El informe forense tiene virtualidad para interrumpir la prescripción. Si luego, curadas las lesiones, y así lo manifestará el forense en un informe, pasan seis meses hasta que el juzgado vuelva a dictar una resolución o practicar acto interruptorio, la falta podría prescribir.
Es decir, no por presentar una denuncia es ya imposible que la falta pueda prescribir a lo largo de una instrucción, que en este caso sería juicio de faltas.
El plazo de prescripción para denunciar los hechos cesó desde la interposición de la denuncia y el informe del médico forense es un acto más dentro de la instrucción.
Mi pregunta es si la periódica -periodicidad mensual, aproximadamente- remisión de información por el médico forense sobre evolución de las lesiones e incapacidad del denunciante tiene virtualiad de interrumpir la prescripción en el juicio de faltas. Gracias.