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Prescripción Falta Grave

6 Comentarios
 
24/10/2006 12:44
Perdón, perdón, perdón, tienes razón GBT.

Venía de contestar un post muy similar, también de Sarita, y no me fijé en la pregunta de este post, solo en la respuesta de kio, (que de todas formas no se ha explicado muy bien), pero la culpa ha sido mia.
24/10/2006 12:33
A CF:
Entiendo que Kio se refiere a que no ha prescrito la falta del caso concreto que explica Sarita01, si se considera falta muy grave.

A Quiles.
El insulto al parecer, se produjo hace 20 dias (no 20 años).

Saludos.


24/10/2006 12:02
¿Pero como va a prescribír una falta que se repite todos los días?.Cada día que esa impresentable la comete se inicia un nuevo plazo.Sin fuese una falta que se cometió y no volvio a repertirse,vale,pero con esa reiteración diariaASi lo he entendido yo,porque no creo que el consultante haya querido decír que ese insulto se lo dijo hace veinte años y ahora la quieresen denunciar.Sería de risa.
24/10/2006 09:48
Kio, donde pone eso? cuando se ha modificado el art. 60 del ET, en el sentido de que las faltas muy graves no prescriban? ¿nunca, nunca?
22/10/2006 22:49
La empresa puede considerar la faltas muy grave y entonces no hay prescripción. Si la trabajadora impugna el Juzgado de lo Social reolverá sobre la calificación de la falta y la procedencia de la misma o no.
19/10/2006 20:40
Hola:
Segun el art. 60 del E.T. las faltas leves prescriben a los diez días; las graves a los veinte días y las muy graves a los sesenta días a partir de la fecha en que el empresario tuvo conocimiento de su comisión y, en todo caso, a los 6 meses de haberse cometido.

La verdad es que si se tiene el conocimiento y no se sanciona dentro del plazo establecido la falta ha prescrito.

Saludos.
Prescripción falta grave
19/10/2006 17:27
Tengo una trabajadora que esta acosando a otra en mi Empresa, diciendole que es un "perro muerto", y cosas así continuamente, tenemos testigos que hoy nos lo han confirmado lo que investigabamos. Entonces eso es Falta Grave segun nuestro Convenio, pero estos hechos se han dado hace más de 20 días y hasta ahora no hemos tenido los testigos que lo han ratificado.

¿Ha terminado el plazo de prescripción que mi Convenio reproduce literalmente el art. 60.2 ET?

Gracias
Prescripción Falta Grave | PorticoLegal
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Prescripción Falta Grave

6 Comentarios
 
24/10/2006 12:44
Perdón, perdón, perdón, tienes razón GBT.

Venía de contestar un post muy similar, también de Sarita, y no me fijé en la pregunta de este post, solo en la respuesta de kio, (que de todas formas no se ha explicado muy bien), pero la culpa ha sido mia.
24/10/2006 12:33
A CF:
Entiendo que Kio se refiere a que no ha prescrito la falta del caso concreto que explica Sarita01, si se considera falta muy grave.

A Quiles.
El insulto al parecer, se produjo hace 20 dias (no 20 años).

Saludos.


24/10/2006 12:02
¿Pero como va a prescribír una falta que se repite todos los días?.Cada día que esa impresentable la comete se inicia un nuevo plazo.Sin fuese una falta que se cometió y no volvio a repertirse,vale,pero con esa reiteración diariaASi lo he entendido yo,porque no creo que el consultante haya querido decír que ese insulto se lo dijo hace veinte años y ahora la quieresen denunciar.Sería de risa.
24/10/2006 09:48
Kio, donde pone eso? cuando se ha modificado el art. 60 del ET, en el sentido de que las faltas muy graves no prescriban? ¿nunca, nunca?
22/10/2006 22:49
La empresa puede considerar la faltas muy grave y entonces no hay prescripción. Si la trabajadora impugna el Juzgado de lo Social reolverá sobre la calificación de la falta y la procedencia de la misma o no.
19/10/2006 20:40
Hola:
Segun el art. 60 del E.T. las faltas leves prescriben a los diez días; las graves a los veinte días y las muy graves a los sesenta días a partir de la fecha en que el empresario tuvo conocimiento de su comisión y, en todo caso, a los 6 meses de haberse cometido.

La verdad es que si se tiene el conocimiento y no se sanciona dentro del plazo establecido la falta ha prescrito.

Saludos.
Prescripción falta grave
19/10/2006 17:27
Tengo una trabajadora que esta acosando a otra en mi Empresa, diciendole que es un "perro muerto", y cosas así continuamente, tenemos testigos que hoy nos lo han confirmado lo que investigabamos. Entonces eso es Falta Grave segun nuestro Convenio, pero estos hechos se han dado hace más de 20 días y hasta ahora no hemos tenido los testigos que lo han ratificado.

¿Ha terminado el plazo de prescripción que mi Convenio reproduce literalmente el art. 60.2 ET?

Gracias