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Preaviso en contrato por obra y servicio

8 Comentarios
 
08/08/2014 11:54
pido disculpas, creia que la indemnizacion era por extinguir el contrato antes de su finalizacion.

Disculpas
08/08/2014 11:25
Efectivamente Truefait, los contratos temporales (excepto el de Interinidad), a su finalización (no por Baja Voluntaria), conllevan una indemnización de 10-11 días por año trabajado (depende del año en el que se hizo el contrato y, por supuesto, proporcional al tiempo de la duración del contrato).

No, no hace falta ser abogado para saberlo. Puedes ser especialista en Relaciones Laborales. O simplemente haberte informado de una forma tan simple como, directamente, en la página web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Te dejo el enlace para que, tú también, puedas saberlo: http://www.empleo.gob.es/es/informacion/contratos/contenidos/obraoserv.html
08/08/2014 10:27
chirlie, de verdad lo dices en serio?

estas diciendo que si el contrato de obra y servicio finaliza tiene derecho a indemnizacion?

tu eres abogado? sabes de lo que hablas?
08/08/2014 10:24
Buenos días Redek,

La diferencia es que si te extinguen el contrato durante el período de prueba no tienes derecho a indemnización.

Y si es baja por finalización del contrato tienes derecho a una indemnización de 10 días por año (si el contrato se hizo en el 2013) o 11 días por año (si se hizo en el 2014).

Siempre y cuando ésta indemnización no se mejore por convenio colectivo.

07/08/2014 16:29
que yo sepa se pueden hacer contratos de obra y servcio de 1 dia, de 1 semana o de lo que sea.

Llegado el fin de la obra o el servicio se extingue.
07/08/2014 15:37
Entonces, desde el punto de vista de la empresa, ¿Que diferencia hay entre el periodo de prueba y cuando este se ha superado pero el trabajador no lleva un año trabajando?
07/08/2014 14:54
Destacar que durante el periodo de prueba, cualquiera de las partes puede rescindir el contrato sin pre-aviso.
www.rrhhonweb.es
07/08/2014 14:48
no, no es reciproco.
Preaviso en contrato por obra y servicio
07/08/2014 14:47
Hola,

Tengo un contrato por obra y servicio que ha durado menos de un año y en que se ha superado el periodo de prueba. Me han comunicado con 2 dias de antelacion la finalización de mi contrato.

Se que en los contratos por obra y servicio que duran menos de un año no es necesario preaviso pero en mi contrato figura la siguiente clausula:

"El trabajador que desee abandonar la empresa deberá comuncarselo a esta con una antelacion de 15 dias habiles"

¿Esto debe ser reciproco?¿Puedo reclamar algo?

Saludos,
Preaviso en contrato por obra y servicio | PorticoLegal
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Preaviso en contrato por obra y servicio

8 Comentarios
 
08/08/2014 11:54
pido disculpas, creia que la indemnizacion era por extinguir el contrato antes de su finalizacion.

Disculpas
08/08/2014 11:25
Efectivamente Truefait, los contratos temporales (excepto el de Interinidad), a su finalización (no por Baja Voluntaria), conllevan una indemnización de 10-11 días por año trabajado (depende del año en el que se hizo el contrato y, por supuesto, proporcional al tiempo de la duración del contrato).

No, no hace falta ser abogado para saberlo. Puedes ser especialista en Relaciones Laborales. O simplemente haberte informado de una forma tan simple como, directamente, en la página web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Te dejo el enlace para que, tú también, puedas saberlo: http://www.empleo.gob.es/es/informacion/contratos/contenidos/obraoserv.html
08/08/2014 10:27
chirlie, de verdad lo dices en serio?

estas diciendo que si el contrato de obra y servicio finaliza tiene derecho a indemnizacion?

tu eres abogado? sabes de lo que hablas?
08/08/2014 10:24
Buenos días Redek,

La diferencia es que si te extinguen el contrato durante el período de prueba no tienes derecho a indemnización.

Y si es baja por finalización del contrato tienes derecho a una indemnización de 10 días por año (si el contrato se hizo en el 2013) o 11 días por año (si se hizo en el 2014).

Siempre y cuando ésta indemnización no se mejore por convenio colectivo.

07/08/2014 16:29
que yo sepa se pueden hacer contratos de obra y servcio de 1 dia, de 1 semana o de lo que sea.

Llegado el fin de la obra o el servicio se extingue.
07/08/2014 15:37
Entonces, desde el punto de vista de la empresa, ¿Que diferencia hay entre el periodo de prueba y cuando este se ha superado pero el trabajador no lleva un año trabajando?
07/08/2014 14:54
Destacar que durante el periodo de prueba, cualquiera de las partes puede rescindir el contrato sin pre-aviso.
www.rrhhonweb.es
07/08/2014 14:48
no, no es reciproco.
Preaviso en contrato por obra y servicio
07/08/2014 14:47
Hola,

Tengo un contrato por obra y servicio que ha durado menos de un año y en que se ha superado el periodo de prueba. Me han comunicado con 2 dias de antelacion la finalización de mi contrato.

Se que en los contratos por obra y servicio que duran menos de un año no es necesario preaviso pero en mi contrato figura la siguiente clausula:

"El trabajador que desee abandonar la empresa deberá comuncarselo a esta con una antelacion de 15 dias habiles"

¿Esto debe ser reciproco?¿Puedo reclamar algo?

Saludos,