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Presentación de iva, impuesto de sociedades y modelo 190 de una sociedad limitada unipersonal.

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Presentación de iva, impuesto de sociedades y modelo 190 de una sociedad limitada unipersonal.
09/01/2018 01:20
Hola, buenas noches a tod@s.

Vereis; comentaros que he recibido un acuerdo de resolución de sanción de hacienda por el Impuesto de sociedades de hace unos años, cuya declaración realicé yo mismo (y no muy bien que digamos).

Me sale a pagar una cantidad desorbitada por que alegan que lo cumplimentado en dicha declaración para sueldos y salarios (el unico sueldo o salario es el mio, administrador unico y socio unico ) no es deducible fiscalmente.No tengo trabajadores y soy yo el único que trabajo.

Segun tengo entendido, por cierta resolución de la Dirección General de Tributos, el salario del administrador, aún sin estar especificado en los estatutos, SI es fiscalmente deducible si éste esta debidamente justificado y anotado contablemente.

Pregunta ¿podriais decirme por favor a que llaman debidamente anotado en la contabilidad? Entiendo que por un lado,deberá estar cumplimentado correctamente y presentado el modelo 190 con su IRPF. ¿Cuanto porcentaje es a fecha de hoy para el Administrador? ¿Algún otro requisito para que este debidamente anotado?

En realidad, la SLU de la que soy Administrador y Socio único, unicamente factura 4 veces al año (literalmente) por una cuantía total ligeramente superior al salario minimo profesional anual y los gastos, son los de cualquier persona normal, telefono, internet, luz, agua, comida, gasolina y NADA MAS.

Este nivel de ingresos y gastos se mantiene a lo largo de los años, (no hay clientes nuevos ni gastos gordos no previstos) por lo que en realidad, una declaracion de IS de un año es muy parecida al de los años anteriores.

Teniendo en cuenta el bajo (mas bien ínfimo) volumen de facturación y la cuota de autónomos que pago, la verdad es que no me sale nada rentable contratar a una asesoría, es mas perdería dinero.

Las preguntas son:

a) Pongamos que facturo 8.700 euros (todos los años igual) por trabajos de informática. ¿En que casilla del modelo del Impuesto de Sociedades ha de ir esa cifra?
Por lo que tengo entendido, esa cifra debe compensarse con otra. ¿Que otra cifra? ¿En que casilla se pone esa otra cifra?

b) Pongamos que los gastos mencionados antes (telefono, internet, luz, agua, comida, gasolina) ascienden a 7.500 € anuales. ¿En que casilla del Impuesto de Sociedades debe ir el monto total de esos gastos? Y lo mismo...eentiendo que esa cifra tiene que compensarse con otra. ¿Donde va la otra?

c) Repito la pregunta sobre el modelo 190 : ¿podriais decirme por favor a que llaman salario del administrador debidamente anotado en la contabilidad? Entiendo que por un lado,deberá estar cumplimentado correctamente y presentado el modelo 190 con su IRPF. ¿Cuanto porcentaje es a fecha de hoy? ¿Algun otro requisito?

d) Como vereis, mas o menos el IVA soportado y el devengado se compensan, aunque creo que voy a tener que realizar algunas declaraciones "correctivas". ¿Como se hacen?

Como vereis, es posible que necesite asesoría jurídica, pero no creo que ninguno de Vds. este dispuesto a ofrecermela teniendo en cuenta lo poco ( o nada ) que puedo pagar al respecto, por lo que les pido ayuda en cuanto a la información arriba solicitada.

Gracias y un saludo.
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09/01/2018 01:20
Hola, buenas noches a tod@s.

Vereis; comentaros que he recibido un acuerdo de resolución de sanción de hacienda por el Impuesto de sociedades de hace unos años, cuya declaración realicé yo mismo (y no muy bien que digamos).

Me sale a pagar una cantidad desorbitada por que alegan que lo cumplimentado en dicha declaración para sueldos y salarios (el unico sueldo o salario es el mio, administrador unico y socio unico ) no es deducible fiscalmente.No tengo trabajadores y soy yo el único que trabajo.

Segun tengo entendido, por cierta resolución de la Dirección General de Tributos, el salario del administrador, aún sin estar especificado en los estatutos, SI es fiscalmente deducible si éste esta debidamente justificado y anotado contablemente.

Pregunta ¿podriais decirme por favor a que llaman debidamente anotado en la contabilidad? Entiendo que por un lado,deberá estar cumplimentado correctamente y presentado el modelo 190 con su IRPF. ¿Cuanto porcentaje es a fecha de hoy para el Administrador? ¿Algún otro requisito para que este debidamente anotado?

En realidad, la SLU de la que soy Administrador y Socio único, unicamente factura 4 veces al año (literalmente) por una cuantía total ligeramente superior al salario minimo profesional anual y los gastos, son los de cualquier persona normal, telefono, internet, luz, agua, comida, gasolina y NADA MAS.

Este nivel de ingresos y gastos se mantiene a lo largo de los años, (no hay clientes nuevos ni gastos gordos no previstos) por lo que en realidad, una declaracion de IS de un año es muy parecida al de los años anteriores.

Teniendo en cuenta el bajo (mas bien ínfimo) volumen de facturación y la cuota de autónomos que pago, la verdad es que no me sale nada rentable contratar a una asesoría, es mas perdería dinero.

Las preguntas son:

a) Pongamos que facturo 8.700 euros (todos los años igual) por trabajos de informática. ¿En que casilla del modelo del Impuesto de Sociedades ha de ir esa cifra?
Por lo que tengo entendido, esa cifra debe compensarse con otra. ¿Que otra cifra? ¿En que casilla se pone esa otra cifra?

b) Pongamos que los gastos mencionados antes (telefono, internet, luz, agua, comida, gasolina) ascienden a 7.500 € anuales. ¿En que casilla del Impuesto de Sociedades debe ir el monto total de esos gastos? Y lo mismo...eentiendo que esa cifra tiene que compensarse con otra. ¿Donde va la otra?

c) Repito la pregunta sobre el modelo 190 : ¿podriais decirme por favor a que llaman salario del administrador debidamente anotado en la contabilidad? Entiendo que por un lado,deberá estar cumplimentado correctamente y presentado el modelo 190 con su IRPF. ¿Cuanto porcentaje es a fecha de hoy? ¿Algun otro requisito?

d) Como vereis, mas o menos el IVA soportado y el devengado se compensan, aunque creo que voy a tener que realizar algunas declaraciones "correctivas". ¿Como se hacen?

Como vereis, es posible que necesite asesoría jurídica, pero no creo que ninguno de Vds. este dispuesto a ofrecermela teniendo en cuenta lo poco ( o nada ) que puedo pagar al respecto, por lo que les pido ayuda en cuanto a la información arriba solicitada.

Gracias y un saludo.