar a abrir los sábados, ampliar horarios, restar vacaciones,...

Gracias
22/05/2020 07:53
jjfreire
Hasta que no se materialicen esas modif sustanciales no puede acudir al Juez para rescindir el cto, (hasta que no se implanten y usted trabaje el primer día con esas modificaciones), una vez instauradas podrá reclamar y hasta que el Juez no decida tendrá que seguir acudiendo a su puesto de trabajo.
smo
22/05/2020 08:16
Jamgrrhh28
¿Hay que hacerlo ante juez? ¿Y si me ponen esas condiciones y no puedo cumplirlas hasta que el juez decida? Tengo una niña pequeña y no puedo estar a disposición de la empresa cuando ellos quieran.
22/05/2020 09:34
jjfreire
Yo le digo cómo se debe hacer ya las situaciones personales de cada uno son de cada uno