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prescripcion deudas

91 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 91 comentarios
23/12/2010 10:49
hola me gustaria saber si alguen me puede ayudar a aclararme por q ando perdida.
Ace 6 años abri un negocio,mi gestora no me supo llebar los papele y ni tan siquiera me oriento bien,
mi negocio iva bien pero cuando empezo la crisi ase 4 año mas o menos enpeze a pedi creditos y me lo daban
si si mas para no echar a los trabajadores por q entendia que era padres de familia,
a consecuencia de esto pedi unos 6 o 8 creditos cada uno de unos 20mil euros asin pude tira asta el año pasado
que ya no pude mas.
a conseguencia de todo esto tuve que cerras mi negocio ya no podia seguir asin mas,
aconcecuencia de todo esto no pude seguir pagando me an embargado mi piso pero mi banco me dice que si sigo pagando la ipoteca
no me pueden echar por que los primero estan eyos para cobrar y mientra paguen no me pasa nada.
mi pregunta es que si pagando mi ipoteca q todavia me queda 20 años la deuda prescribira, y si prescribe a los cuanto años.
16/06/2010 20:50
http://www.podem.cat/es/node/995

por si os puede ayudar
25/04/2010 23:16
Yo tuve un problema parecido al tuyo y lo resolvi gracias a la ayuda que me prestaron de forma desinteresada varios abogados en la web http://www.abogae.com
25/04/2010 02:46
hola
me gustaria que alguien me digera que puedo hacer con una deuda que tiene creo sobre 16 o 17 años y hace unos dias me enviaron un aviso para presentarme en el juzgado pero no me entere hasta el dia de hoy ya que estoy fuera de españa hace 15 años. la deuda en si era de 80,000 pesetas y ahora me salen con mas de 100,000.00 euros , que puedo hacer, otra cosa me case pero la deuda es anterior a mi matrimonio que debo hacer. gracias.
15/04/2010 23:18
camunas, habría que estudiar el caso, ver si ha habido algún proceso judicial, etc, pero si no hay nada de eso posiblemente la deuda haya prescrito.

torreño, eso no prescribe, hasta que la deuda esté saldada te seguirán descontando.

15/04/2010 22:41
Hola, quisiera que alguien me contestara: desde agosto de 1995 tengo la nomina embargada por sentencia judicial, al no pagar un credito un "buen Amigo"con su correspondiente descuento mensual, sin olvidarse ningun mes. ¿este tipo de embargo prescriben a los 15 años? o duran toda la vida. Tadavia queda deuda pendiente.
06/04/2010 09:33
Buenos dias , ayer recibi una llamada de una empresa de cobros a morosos, reclamandome una deuda de el año 1982, queria que llegarameos a un acuerdo.Esta deuda me la reclamaron en el año 90, con dos telegramas, no hubo juicio ni nada y desde entonces no he vuelto a tener noticias hasta ayer, mi pregunta es , cuando prescribe una deuda de esta categoria, y si pueden llevarme a juicio,no tengo ningun bien soy viuda reciente y no tengo derecho a pension de ningun tipo. muchas gracias
05/03/2010 21:38
Hola, me gustaría que alguien me dijera si la deuda que a continuación os describo prescribe.
En el año 1993 pedimos un prestamo, después me separé y no se pagó, además no nos presentamos ninguno de los dos al juicio ejecutivo que se celebró en 1996 por lo que se nos declaró en rebeldia. En el año 2003 se empezó investigar sobre nosostros y después de mandar un oficio al Ayuntamiento, al Centro de gestión Catastrral, al Sexpe, al instituto de la Seguridad Social y a las entidades gestoras de tarjetas de crédito y débito ViSA y 4B, averiguaron que tenía una nómina y en 2006 me la embargaron. Llevo pagando 3 años y después de leer este foro me pregunto si podría hacer algo al respecto. Un saludo y gracias.
21/02/2010 19:24
Hola, me gustaria que alguien pudise orientarme en un asunto hipotecario.
Intentare resumirlo: Hace poco menos de dos años que, por problemas economicos tuve que dejar de pagar la hipoteca. la hipoteca fue concedida en su momento sin habales, y a nombre de mi esposa y mio. a causa de de este problema y de otros de caracter personal ella me ha avandonado y ahora se marcha para el extranjero. yo no poseo ningun bien material, lo unico que tengo a mi nombre es un coche que dentro de poco se lo quedara la financiera por que tampoco puedo pagarlo.
mi nomina es de unos 1000€ al mes de los cuales 400€ son de complementos, que dependen de mi destino. osea que puden dejar de pagarmelos encualquier momento.
Mi pregunta es: que puede pasar en el momento en que se de sentencia firme de la hipoteca, y ella no se presente por estar en el extranjero?. que porcentaje me pueden embargar a mi en esta sentencia?. me pueden embargar los beneficios fiscales (devolucion de la declaracion de la renta).
me pueden embargar algo de las pagas extras en junio y diciembre?. y si me marcho al extranjero, esta deuda caducara algun dia o me perseguira toda la vida?.
Agradeseria alguna informacion, por que la verdad es que me veo dentro de poco con una camisa de fuerza y cantando rondas infantiles en un psiquiatrico.
03/12/2009 18:16
Puedes plantear rescision de sentencia firme
03/12/2009 18:02
Hola, mi problema es que un casero en el año 2008 me denuncio x no pagarle el alquiler y la citacion para el juicio nunca llego a mi casa y este verano me llega una carta a mi casa que ni puedo meter un euro en el banco por que me lo quitan para pagar la deuda q asciende a 7 mil euros. He ido con mis recibos de pago (solo debia un mes) al juzgado y me han dicho que ya no puedo hacer nada y no tengo mas remedio q pagar por no asistir al juicio, queria saber si hay alguna forma de evitar pagar esa deuda. Gracias.
28/08/2009 14:21
RESPUESTA PARA JAIME71:
Te pueden reclamar la cantidad restante, pero creo que tu abogado puede alegar "retraso desleal" por parte del Banco.
23/07/2009 11:58
hola, os expongo mi caso, he dejado de pagar la hipoteca por no poder hacerlo en julio de 2008 debido a la crisis, asi como algunas targetas de credito, le devolvi las escrituras y llabes al banco y me fui al extrangero en diciembre de 2008 sin decir nada a nadie y sin darme de alta en el consulado.
si no me localizan, cuando prescriben mis deudas, pueden embargarme algo en el extrangero si no estoy dado d alta al consulado, pueden buscarme o me protege la ley del otro pais?
gracias
23/07/2009 11:57
hola, os expongo mi caso, he dejado de pagar la hipoteca por no poder hacerlo en julio de 2008 debido a la crisis, asi como algunas targetas de credito, le devolvi las escrituras y llabes al banco y me fui al extrangero en diciembre de 2008 sin decir nada a nadie y sin darme de alta en el consulado.
si no me localizan, cuando prescriben mis deudas, pueden embargarme algo en el extrangero si no estoy dado d alta al consulado, pueden buscarme o me protege la ley del otro pais?
gracias
30/05/2009 03:35
Bueno soy el mismo del mensaje de arriba también os pregunto que si ha prescrito ¿que puedo hacer y donde reclamar? gracias.
30/05/2009 03:25
Bueno os comento mi problema a ver si alguien me lo puede aclarar lo mas buenamente posible.
Resulta que compre un piso y parece ser que el antiguo dueño no habia pagado el I.B.I del año 2002 , pues resulta que ahora en Mayo de 2009 me llega una carta del ayuntamiento en la que me comunica que se adeuda el I.B.I de ese año y que como el antigüo dueño no tiene nada a su nombre pues que subsidiariamente lo tengo que pagar yo, pero mi pregunta es la siguiente ¿ si an pasado mas de 4 años de esto no habrá prescrito? muchas gracias y haber si alguien me puede responder.
29/05/2009 17:36
Pues veras, lo que ha hecho el banco es conforme a Derecho, pues el hecho de que un préstamo grave una vivienda no significa, salvo que así conste en la escritura de hipoteca, que solamente responda la vivienda de ese préstamo.

Si lo que usted percibes es 421 €, el Juzgado no te los puede embargar porque es inferior al salario mínimo interprofesional y así lo dice la ley de enjuiciamiento civil en su Artículo 607. Embargo de sueldos y pensiones. 1. Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional.
Salvo que éste embargo proceda por alimentos a los hijos, en ese caso si es embargable en la cuantía que determine el Juzgado.
Lamentablemente ocurre con demasiada frecuencia que el INEM, Seguridad Social o la entidad a la que se le requiere para que retenga las cantidades procede a retener esas cantidades sin mas.
En estos casos, lo que debe hacer es solicitar lo antes posible un abogado de oficio para que se oponga a dicha resolución de embargo, al mismo tiempo yo en su lugar iría al Juzgado y hablaría con el funcionario para decirle que percibe una cantidad inferior al salario mínimo y que por tanto ese embargo es nulo por ley.
La urgencia viene porque si usted no es diligente en éste asunto, hasta que resuelva el Juzgado sobre la nulidad del embargo se pueden pasar fácilmente 2 meses y como llega agosto se vería usted con 3 o 4 meses sin percibir el paro, amé de que le va a ser muy difícil recuperar el importe que se le embargue porque el juzgado suele entregarlo inmediatamente al ejecutante y para pedirle posteriormente al ejecutante que se lo devuelva le va a ser difícil, así que aligere.
29/05/2009 14:04
Hola a todos, me gustaria comentaros mi caso. Hace años ,nos compramos un piso y no pudimos hacer frente a la hipoteca, en el año 2000, el banco lo embargo, salio a subasta y nos quedamos sin el , ahora en el 2009 me llega un escrito del juzgado diciendo que el banco lo vendio por una cantidad y que como no se habia cubierto el credito hipotecario nos siguen reclamando diecisietemil euros y pico de la hipoteca y doce mil de costas por el juicio, menudo robo.Nosotros estamos separados y en estos momentos en el paro, yo cobro el subsidio de desempleo, 421 €, y la muy h.p. de la procuradora ha pedido el embargo al inem, estoy que no se que hacer.
20/05/2009 14:07
Esclarecedora tu explicación general de la cuestión suscitada. Saludos.
20/05/2009 12:52
Rectifico un error que acabo de darme cuenta. Donde digo que "la acción ejecutiva prescribe a los 5 años" quiero decir que "la acción ejecutiva caduca a los 5 años". Salvado el error involuntario por tanta prescripción, me afirmo en lo expuesto.
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23/12/2010 10:49
hola me gustaria saber si alguen me puede ayudar a aclararme por q ando perdida.
Ace 6 años abri un negocio,mi gestora no me supo llebar los papele y ni tan siquiera me oriento bien,
mi negocio iva bien pero cuando empezo la crisi ase 4 año mas o menos enpeze a pedi creditos y me lo daban
si si mas para no echar a los trabajadores por q entendia que era padres de familia,
a consecuencia de esto pedi unos 6 o 8 creditos cada uno de unos 20mil euros asin pude tira asta el año pasado
que ya no pude mas.
a conseguencia de todo esto tuve que cerras mi negocio ya no podia seguir asin mas,
aconcecuencia de todo esto no pude seguir pagando me an embargado mi piso pero mi banco me dice que si sigo pagando la ipoteca
no me pueden echar por que los primero estan eyos para cobrar y mientra paguen no me pasa nada.
mi pregunta es que si pagando mi ipoteca q todavia me queda 20 años la deuda prescribira, y si prescribe a los cuanto años.
16/06/2010 20:50
http://www.podem.cat/es/node/995

por si os puede ayudar
25/04/2010 23:16
Yo tuve un problema parecido al tuyo y lo resolvi gracias a la ayuda que me prestaron de forma desinteresada varios abogados en la web http://www.abogae.com
25/04/2010 02:46
hola
me gustaria que alguien me digera que puedo hacer con una deuda que tiene creo sobre 16 o 17 años y hace unos dias me enviaron un aviso para presentarme en el juzgado pero no me entere hasta el dia de hoy ya que estoy fuera de españa hace 15 años. la deuda en si era de 80,000 pesetas y ahora me salen con mas de 100,000.00 euros , que puedo hacer, otra cosa me case pero la deuda es anterior a mi matrimonio que debo hacer. gracias.
15/04/2010 23:18
camunas, habría que estudiar el caso, ver si ha habido algún proceso judicial, etc, pero si no hay nada de eso posiblemente la deuda haya prescrito.

torreño, eso no prescribe, hasta que la deuda esté saldada te seguirán descontando.

15/04/2010 22:41
Hola, quisiera que alguien me contestara: desde agosto de 1995 tengo la nomina embargada por sentencia judicial, al no pagar un credito un "buen Amigo"con su correspondiente descuento mensual, sin olvidarse ningun mes. ¿este tipo de embargo prescriben a los 15 años? o duran toda la vida. Tadavia queda deuda pendiente.
06/04/2010 09:33
Buenos dias , ayer recibi una llamada de una empresa de cobros a morosos, reclamandome una deuda de el año 1982, queria que llegarameos a un acuerdo.Esta deuda me la reclamaron en el año 90, con dos telegramas, no hubo juicio ni nada y desde entonces no he vuelto a tener noticias hasta ayer, mi pregunta es , cuando prescribe una deuda de esta categoria, y si pueden llevarme a juicio,no tengo ningun bien soy viuda reciente y no tengo derecho a pension de ningun tipo. muchas gracias
05/03/2010 21:38
Hola, me gustaría que alguien me dijera si la deuda que a continuación os describo prescribe.
En el año 1993 pedimos un prestamo, después me separé y no se pagó, además no nos presentamos ninguno de los dos al juicio ejecutivo que se celebró en 1996 por lo que se nos declaró en rebeldia. En el año 2003 se empezó investigar sobre nosostros y después de mandar un oficio al Ayuntamiento, al Centro de gestión Catastrral, al Sexpe, al instituto de la Seguridad Social y a las entidades gestoras de tarjetas de crédito y débito ViSA y 4B, averiguaron que tenía una nómina y en 2006 me la embargaron. Llevo pagando 3 años y después de leer este foro me pregunto si podría hacer algo al respecto. Un saludo y gracias.
21/02/2010 19:24
Hola, me gustaria que alguien pudise orientarme en un asunto hipotecario.
Intentare resumirlo: Hace poco menos de dos años que, por problemas economicos tuve que dejar de pagar la hipoteca. la hipoteca fue concedida en su momento sin habales, y a nombre de mi esposa y mio. a causa de de este problema y de otros de caracter personal ella me ha avandonado y ahora se marcha para el extranjero. yo no poseo ningun bien material, lo unico que tengo a mi nombre es un coche que dentro de poco se lo quedara la financiera por que tampoco puedo pagarlo.
mi nomina es de unos 1000€ al mes de los cuales 400€ son de complementos, que dependen de mi destino. osea que puden dejar de pagarmelos encualquier momento.
Mi pregunta es: que puede pasar en el momento en que se de sentencia firme de la hipoteca, y ella no se presente por estar en el extranjero?. que porcentaje me pueden embargar a mi en esta sentencia?. me pueden embargar los beneficios fiscales (devolucion de la declaracion de la renta).
me pueden embargar algo de las pagas extras en junio y diciembre?. y si me marcho al extranjero, esta deuda caducara algun dia o me perseguira toda la vida?.
Agradeseria alguna informacion, por que la verdad es que me veo dentro de poco con una camisa de fuerza y cantando rondas infantiles en un psiquiatrico.
03/12/2009 18:16
Puedes plantear rescision de sentencia firme
03/12/2009 18:02
Hola, mi problema es que un casero en el año 2008 me denuncio x no pagarle el alquiler y la citacion para el juicio nunca llego a mi casa y este verano me llega una carta a mi casa que ni puedo meter un euro en el banco por que me lo quitan para pagar la deuda q asciende a 7 mil euros. He ido con mis recibos de pago (solo debia un mes) al juzgado y me han dicho que ya no puedo hacer nada y no tengo mas remedio q pagar por no asistir al juicio, queria saber si hay alguna forma de evitar pagar esa deuda. Gracias.
28/08/2009 14:21
RESPUESTA PARA JAIME71:
Te pueden reclamar la cantidad restante, pero creo que tu abogado puede alegar "retraso desleal" por parte del Banco.
23/07/2009 11:58
hola, os expongo mi caso, he dejado de pagar la hipoteca por no poder hacerlo en julio de 2008 debido a la crisis, asi como algunas targetas de credito, le devolvi las escrituras y llabes al banco y me fui al extrangero en diciembre de 2008 sin decir nada a nadie y sin darme de alta en el consulado.
si no me localizan, cuando prescriben mis deudas, pueden embargarme algo en el extrangero si no estoy dado d alta al consulado, pueden buscarme o me protege la ley del otro pais?
gracias
23/07/2009 11:57
hola, os expongo mi caso, he dejado de pagar la hipoteca por no poder hacerlo en julio de 2008 debido a la crisis, asi como algunas targetas de credito, le devolvi las escrituras y llabes al banco y me fui al extrangero en diciembre de 2008 sin decir nada a nadie y sin darme de alta en el consulado.
si no me localizan, cuando prescriben mis deudas, pueden embargarme algo en el extrangero si no estoy dado d alta al consulado, pueden buscarme o me protege la ley del otro pais?
gracias
30/05/2009 03:35
Bueno soy el mismo del mensaje de arriba también os pregunto que si ha prescrito ¿que puedo hacer y donde reclamar? gracias.
30/05/2009 03:25
Bueno os comento mi problema a ver si alguien me lo puede aclarar lo mas buenamente posible.
Resulta que compre un piso y parece ser que el antiguo dueño no habia pagado el I.B.I del año 2002 , pues resulta que ahora en Mayo de 2009 me llega una carta del ayuntamiento en la que me comunica que se adeuda el I.B.I de ese año y que como el antigüo dueño no tiene nada a su nombre pues que subsidiariamente lo tengo que pagar yo, pero mi pregunta es la siguiente ¿ si an pasado mas de 4 años de esto no habrá prescrito? muchas gracias y haber si alguien me puede responder.
29/05/2009 17:36
Pues veras, lo que ha hecho el banco es conforme a Derecho, pues el hecho de que un préstamo grave una vivienda no significa, salvo que así conste en la escritura de hipoteca, que solamente responda la vivienda de ese préstamo.

Si lo que usted percibes es 421 €, el Juzgado no te los puede embargar porque es inferior al salario mínimo interprofesional y así lo dice la ley de enjuiciamiento civil en su Artículo 607. Embargo de sueldos y pensiones. 1. Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional.
Salvo que éste embargo proceda por alimentos a los hijos, en ese caso si es embargable en la cuantía que determine el Juzgado.
Lamentablemente ocurre con demasiada frecuencia que el INEM, Seguridad Social o la entidad a la que se le requiere para que retenga las cantidades procede a retener esas cantidades sin mas.
En estos casos, lo que debe hacer es solicitar lo antes posible un abogado de oficio para que se oponga a dicha resolución de embargo, al mismo tiempo yo en su lugar iría al Juzgado y hablaría con el funcionario para decirle que percibe una cantidad inferior al salario mínimo y que por tanto ese embargo es nulo por ley.
La urgencia viene porque si usted no es diligente en éste asunto, hasta que resuelva el Juzgado sobre la nulidad del embargo se pueden pasar fácilmente 2 meses y como llega agosto se vería usted con 3 o 4 meses sin percibir el paro, amé de que le va a ser muy difícil recuperar el importe que se le embargue porque el juzgado suele entregarlo inmediatamente al ejecutante y para pedirle posteriormente al ejecutante que se lo devuelva le va a ser difícil, así que aligere.
29/05/2009 14:04
Hola a todos, me gustaria comentaros mi caso. Hace años ,nos compramos un piso y no pudimos hacer frente a la hipoteca, en el año 2000, el banco lo embargo, salio a subasta y nos quedamos sin el , ahora en el 2009 me llega un escrito del juzgado diciendo que el banco lo vendio por una cantidad y que como no se habia cubierto el credito hipotecario nos siguen reclamando diecisietemil euros y pico de la hipoteca y doce mil de costas por el juicio, menudo robo.Nosotros estamos separados y en estos momentos en el paro, yo cobro el subsidio de desempleo, 421 €, y la muy h.p. de la procuradora ha pedido el embargo al inem, estoy que no se que hacer.
20/05/2009 14:07
Esclarecedora tu explicación general de la cuestión suscitada. Saludos.
20/05/2009 12:52
Rectifico un error que acabo de darme cuenta. Donde digo que "la acción ejecutiva prescribe a los 5 años" quiero decir que "la acción ejecutiva caduca a los 5 años". Salvado el error involuntario por tanta prescripción, me afirmo en lo expuesto.