Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

presidente enfermo ¿quien le puede representar en la junta?

6 Comentarios
 
Presidente enfermo ¿quien le puede representar en la junta?
02/03/2007 09:22
hola a todos:
mi marido es el presidente de la comunidad, en la comunidad solo hay dos cargos, presidente y secretaria, y el presi está enfermo con taquicardias y arritmias ya que padece del corazón, y en la ultima junta que hubo, algo mas que debates normales, en la cual un propietario se permitió llamar a los dos "estafadores"" y "ladrones" por 3 veces seguidas en la junta, le costó al presi una visita y estancia en urgencias de 8 horas hasta calmarle el corazón.El propietario está denunciado por lo penal por el presi y la secre, y se adjunta el acta como prueba, del lugar y de los hechos y se propone al juez todos los asistentes a la junta como testigos.
En breve habrá otra junta y promete ser mas movida que la anterior, yo no quiero que baje mi marido a la sala de reuniones y pregunto:
puede representarle alguien en la junta?
podria ser la secretaria?
podria ser yo su esposa?
a de ser un abogado o alguien competente?
En este momento estamos "tirando por la comunidad" la secretaria y yo misma, y aunque nosotros mismos pidamos la recusación del presidente en un momento dado él no quiere que sea ahora mismo ya que hay temas pendientes y quiere dejarlos cerrados antes de retirarse.
gracias a todos por vuestros consejos.
02/03/2007 17:30
Cuando el presidente no puede asistir lo debe sustituir el vicepresidente, pero veo que esta figura no existe.
La sustitución del presidente solo la puede hacer el juez.
Si la cosa se pone fea yo popondría dos reuniones.
Una con el orden del día "reunión con presencia de notario". En esta reunión se votaría la asistencia de un notario para la segunda reunión, el cual levantará acta de todo lo que se acuerde o diga. Comprendo que pueda ser algo costosa pero creo que será mejor que perder la salud.
En la primera reunión se debe tomar nota en acta de los que han votado a favor y en contra. Si sale no, olvídese de hacer reuniones y espere que pase el turno. Su salud vale más que todas las reuniones del mundo. Es mi opinión.
02/03/2007 19:14
para fontanero: gracias por el consejo, pero como el orden del dia hemos de ponerlo nosotros, se me ocurre que podriamos poner una nota en la que informamos que por causas de salud el presidente no podrá asistir pero que vendrá un notario a tomar nota de los acuerdos para redactar el acta.

quiero decir que si asisten significa que no les importa, pienso yo y si ponen pegas antes de comenzar la reunión podemos decir reunión aplazada hasta que el presidente mejore. de todas formas aunque convoquen ellos y pongan el orden del dia, como lo que quieren es incordiar y proponer acuerdos y cosas que no son viables,al no asistir el presidente seria reunión nula no?

Lo digo porque si quieren convocar para remover al presidente de su cargo, la mayoria de los propietarios de la comunidad están haciendo piña con el presidente y perderian la votación. Solo podrán remover al presidente y tomar acuerdos, cuando nosotros les pidamos al resto que voten para que se retire el presidente,si los que nos apoyan no votan el resto son minoria,me explico?.Que te parece la idea?
02/03/2007 19:20
No se si me e explicado bien, lo que quiero decir es que somos 37 propietarios en la comunidad y 21 de ellos apoyan al presidente a muerte con sus correspondientes coeficientes. por algo sera no? yo al resto los llamo los disidentes pobres porque todo esto lo lian para ver si consiguen no pagar las obras que se hacen, asi que luchan para anular los acuerdos y paralizar las obras, con excusas tales como "no hemos asistido y por eso no es valido".Creo que les voy a regalar un ejemplar de la LPH para que se instruyan un poco.
02/03/2007 19:44
Vamos a ver. Las reuniones las convoca el presidente, si bien en el orden del día puede poner a requerimiento de uno o varios propietarios el punto que estimen oportuno. Siempre las reuniones las preside un presidente que además tiene que ser propietario. El notario sólo serviría para levantar acta de lo acordado o de lo que pueda suceder. Tenga en cuenta que la presencia de ese notario debe acordarlo la junta de propietarios, por eso le digo, que yo haría dos reuniones. Una para la aprobación de esta persona y si se acepta, convocar la siguiente ya con esta presencia. Tenga en cuenta que este notario cobra, y lo tienen que pagar todos los propietarios, de no ser así pueden venir más problemas.
Referente a las obras leo que, dicen algunos propietarios que no están de acuerdo con ella por no haber asistido a las reuniones. Si la reunión donde se aprobó esa obra fue convocada en tiempo y forma, se pasó acta de los acuerdos a todos los copropietarios y no se impugnó por ninguno, no cabe reclamación alguna.
Otra cosa también que hay que ver es, si esa obra es necesaria o de innovación ya que si es de innovación, es decir, no necesaria, los disidentes se pueden negar a su pago si la cuantía de la derrama superan las 3 mensualidades, aunque se hubiera acordado por mayoría.
03/03/2007 22:32
Yo veo más opciones:

Convoca el presidente pero el presidente puede ser representado si él está de acuerdo en que alguien le represente. Claro el es el responsable de lo que haga o diga su representante, y no deja de ser ariesgado salvo una persona muy vinculada.

Tambien:
Puede delegar exclusivamente para que sea nombrado un vicepresidente en una primera Junta.
Luego este le sustituye en una segunda.



04/03/2007 12:50
para invit y consejogratis: segun me explicas invit puede delegar por escrito en la secretaria y esta a su vez en otra persona que le ayude en la junta, o directamente pueden acudir a junta la secretaria y yo que soy la esposa del presidente y propietaria tambien?. ahora el presidente tiene a su nombre varias representaciones de otros propietarios que viven fuera de la ciudad y delegan siempre en él porque le conocen y confian en su criterio. Si están a su nombre las puede llevar la persona que le represente o se pieden esas autorizaciones en las votaciones de junta?.

consejogratis: te importaria aportar algún dato mas si lo posees sobre este tema? gracias
presidente enfermo ¿quien le puede representar en la junta? | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

presidente enfermo ¿quien le puede representar en la junta?

6 Comentarios
 
Presidente enfermo ¿quien le puede representar en la junta?
02/03/2007 09:22
hola a todos:
mi marido es el presidente de la comunidad, en la comunidad solo hay dos cargos, presidente y secretaria, y el presi está enfermo con taquicardias y arritmias ya que padece del corazón, y en la ultima junta que hubo, algo mas que debates normales, en la cual un propietario se permitió llamar a los dos "estafadores"" y "ladrones" por 3 veces seguidas en la junta, le costó al presi una visita y estancia en urgencias de 8 horas hasta calmarle el corazón.El propietario está denunciado por lo penal por el presi y la secre, y se adjunta el acta como prueba, del lugar y de los hechos y se propone al juez todos los asistentes a la junta como testigos.
En breve habrá otra junta y promete ser mas movida que la anterior, yo no quiero que baje mi marido a la sala de reuniones y pregunto:
puede representarle alguien en la junta?
podria ser la secretaria?
podria ser yo su esposa?
a de ser un abogado o alguien competente?
En este momento estamos "tirando por la comunidad" la secretaria y yo misma, y aunque nosotros mismos pidamos la recusación del presidente en un momento dado él no quiere que sea ahora mismo ya que hay temas pendientes y quiere dejarlos cerrados antes de retirarse.
gracias a todos por vuestros consejos.
02/03/2007 17:30
Cuando el presidente no puede asistir lo debe sustituir el vicepresidente, pero veo que esta figura no existe.
La sustitución del presidente solo la puede hacer el juez.
Si la cosa se pone fea yo popondría dos reuniones.
Una con el orden del día "reunión con presencia de notario". En esta reunión se votaría la asistencia de un notario para la segunda reunión, el cual levantará acta de todo lo que se acuerde o diga. Comprendo que pueda ser algo costosa pero creo que será mejor que perder la salud.
En la primera reunión se debe tomar nota en acta de los que han votado a favor y en contra. Si sale no, olvídese de hacer reuniones y espere que pase el turno. Su salud vale más que todas las reuniones del mundo. Es mi opinión.
02/03/2007 19:14
para fontanero: gracias por el consejo, pero como el orden del dia hemos de ponerlo nosotros, se me ocurre que podriamos poner una nota en la que informamos que por causas de salud el presidente no podrá asistir pero que vendrá un notario a tomar nota de los acuerdos para redactar el acta.

quiero decir que si asisten significa que no les importa, pienso yo y si ponen pegas antes de comenzar la reunión podemos decir reunión aplazada hasta que el presidente mejore. de todas formas aunque convoquen ellos y pongan el orden del dia, como lo que quieren es incordiar y proponer acuerdos y cosas que no son viables,al no asistir el presidente seria reunión nula no?

Lo digo porque si quieren convocar para remover al presidente de su cargo, la mayoria de los propietarios de la comunidad están haciendo piña con el presidente y perderian la votación. Solo podrán remover al presidente y tomar acuerdos, cuando nosotros les pidamos al resto que voten para que se retire el presidente,si los que nos apoyan no votan el resto son minoria,me explico?.Que te parece la idea?
02/03/2007 19:20
No se si me e explicado bien, lo que quiero decir es que somos 37 propietarios en la comunidad y 21 de ellos apoyan al presidente a muerte con sus correspondientes coeficientes. por algo sera no? yo al resto los llamo los disidentes pobres porque todo esto lo lian para ver si consiguen no pagar las obras que se hacen, asi que luchan para anular los acuerdos y paralizar las obras, con excusas tales como "no hemos asistido y por eso no es valido".Creo que les voy a regalar un ejemplar de la LPH para que se instruyan un poco.
02/03/2007 19:44
Vamos a ver. Las reuniones las convoca el presidente, si bien en el orden del día puede poner a requerimiento de uno o varios propietarios el punto que estimen oportuno. Siempre las reuniones las preside un presidente que además tiene que ser propietario. El notario sólo serviría para levantar acta de lo acordado o de lo que pueda suceder. Tenga en cuenta que la presencia de ese notario debe acordarlo la junta de propietarios, por eso le digo, que yo haría dos reuniones. Una para la aprobación de esta persona y si se acepta, convocar la siguiente ya con esta presencia. Tenga en cuenta que este notario cobra, y lo tienen que pagar todos los propietarios, de no ser así pueden venir más problemas.
Referente a las obras leo que, dicen algunos propietarios que no están de acuerdo con ella por no haber asistido a las reuniones. Si la reunión donde se aprobó esa obra fue convocada en tiempo y forma, se pasó acta de los acuerdos a todos los copropietarios y no se impugnó por ninguno, no cabe reclamación alguna.
Otra cosa también que hay que ver es, si esa obra es necesaria o de innovación ya que si es de innovación, es decir, no necesaria, los disidentes se pueden negar a su pago si la cuantía de la derrama superan las 3 mensualidades, aunque se hubiera acordado por mayoría.
03/03/2007 22:32
Yo veo más opciones:

Convoca el presidente pero el presidente puede ser representado si él está de acuerdo en que alguien le represente. Claro el es el responsable de lo que haga o diga su representante, y no deja de ser ariesgado salvo una persona muy vinculada.

Tambien:
Puede delegar exclusivamente para que sea nombrado un vicepresidente en una primera Junta.
Luego este le sustituye en una segunda.



04/03/2007 12:50
para invit y consejogratis: segun me explicas invit puede delegar por escrito en la secretaria y esta a su vez en otra persona que le ayude en la junta, o directamente pueden acudir a junta la secretaria y yo que soy la esposa del presidente y propietaria tambien?. ahora el presidente tiene a su nombre varias representaciones de otros propietarios que viven fuera de la ciudad y delegan siempre en él porque le conocen y confian en su criterio. Si están a su nombre las puede llevar la persona que le represente o se pieden esas autorizaciones en las votaciones de junta?.

consejogratis: te importaria aportar algún dato mas si lo posees sobre este tema? gracias