Hola a todos compis, una pregunta: en un jf q finalizó por sentencia condenatoria de multa, en el q yo llevé al denunciado, presenté recurso de apelación, al q aún no han podido dar trámite ya que la sentencia está pendiente de notificar al denunciante desde hace casi 1 año. Yo creo que, según el art 131 CP, la falta está prescrita por la inactividad judicial todo este tiempo. Creo q aunque haya recaído sentencia, igualmente la falta (que no la pena) está prescrita, porque esa sentencia no es firme al no haber sido notificada a la otra parte.. ¿es correcto? ¿estáis de acuerdo conmigo? en caso de ser así, vosotros qué haríais, ¿presentaríais un escrito al JI alegando la prescripción de la falta x paralización procesal y solicitando el auto de archivo libre ? muchas gracias por vuestra inestimable ayuda... saludos