Buenos días. Mi pregunta es la siguiente: En una demanda civil cuando hay que presentar las pruebas, ¿junto con la demanda, o en la vista previ?. ¿y los testigos cuando? gracias
Cuanto antes mejor: según el art 265 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con la demanda (los testigos si no hace falta citarlos, pueden venir y proponerse el mismo día). En esa misma ley está toda la información