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Prescripcion obra

3 Comentarios
 
Prescripcion obra
07/04/2009 12:12
Tengo un piso en propiedad desde hace 5 años, que dispone de un patio el cual es propiedad de la comunidad y del que tenemos derecho de uso y disfrute (ningún vecino tiene acceso).
En dicho patio existe un muro que delimita con un pequeño patio de la comunidad al cual se accede mediante una puerta de emergencia del parking que está bajo la planta de nuestro piso.(sobre dicha puerta existe un conflicto desde hace más de 15 años y el cual hemos heredado del antiguo propietario)
En el proyecto entregado para la legalización de dicha puerta de emergencia no figura el muro citado anteriormente.
¿podria la comunidad obligarnos a tirar dicho muro?
Muchas Gracias
07/04/2009 13:19
El patio es elemento común. La puerta de emergencia no es capricho, sino obligación ,y la salida ha de estar despejada. El muro no figura por
lo que la comunidad puede demolerlo en cualquier momento. Salvo mejor criterio
15/04/2009 12:35
Gracias Vio,

El problema es complejo pues, al estar la puerta abierta, cualquiera puede entrar a nuestra vivienda des de el parking.
Un ingeniero dictaminó que dada las caracteristicas del parking esa puerta se podría anular y que además no es correcta según la normativa actual.
¿qué podemos hacer para proteger nuestra vivienda? Pues es como tener la puerta aboerta a la calle.
¿cómo podríamos traitar la anulación de dicha puerta de emergencia?
Gracias
16/04/2009 07:22
La puerta puede abrir en un solo sentido, (hacia afuera), con barra antipánico desde dentro y desde fuera con acceso por llave, o sin acceso. Siempre queda cerrada por fuera.Los fabricantes lo tienen previsto.
Prescripcion obra | PorticoLegal
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07/04/2009 12:12
Tengo un piso en propiedad desde hace 5 años, que dispone de un patio el cual es propiedad de la comunidad y del que tenemos derecho de uso y disfrute (ningún vecino tiene acceso).
En dicho patio existe un muro que delimita con un pequeño patio de la comunidad al cual se accede mediante una puerta de emergencia del parking que está bajo la planta de nuestro piso.(sobre dicha puerta existe un conflicto desde hace más de 15 años y el cual hemos heredado del antiguo propietario)
En el proyecto entregado para la legalización de dicha puerta de emergencia no figura el muro citado anteriormente.
¿podria la comunidad obligarnos a tirar dicho muro?
Muchas Gracias
07/04/2009 13:19
El patio es elemento común. La puerta de emergencia no es capricho, sino obligación ,y la salida ha de estar despejada. El muro no figura por
lo que la comunidad puede demolerlo en cualquier momento. Salvo mejor criterio
15/04/2009 12:35
Gracias Vio,

El problema es complejo pues, al estar la puerta abierta, cualquiera puede entrar a nuestra vivienda des de el parking.
Un ingeniero dictaminó que dada las caracteristicas del parking esa puerta se podría anular y que además no es correcta según la normativa actual.
¿qué podemos hacer para proteger nuestra vivienda? Pues es como tener la puerta aboerta a la calle.
¿cómo podríamos traitar la anulación de dicha puerta de emergencia?
Gracias
16/04/2009 07:22
La puerta puede abrir en un solo sentido, (hacia afuera), con barra antipánico desde dentro y desde fuera con acceso por llave, o sin acceso. Siempre queda cerrada por fuera.Los fabricantes lo tienen previsto.