Saludos. Un comerciante de mi barrio con un pequeño negocio me pregunta si puede prejubilarse al cumplir los 63 años teniendo en cuenta que comenzo a cotizar a principios de 1970 o si tiene que esperar a la edad de jubilación. Gracias.
Subo el tema a ver si alguien me puede ayudar. Los datos de esta persona son
47 años cotizados, desde enero de 1970, que cumpliría 63
Pretende prejubilarse a esa edad y entiende que le van a quitar el 8% de la prestación por año, entiendo que un 16% de la que le correspondería por jubilarse dos años antes?
Estas en lo cierto, se puede jubilar a partir de los 63 años, y le iran quitando un 2% cada trimestre que pase antes de que llegue a los 65 años vamos que si de jubilara con 63 años y medio, le quitarian un 12% de la base reguladora que le imponga la seguridad social. Un saludo
Muchisimas gracias, toda la información que había encontrado era difusa y contradictoria, de que dependería la base de cotización? este señor tiene una pollería y supongo que ha pagado la cuota habitual a la seguridad social.