Hola. Si alguien obra sin permiso de la Comunidad, se le debe instar a reponer a la situación inicial las cosas. Y para eso no se aplica la caducidad de 3 meses o 12 meses. Si la Comunidad, ante la negativa o el silencio del propietario no ejercita acciones legales (DEMANDA), al pasar X años (no puedo decirle con exactitud cuántos, pues también dependerá de si la obra se puede ver o no), prescribirá la acción y la obra pasará a ser legal desde el punto de vista comunitario. Otra cosa es la legalidad urbanística. Un saludo.
Delito no es, es una falta, infracción en la comunidad prescribe en tres meses o un año, depende de que se trate, como infracción urbanística le dejo el decreto que lo regula. http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/cm-d34-2011.t6.html
Hola Tengo una duda, si alguien hace una obra no autorizada por unanimidad en reunion de comunidad, si no se denuncia por la comunidad este " delito " preescribiria? Gracias