Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Presidente de comunidad

3 Comentarios
 
27/02/2009 17:20
Lo mejor sería establecer, que todos nos hacemos viejos y que así lo entienda la comunidad, un sistema de alteración de estas circunstancias.
Efectivamente lo que dice Jalisco también ocurre a menudo.
Lo ideal: Administrador colegiado, y al menos presidente o vicepresidente (uno de ellos) vecino al menos de la localidad, mejor de la Comunidad.
27/02/2009 16:46
Debe dirigir un escrito al juzgado de 1ª instancia de tu ciudad, explicando el caso, y aportando datos, no hacefalta ni abogado ni prourador, yo lo hice e el mes de junio del 2008, pero hasta el día de hoy el juez no ha decidido nada, pero mientras debo de cumplir mi deber de presidente-secretario y administrador. en el mesde mayo acaba mi turno. Te puedo decir que mi comunidad está arrepentida de mi nombramiento, ya que yo resido en sevilla y la comunidad está en Huesca, por lo cual los problemas son enormes. Me obligaron a realizar una reunión urgente y yo no asistí,
Los trabajos a realizar por un presidente son escasos, siempre y cuando exista un administrador.
Mi consejo es que sea presidente porque verdaderamente no va hacer casi nada.
un saludo
27/02/2009 11:07
Sólo puede recaer el cargo de presidente en un propietario.
el juez dependiendo de las circunstancias personales y motivos expuestos puede aceptar la petición. de la edad nada se dice pero si físicamente es imposible parece adecuado (informes médicos y cualquier prueba ...)
Es habitual que en estas circunstancias se elija otro presidente supongo yo qu la comunidad no estará empecinada en tal situación (sentido común que muchas veces hace falta)
Los costes ... habrá que ver si se admite un simple escrito o haga falta llevarlo a través de procurador y abogado o simplemente abogado.
un saludo
Presidente de comunidad
27/02/2009 10:43
¿Puede un propietario (elegido presidente, turno rotatorio) de 90 años, delegar su cargo y funciones en un hijo?
¿El juez exime de dicho cargo con esa edad?
¿Que gastos conlleva el trámite del juez?
Presidente de comunidad | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Presidente de comunidad

3 Comentarios
 
27/02/2009 17:20
Lo mejor sería establecer, que todos nos hacemos viejos y que así lo entienda la comunidad, un sistema de alteración de estas circunstancias.
Efectivamente lo que dice Jalisco también ocurre a menudo.
Lo ideal: Administrador colegiado, y al menos presidente o vicepresidente (uno de ellos) vecino al menos de la localidad, mejor de la Comunidad.
27/02/2009 16:46
Debe dirigir un escrito al juzgado de 1ª instancia de tu ciudad, explicando el caso, y aportando datos, no hacefalta ni abogado ni prourador, yo lo hice e el mes de junio del 2008, pero hasta el día de hoy el juez no ha decidido nada, pero mientras debo de cumplir mi deber de presidente-secretario y administrador. en el mesde mayo acaba mi turno. Te puedo decir que mi comunidad está arrepentida de mi nombramiento, ya que yo resido en sevilla y la comunidad está en Huesca, por lo cual los problemas son enormes. Me obligaron a realizar una reunión urgente y yo no asistí,
Los trabajos a realizar por un presidente son escasos, siempre y cuando exista un administrador.
Mi consejo es que sea presidente porque verdaderamente no va hacer casi nada.
un saludo
27/02/2009 11:07
Sólo puede recaer el cargo de presidente en un propietario.
el juez dependiendo de las circunstancias personales y motivos expuestos puede aceptar la petición. de la edad nada se dice pero si físicamente es imposible parece adecuado (informes médicos y cualquier prueba ...)
Es habitual que en estas circunstancias se elija otro presidente supongo yo qu la comunidad no estará empecinada en tal situación (sentido común que muchas veces hace falta)
Los costes ... habrá que ver si se admite un simple escrito o haga falta llevarlo a través de procurador y abogado o simplemente abogado.
un saludo
Presidente de comunidad
27/02/2009 10:43
¿Puede un propietario (elegido presidente, turno rotatorio) de 90 años, delegar su cargo y funciones en un hijo?
¿El juez exime de dicho cargo con esa edad?
¿Que gastos conlleva el trámite del juez?