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Preaviso por Baja voluntaria

2 Comentarios
 
Preaviso por baja voluntaria
14/11/2010 16:46
Hola, alguien me puede explicar como funciona el preaviso cuando se entrega la baja voluntaria? Son 15 días a partir del día de la baja, pero 15 días naturales o laborales? Cuentan los días festivos?
gracias
14/11/2010 17:32

Cuando un trabajador/a decide irse por su voluntad de una empresa, debe preavisar por escrito (sin especificar motivo alguno) de la fecha en que dejará de trabajar.


Es habitual que este plazo sea de 15 días naturales, no obstante, cada vez es más común que los Convenios Colectivos alarguen estos plazos sobretodo para las categorías profesionales referidas a técnicos (2), y dado que la legislación permite que el empresario descuente de la liquidación final los días de dicho plazo en que no se haya preavisado, es más que recomendable consultar el C. Colectivo del Sector y presentar el escrito de baja conforme al plazo que allí se establezca.
14/11/2010 22:49
Más que ser recomendable, ES IMPRESCINDIBLE mirar lo que el conenio aplicable dispone al respecto.
Y es que el ET no concreta cúal es el periodo de preaviso por baja voluntaria ni tampoco establece las consecuencias de no respetarlo, lo deriva a lo que en cada caso pueda establecer el convenio aplicable o, en su defecto, costumbre.

Y en este sentido, es cierto que el plazo de 15 días naturales suele estar muy extedido, así como el que la penalizacion consista en un importe equivalente al salario de los dias de preaviso no respetado,, pero vaya, ni siempre son 15 dias, ni siempre se computan en dias naturales, ni siempre la penalizacion es esa (por ej, algunos convenios establecen la perdida del importe devengado de las pagas extras en la misma proporcion que el periodo de preaviso no respetado).

Saludos
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Preaviso por baja voluntaria
14/11/2010 16:46
Hola, alguien me puede explicar como funciona el preaviso cuando se entrega la baja voluntaria? Son 15 días a partir del día de la baja, pero 15 días naturales o laborales? Cuentan los días festivos?
gracias
14/11/2010 17:32

Cuando un trabajador/a decide irse por su voluntad de una empresa, debe preavisar por escrito (sin especificar motivo alguno) de la fecha en que dejará de trabajar.


Es habitual que este plazo sea de 15 días naturales, no obstante, cada vez es más común que los Convenios Colectivos alarguen estos plazos sobretodo para las categorías profesionales referidas a técnicos (2), y dado que la legislación permite que el empresario descuente de la liquidación final los días de dicho plazo en que no se haya preavisado, es más que recomendable consultar el C. Colectivo del Sector y presentar el escrito de baja conforme al plazo que allí se establezca.
14/11/2010 22:49
Más que ser recomendable, ES IMPRESCINDIBLE mirar lo que el conenio aplicable dispone al respecto.
Y es que el ET no concreta cúal es el periodo de preaviso por baja voluntaria ni tampoco establece las consecuencias de no respetarlo, lo deriva a lo que en cada caso pueda establecer el convenio aplicable o, en su defecto, costumbre.

Y en este sentido, es cierto que el plazo de 15 días naturales suele estar muy extedido, así como el que la penalizacion consista en un importe equivalente al salario de los dias de preaviso no respetado,, pero vaya, ni siempre son 15 dias, ni siempre se computan en dias naturales, ni siempre la penalizacion es esa (por ej, algunos convenios establecen la perdida del importe devengado de las pagas extras en la misma proporcion que el periodo de preaviso no respetado).

Saludos